PYMES MAGAZINE - FEBRERO 2022
Revista digital dirigida a pymes, autónomos y emprendedores. Actualidad empresarial, Voces de expertos, entrevistas, reportajes y artículos. Secciones que te ayudarán en tu día a día como empresario
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LA VOZ DE LOS EXPERTOS
FISCALIDAD
Novedades en materia
fiscal para 2022: la “nueva
normalidad fiscal”
Por Alberto Muñoz Cantos. Experto en Fiscalidad Nacional e Internacional,
CEO en MC&A ASESORES
www.mcaasesores.com
El día 29 de diciembre de 2021
fue publicada en el BOE la Ley de
Presupuestos Generales del Estado
para 2022. En palabras del propio
preámbulo:
“Se redacta con el propósito de consolidar
una recuperación económica
y social justa que permita la creación
de un escenario económico resiliente
y un crecimiento sostenible basado
en la modernización estructural del
tejido productivo en un contexto de
cohesión social y territorial”.
Esta ley aborda determinadas y profundas
medidas tributarias que afectan
a diversos impuestos, pasando a detallar
las más importantes:
Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas
Reducción aplicable por aportaciones
y contribuciones a sistemas de previsión
social
A pesar de las limitaciones introducidas
en el ejercicio 2021, se minora de
nuevo el límite general de reducción a
1.500 euros respecto a las aportaciones
y contribuciones a sistemas de previsión
social. Asimismo, una novedad es
que este límite puede incrementarse
en 8.500 euros (es decir, hasta 10.000
euros), cuando el incremento proven-
ga de contribuciones empresariales o
de aportaciones del trabajador al mismo
instrumento de previsión social,
siempre y cuando las aportaciones del
trabajador sean iguales o inferiores a
las de su empresa, es decir, es necesario
que estas aportaciones empresariales
sean superiores o iguales a las del
contribuyente.
Prórroga de los límites cuantitativos
del método de estimación objetiva
(módulos)
El gobierno sigue prorrogando estos
límites sin decantarse por una aplicación
“indefinida” de los mismos.
Impuesto sobre el Valor Añadido
En cuanto al IVA, se prorrogan los
límites para la aplicación del régimen
simplificado y el régimen especial de
la agricultura, ganadería y pesca.
Además, las declaraciones INTRAS-
TAT entre países de la Unión e
Irlanda del Norte, cuando se refieran
a exportaciones, deberán incluir a
partir de ahora el código del país de
origen de la mercancía y el número de
identificación IVA VIES del operador
intracomunitario que le haya asignado
el país de la UE o Irlanda del Norte al
que se exporte la mercancía.