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Edicion 09 de noviembre 2021

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6 Martes 9 de noviembre de 2021 Diario Co Latino

Nacionales

De cada 100 hogares solo 53 poseen certeza jurídica

Alma Vilches

@AlmaCoLatino

La seguridad jurídica

en la tenencia de

la tierra es una de

las manifestaciones del derecho

a la vivienda adecuada,

y evita que se generen desalojos

forzosos, sin embargo,

según la Encuesta de Hogares

y Propósitos Múltiples

del año 2020, de 1,871,468

hogares en el país solamente

el 53.7% son propietarios de

su vivienda, es decir, de cada

100 hogares únicamente 53

poseen certeza jurídica de la

vivienda que habitan.

Mientras que, el Instituto

Centroamericano de Administración

de Empresas (IN-

CAE) determinó el 91% del

déficit habitacional, es decir,

de cada 100 familias 91 tienen

una vivienda de mala calidad

o no tienen una vivienda

en términos cualitativos y

cuantitativos.

La Fundación de Estudios

para la Aplicación del Derecho

(FESPAD) y el Movimiento

Nacional en Defensa

de la Tierra (MOVITIERRA)

señalaron que el Estado lejos

de promover acciones en favor

de las familias salvadoreñas

en materia de vivienda

adecuada, posee normativas

que transgrede dicho

derecho y promueve desalojos

forzosos, que crea procedimientos

expeditos para el

desalojo de familias en condición

de vulnerabilidad.

Fernando Martínez, representante

de MOVITIERRA,

explicó que debido a los desalojos

forzosos en el país

presentarán en los próximos

días a la Asamblea Legislativa,

una pieza para la derogatoria

del decreto 23 del año

2009, concerniente a la Ley

Especial para la Garantía de

la Propiedad o Posesión Regular

de Inmuebles, a fin de

detener estas prácticas en las

comunidades, lo cual atenta

contra el derecho a la vivienda.

Pedirán que se emita de

forma urgente la derogatoria

de dicha ley y no se utilicen

mecanismos para dilatar

el proceso a seguir, o peor

El Movimiento Nacional en Defensa de la Tierra (MOVITIERRA) junto con la Fundación de Estudios para la

alojadas,

y proveerles una vivienda digna. Foto Diario Co Latino/ronaLD CastiLLo.

aún que el expediente sea archivado.

Sergio Ortiz, de MOVITIE-

RRA, manifestó que mientras

no se derogue el decreto legislativo

23-2009 el sistema de

justicia y de manera particular,

los Juzgados de Paz deben

ser garantes de la protección

de los derechos de audiencia,

defensa y debido proceso, en

los casos que le corresponda

dirimir conflictos de tenencia

de la tierra que potencien desalojos

forzosos, de igual manera

a sustentar sus resoluciones

con un enfoque de derechos.

“Al Ministerio de Vivienda

como instancia rectora

en el tema de vivienda

en el país, pedimos la creación

y ejecución de un programa

que brinde atención

integral inmediata a familias

en proceso de desalojo; además,

que sea acompañante en

la búsqueda de soluciones habitacionales

ante los desalojos

forzosos, y que estas sean

acorde a los parámetros internacionales

del derecho a la vivienda”,

enfatizó Ortiz.

Los representantes de MO-

VITIERRA señalaron que el

Estado en su calidad garante

de los derechos, bienestar

y desarrollo de la población

salvadoreña debe proveer herramientas

que garanticen seguridad

jurídica en la tenen-

cia de la tierra a las familias

históricamente excluidas, la

falta de la misma, ha generado

que las familias se asienten

en tierras propiedad del Estado,

municipalidades, propiedad

privada o áreas naturales

protegidas.

Tal es el caso de las familias

asentadas en el kilómetro

53 de la carretera El Litoral,

cerca de la Lotificación

Costa Azul y cantón El Zonte;

35 familias en calle Hacienda

El Zope, en Acajutla,

departamento de Sonsonate;

126 familias que se encuentran

amenazadas de desalojo

en la comunidad Bendición

de Dios, San Miguel; 700 familias

que temen ser desalojadas

en la Hacienda Normandía,

Jiquilisco, Usulután y 86

familias de la comunidad 10

de Mayo, del cantón Loma La

Gloria, Ahuachapán.

Teresa Hernández, representante

de FESPAD, recalcó

que la Ley Especial para

la Garantía de la Propiedad o

Posesión Regular de Inmuebles,

en su momento afectó

social y económicamente

a las familias, por lo cual, de

nuevo hacen un llamado a la

derogación del decreto.

“Desde que el decreto fue

promulgado FESPAD ha

acompañado a las comunidades,

se ha tenido una serie de

reuniones, audiencias y no

hubo un paso atrás, después

de 6 de haber mandado a archivo

esta pieza de derogación

de la ley, nuevamente

se presentará a la Asamblea

Legislativa”, afirmó.

Asimismo, detalló que la

aplicación del decreto 23 no

solo es para comunidades,

sino también en casos particulares,

de los cuales ya hay

conocimiento que incluso

entre familias es utilizado,

“es un decreto que mantiene

un procedimiento ágil y

eficaz, pero lleva violaciones

a las garantías procesales,

en término de 12 que se

interpone la demanda puede

ser decretado un desalojo”,

agregó.

La observación general

número 7 del Comité de

Derechos Económicos, Sociales

y Culturales (Comité

DESC), define el desalojo

forzoso como el hecho

de hacer salir a personas, familias

y comunidades de los

hogares o tierras que ocupan,

en forma permanente

o provisional, sin ofrecerles

medios apropiados de protección

legal o de otra índole,

ni permitirles su acceso

a ellos.

Para FESPAD y MOVI-

TIERRA, el derecho humano

a la vivienda no solo trata

de espacios físicos, sino

también de fomentar condiciones

de paz, seguridad y

dignidad, a fin de un buen

desarrollo de proyectos de

vida.

-

jos

forzosos. Foto Diario Co Latino/MoVitiErra.

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