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Bando-Municipal-2021

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Bando Municipal 2021

Artículo 35. La Secretaría del Ayuntamiento a través de la Subsecretaría de

Gobierno, tiene la función de operar y mantener la gobernabilidad, preservando

la paz social dentro del territorio municipal, atendiendo las demandas de las

y los habitantes del Municipio, organizaciones civiles, asociaciones religiosas,

autoridades auxiliares y Consejos de Participación Ciudadana, con las diversas

dependencias de la Administración Municipal.

Artículo 36. Las Oficialías del Registro Civil en Coacalco de Berriozábal son

las instituciones de carácter público y de interés social, mediante las cuales

el Estado, a través de sus oficiales investidos de fe pública, inscribe, registra,

autoriza, certifica, da publicidad y solemnidad a los actos y hechos relativos

al estado civil de las personas y expide las actas relativas al nacimiento,

reconocimiento de hijos o hijas, adopción, matrimonio, divorcio y defunción.

Asimismo, inscribe las resoluciones que la ley autoriza, en la forma y términos

que establece su reglamento y son las siguientes:

OFICIALÍAS DEL REGISTRO CIVIL

Oficialía 01 del Registro Civil en

Coacalco de Berriozábal, Cabecera

Municipal

UBICACIÓN

Bartolomé Flores s/n, San Francisco,

Coacalco de Berriozábal, C.P. 55700

Oficialías 02 y 04 del Registro Civil

en Coacalco de Berriozábal, Villa de

las Flores

Oficialía 03 del Registro Civil en

Coacalco de Berriozábal, San Rafael

Plaza Ignacio Zaragoza, Boulevard

Coacalco, Villa de las Flores,

Coacalco de Berriozábal, C.P. 55710

Miguel Flores s/n, Centro de

Servicios San Rafael, San Rafael,

Coacalco de Berriozábal, C.P. 55713

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Artículo 37. Además de las funciones que se enuncian en el Artículo anterior,

las Oficialías del Registro Civil, previo acuerdo del Ayuntamiento, realizarán

la exención del pago de trámites a su cargo para los habitantes de escasos

recursos económicos en el Municipio; por lo que realizarán, por lo menos una

vez al año, una campaña de regularización en coordinación con las autoridades

estatales competentes.

Artículo 38. Toda la correspondencia dirigida a las Dependencias, ingresará

a través de la Oficialía de Partes Común, en los días y horas hábiles que

determine el Ayuntamiento, garantizando en todo momento el respeto a

los principios de protección de datos personales en posesión de los sujetos

obligados, establecidos en la normatividad vigente.

Artículo 39. La Gaceta Municipal es el medio oficial de publicación y difusión

del Bando Municipal, de los reglamentos, acuerdos y demás disposiciones

municipales de observancia general, relativos al Municipio, la cual deberá ser

publicada por la Secretaría del Ayuntamiento, por lo menos una vez al mes, en

los estrados y en los medios oficiales de comunicación del Municipio.

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