Guía de obligaciones ambientales para alcaldías y gobernaciones de Colombia
la Procuraduría General de la Nación, en colaboración con el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), presentan la “Guía de obligaciones ambientales para alcaldías y gobernaciones de Colombia”, concebida como un instrumento pedagógico y de consulta de primera mano que busca reunir y contextualizar conceptos establecidos por la Ley y la Constitución desde una perspectiva de aplicación y relevancia para mandatarios regionales y locales.
la Procuraduría General de la
Nación, en colaboración con el Programa de
las Naciones Unidas para el Medio Ambiente
(PNUMA), presentan la “Guía de obligaciones
ambientales para alcaldías y gobernaciones
de Colombia”, concebida como un instrumento
pedagógico y de consulta de primera mano
que busca reunir y contextualizar conceptos
establecidos por la Ley y la Constitución desde
una perspectiva de aplicación y relevancia para
mandatarios regionales y locales.
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CONVENIO DE BASILEA
El Convenio de Basilea fue adoptado el 22 de
marzo de 1989 en Basilea, Suiza. Este Convenio
fue aprobado en Colombia mediante la Ley 253
de 1996.
El Convenio obliga a todos los países a que
aseguren que los desechos peligrosos y otros
desechos se manejen y eliminen de manera
ambientalmente racional minimizando las cantidades
que atraviesan las fronteras y que traten
y eliminen los desechos lo más cerca posible
del lugar donde se generen y que impidan o
minimicen la generación de desechos en origen.
Plantea el establecimiento de instalaciones
adecuadas para la eliminación y el manejo ambientalmente
racional de los desechos peligrosos
y otros desechos. Obliga a las partes a velar
porque las personas que manejan desechos
peligrosos y otros desechos adopten las medidas
necesarias para impedir que ese manejo dé
lugar a una contaminación y, en caso de que se
produzca, reducir al mínimo sus consecuencias
sobre la salud humana y el ambiente.
https://ginebra-onu.mision.gov.co/convenio-basilea
http://www.basel.int/
CONVENIO DE ESTOCOLMO
Este Convenio sobre Contaminantes Orgánicos
Persistentes (COP) fue suscrito el 22 de mayo
de 2001 en la ciudad de Estocolmo, Suecia. Fue
ratificado por Colombia por medio de la Ley
1196 de 2008.
El objetivo del Convenio de Estocolmo consiste
en proteger la salud humana y el medio
ambiente de la presencia de 12 compuestos
altamente persistentes en el medio ambiente,
denominados contaminantes orgánicos persistentes
(COP), adoptando medidas de control
para producción, importación, exportación, uso
y eliminación de estas sustancias.
Los COP son un grupo de contaminantes
que, por sus características tóxicas, de gran
persistencia ambiental, su capacidad de
bioacumularse en las cadenas alimenticias y
transportase a grandes distancias, se han convertido
en un problema mundial.
http://quimicos.minambiente.gov.co/index.
php/contaminantes-organicos-persistentes/
la-convencion-de-estocolmo
http://chm.pops.int/
CONVENCIÓN DE MINAMATA
El Convenio de Minamata fue adoptado en la
ciudad de Kumamoto, Japón, el 10 de octubre
de 2013. Fue aprobado en Colombia por la
Ley 1892 de 2018. La comercialización del
mercurio fue objeto de regulación a través de
la Ley 1658 de 2013.
El objeto del Convenio de Minamata consiste en
proteger la salud humada y el medio ambiente,
de las emisiones y liberaciones antropógenas
de mercurio y sus compuestos.
El Convenio establece la prohibición de nuevas
minas de mercurio, la eliminación gradual de
las existentes, la reducción del uso del mercurio
en productos y procesos, la promoción
de medidas de control de las emisiones a la
atmósfera y de las emisiones a la tierra y al
agua, así como la regulación para la minería
artesanal y a pequeña escala.
https://www.cancilleria.gov.co/conveniominamata-sobre-mercurio
http://www.mercuryconvention.org/INICIO/
tabid/5689/language/es-CO/Default.aspx
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