Bando-Municipal-2021
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Bando Municipal 2021
Artículo 35. La Secretaría del Ayuntamiento a través de la Subsecretaría de
Gobierno, tiene la función de operar y mantener la gobernabilidad, preservando
la paz social dentro del territorio municipal, atendiendo las demandas de las
y los habitantes del Municipio, organizaciones civiles, asociaciones religiosas,
autoridades auxiliares y Consejos de Participación Ciudadana, con las diversas
dependencias de la Administración Municipal.
Artículo 36. Las Oficialías del Registro Civil en Coacalco de Berriozábal son
las instituciones de carácter público y de interés social, mediante las cuales
el Estado, a través de sus oficiales investidos de fe pública, inscribe, registra,
autoriza, certifica, da publicidad y solemnidad a los actos y hechos relativos
al estado civil de las personas y expide las actas relativas al nacimiento,
reconocimiento de hijos o hijas, adopción, matrimonio, divorcio y defunción.
Asimismo, inscribe las resoluciones que la ley autoriza, en la forma y términos
que establece su reglamento y son las siguientes:
OFICIALÍAS DEL REGISTRO CIVIL
Oficialía 01 del Registro Civil en
Coacalco de Berriozábal, Cabecera
Municipal
UBICACIÓN
Bartolomé Flores s/n, San Francisco,
Coacalco de Berriozábal, C.P. 55700
Oficialías 02 y 04 del Registro Civil
en Coacalco de Berriozábal, Villa de
las Flores
Oficialía 03 del Registro Civil en
Coacalco de Berriozábal, San Rafael
Plaza Ignacio Zaragoza, Boulevard
Coacalco, Villa de las Flores,
Coacalco de Berriozábal, C.P. 55710
Miguel Flores s/n, Centro de
Servicios San Rafael, San Rafael,
Coacalco de Berriozábal, C.P. 55713
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Artículo 37. Además de las funciones que se enuncian en el Artículo anterior,
las Oficialías del Registro Civil, previo acuerdo del Ayuntamiento, realizarán
la exención del pago de trámites a su cargo para los habitantes de escasos
recursos económicos en el Municipio; por lo que realizarán, por lo menos una
vez al año, una campaña de regularización en coordinación con las autoridades
estatales competentes.
Artículo 38. Toda la correspondencia dirigida a las Dependencias, ingresará
a través de la Oficialía de Partes Común, en los días y horas hábiles que
determine el Ayuntamiento, garantizando en todo momento el respeto a
los principios de protección de datos personales en posesión de los sujetos
obligados, establecidos en la normatividad vigente.
Artículo 39. La Gaceta Municipal es el medio oficial de publicación y difusión
del Bando Municipal, de los reglamentos, acuerdos y demás disposiciones
municipales de observancia general, relativos al Municipio, la cual deberá ser
publicada por la Secretaría del Ayuntamiento, por lo menos una vez al mes, en
los estrados y en los medios oficiales de comunicación del Municipio.