Universidad del Tolim VALENTINA
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Decreto 366 de 9 de febrero 2009
Este decreto nos habla sobre las
adecuaciones que deben tener las
instituciones para la educación de la
población con necesidades especiales.
Desde el momento de su nacimiento,
toda persona tiene derecho a obtener
una identidad, esta incluye el nombre, apellido, fecha de nacimiento, el sexo y
la nacionalidad. Forma parte de un todo; esto lo caracteriza y diferencia de las
demás personas.
Todos los niños tienen derecho a una educación. La educación no constituye
únicamente en aprender a leer y escribir, sino que constituye la base del
desarrollo personal. Para que el engranaje de una sociedad funcione, sus
miembros tienen que tener una educación básica que les permita desarrollarse
como individuos para poder convivir en sociedad.
Resaltamos este derecho de los niños a la educación, al acceso a la educación
sin discriminación de ningún tipo y a una educación gratuita para niños y