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constitucion politica de colombia - Universidad Libre - Seccional ...

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Toda persona tiene <strong>de</strong>recho al reconocimiento <strong>de</strong> su personalidadjurídica.Artículo 15º.-Todas las personas tienen <strong>de</strong>recho a su intimidad personal y familiar y asu buen nombre, y el Estado <strong>de</strong>be respetarlos y hacerlos respetar. De igualmodo, tienen <strong>de</strong>recho a conocer, actualizar y rectificar las informacionesque se hayan recogido sobre ellas en bancos <strong>de</strong> datos y en archivos <strong>de</strong>entida<strong>de</strong>s públicas y privadas.En la recolección, tratamiento y circulación <strong>de</strong> datos se respetarán lalibertad y <strong>de</strong>más garantías consagradas en la Constitución. Lacorrespon<strong>de</strong>ncia y <strong>de</strong>más formas <strong>de</strong> comunicación privada soninviolables. Sólo pue<strong>de</strong>n ser interceptadas o registradas mediante or<strong>de</strong>njudicial, en los casos y con las formalida<strong>de</strong>s que establezca la ley.Para efectos tributarios o judiciales y para los casos <strong>de</strong> inspección,vigilancia e intervención <strong>de</strong>l Estado podrá exigirse la presentación <strong>de</strong>libros <strong>de</strong> contabilidad y <strong>de</strong>más documentos privados, en los términos queseñale la ley.Artículo 16º.-Todas las personas tienen <strong>de</strong>recho al libre <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong> su personalidadsin más limitaciones que las que imponen los <strong>de</strong>rechos <strong>de</strong> los <strong>de</strong>más y elor<strong>de</strong>n jurídico.Artículo 17º.-Se prohiben la esclavitud, la servidumbre y la trata <strong>de</strong> seres humanos entodas sus formas.Artículo 18º.-Se garantiza la libertad <strong>de</strong> conciencia. Nadie será molestado por razón <strong>de</strong>sus convicciones o creencias ni compelido a revelarlas ni obligado a actuarcontra su conciencia.Artículo 19º.-Se garantiza la libertad <strong>de</strong> cultos. Toda persona tiene <strong>de</strong>recho a profesarlibremente su religión y a difundirla en forma individual o colectiva.Todas las confesiones religiosas e iglesias son igualmente libres ante la ley.Artículo 20º.-Se garantiza a toda persona la libertad <strong>de</strong> expresar y difundir supensamiento y opiniones, la <strong>de</strong> informar y recibir información veraz eimparcial, y la <strong>de</strong> fundar medios masivos <strong>de</strong> comunicación.Estos son libres y tienen responsabilidad social. Se garantiza el <strong>de</strong>recho ala rectificación en condiciones <strong>de</strong> equidad. No habrá censura.Artículo 21º.-

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