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Universidad del Tolim VALENTINA

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Decreto 366 de 9 de febrero 2009

Este decreto nos habla sobre las

adecuaciones que deben tener las

instituciones para la educación de la

población con necesidades especiales.

Desde el momento de su nacimiento,

toda persona tiene derecho a obtener

una identidad, esta incluye el nombre, apellido, fecha de nacimiento, el sexo y

la nacionalidad. Forma parte de un todo; esto lo caracteriza y diferencia de las

demás personas.

Todos los niños tienen derecho a una educación. La educación no constituye

únicamente en aprender a leer y escribir, sino que constituye la base del

desarrollo personal. Para que el engranaje de una sociedad funcione, sus

miembros tienen que tener una educación básica que les permita desarrollarse

como individuos para poder convivir en sociedad.

Resaltamos este derecho de los niños a la educación, al acceso a la educación

sin discriminación de ningún tipo y a una educación gratuita para niños y

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