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6 Martes 9 de noviembre de 2021 Diario Co Latino
Nacionales
De cada 100 hogares solo 53 poseen certeza jurídica
Alma Vilches
@AlmaCoLatino
La seguridad jurídica
en la tenencia de
la tierra es una de
las manifestaciones del derecho
a la vivienda adecuada,
y evita que se generen desalojos
forzosos, sin embargo,
según la Encuesta de Hogares
y Propósitos Múltiples
del año 2020, de 1,871,468
hogares en el país solamente
el 53.7% son propietarios de
su vivienda, es decir, de cada
100 hogares únicamente 53
poseen certeza jurídica de la
vivienda que habitan.
Mientras que, el Instituto
Centroamericano de Administración
de Empresas (IN-
CAE) determinó el 91% del
déficit habitacional, es decir,
de cada 100 familias 91 tienen
una vivienda de mala calidad
o no tienen una vivienda
en términos cualitativos y
cuantitativos.
La Fundación de Estudios
para la Aplicación del Derecho
(FESPAD) y el Movimiento
Nacional en Defensa
de la Tierra (MOVITIERRA)
señalaron que el Estado lejos
de promover acciones en favor
de las familias salvadoreñas
en materia de vivienda
adecuada, posee normativas
que transgrede dicho
derecho y promueve desalojos
forzosos, que crea procedimientos
expeditos para el
desalojo de familias en condición
de vulnerabilidad.
Fernando Martínez, representante
de MOVITIERRA,
explicó que debido a los desalojos
forzosos en el país
presentarán en los próximos
días a la Asamblea Legislativa,
una pieza para la derogatoria
del decreto 23 del año
2009, concerniente a la Ley
Especial para la Garantía de
la Propiedad o Posesión Regular
de Inmuebles, a fin de
detener estas prácticas en las
comunidades, lo cual atenta
contra el derecho a la vivienda.
Pedirán que se emita de
forma urgente la derogatoria
de dicha ley y no se utilicen
mecanismos para dilatar
el proceso a seguir, o peor
El Movimiento Nacional en Defensa de la Tierra (MOVITIERRA) junto con la Fundación de Estudios para la
alojadas,
y proveerles una vivienda digna. Foto Diario Co Latino/ronaLD CastiLLo.
aún que el expediente sea archivado.
Sergio Ortiz, de MOVITIE-
RRA, manifestó que mientras
no se derogue el decreto legislativo
23-2009 el sistema de
justicia y de manera particular,
los Juzgados de Paz deben
ser garantes de la protección
de los derechos de audiencia,
defensa y debido proceso, en
los casos que le corresponda
dirimir conflictos de tenencia
de la tierra que potencien desalojos
forzosos, de igual manera
a sustentar sus resoluciones
con un enfoque de derechos.
“Al Ministerio de Vivienda
como instancia rectora
en el tema de vivienda
en el país, pedimos la creación
y ejecución de un programa
que brinde atención
integral inmediata a familias
en proceso de desalojo; además,
que sea acompañante en
la búsqueda de soluciones habitacionales
ante los desalojos
forzosos, y que estas sean
acorde a los parámetros internacionales
del derecho a la vivienda”,
enfatizó Ortiz.
Los representantes de MO-
VITIERRA señalaron que el
Estado en su calidad garante
de los derechos, bienestar
y desarrollo de la población
salvadoreña debe proveer herramientas
que garanticen seguridad
jurídica en la tenen-
cia de la tierra a las familias
históricamente excluidas, la
falta de la misma, ha generado
que las familias se asienten
en tierras propiedad del Estado,
municipalidades, propiedad
privada o áreas naturales
protegidas.
Tal es el caso de las familias
asentadas en el kilómetro
53 de la carretera El Litoral,
cerca de la Lotificación
Costa Azul y cantón El Zonte;
35 familias en calle Hacienda
El Zope, en Acajutla,
departamento de Sonsonate;
126 familias que se encuentran
amenazadas de desalojo
en la comunidad Bendición
de Dios, San Miguel; 700 familias
que temen ser desalojadas
en la Hacienda Normandía,
Jiquilisco, Usulután y 86
familias de la comunidad 10
de Mayo, del cantón Loma La
Gloria, Ahuachapán.
Teresa Hernández, representante
de FESPAD, recalcó
que la Ley Especial para
la Garantía de la Propiedad o
Posesión Regular de Inmuebles,
en su momento afectó
social y económicamente
a las familias, por lo cual, de
nuevo hacen un llamado a la
derogación del decreto.
“Desde que el decreto fue
promulgado FESPAD ha
acompañado a las comunidades,
se ha tenido una serie de
reuniones, audiencias y no
hubo un paso atrás, después
de 6 de haber mandado a archivo
esta pieza de derogación
de la ley, nuevamente
se presentará a la Asamblea
Legislativa”, afirmó.
Asimismo, detalló que la
aplicación del decreto 23 no
solo es para comunidades,
sino también en casos particulares,
de los cuales ya hay
conocimiento que incluso
entre familias es utilizado,
“es un decreto que mantiene
un procedimiento ágil y
eficaz, pero lleva violaciones
a las garantías procesales,
en término de 12 que se
interpone la demanda puede
ser decretado un desalojo”,
agregó.
La observación general
número 7 del Comité de
Derechos Económicos, Sociales
y Culturales (Comité
DESC), define el desalojo
forzoso como el hecho
de hacer salir a personas, familias
y comunidades de los
hogares o tierras que ocupan,
en forma permanente
o provisional, sin ofrecerles
medios apropiados de protección
legal o de otra índole,
ni permitirles su acceso
a ellos.
Para FESPAD y MOVI-
TIERRA, el derecho humano
a la vivienda no solo trata
de espacios físicos, sino
también de fomentar condiciones
de paz, seguridad y
dignidad, a fin de un buen
desarrollo de proyectos de
vida.
-
jos
forzosos. Foto Diario Co Latino/MoVitiErra.