PERFIL LOGISTICO DE EXPORTACION A POLONIA
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Perfil Logístico para la Exportación de<br />
Productos Pesqueros a Polonia<br />
2015<br />
5.7.3. Control de los Residuos de Medicamentos Veterinarios en Animales y<br />
Productos Alimenticios de Origen Animal (Sólo aplicable a la acuicultura)<br />
Los países que deseen exportar sus productos a la Unión Europea están<br />
obligados a presentar a la Comisión un plan de vigilancia de residuos anual para<br />
los productos en cuestión.<br />
Además de imprescindible cumplir con límites máximos de residuos – LMR<br />
establecidos en la legislación europea sobre el uso de medicamentos para tratar<br />
a animales.<br />
5.7.4. Control sanitario de los productos de la pesca destinados al consumo<br />
humano<br />
Solo se podrá importar productos pesqueros si se han enviado y obtenido en<br />
establecimientos (almacén frigorífico, la planta de procesamiento, buque<br />
factoría, los buques congeladores registrados, áreas de producción, etc.) que<br />
figuren en una lista aprobada por la Dirección General para la Salud y Seguridad<br />
Alimentaria de la Unión Europea.<br />
Las importaciones de productos de la pesca y de la acuicultura en la UE deben ir<br />
acompañados de un certificado sanitario firmado por el representante de la<br />
autoridad competente del tercer país exportador que certifique que los<br />
productos en cuestión son adecuados para ser exportado a la UE.<br />
A su llegada, los productos y los documentos que la acompañen deberán ser<br />
verificados y comprobados por los funcionarios veterinarios de conformidad con<br />
las disposiciones establecidas en la legislación Europea.<br />
5.7.5. Control Sanitario de Productos Pesqueros no Destinados al Consumo<br />
Humano<br />
Los productos sólo se pueden importar a la UE si proceden de establecimientos<br />
de terceros países autorizados incluidos en una lista de países elegibles para el<br />
producto en cuestión, además deberán estar acompañadas de las certificaciones<br />
de salud correspondientes. En el caso que estos productos estén destinados a la<br />
alimentación animal, deberán cumplir también las normas generales sobre:<br />
<br />
<br />
<br />
Requisitos generales de higiene de los piensos<br />
Requisitos de comercialización y etiquetado específicos de materias primas<br />
para piensos, los piensos compuestos y alimentos para animales destinados a<br />
nutrición.<br />
Normas especiales para la comercialización de los piensos y el uso de ciertos<br />
productos en la alimentación animal, en relación bioproteínas, organismos<br />
genéticamente modificados y aditivos.<br />
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