Las 8 horas_NEW
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BATLLE, LOS ESTANCIEROS<br />
Y EL IMPERIO BRITANICO<br />
TOMO VI<br />
CRISIS Y<br />
RADICALIACION<br />
1913-1916<br />
IOSE P. BARRAN<br />
BENJAMIN NAHUM<br />
PROCRAMA DEL CENTRO<br />
DE INVESTICACIONES<br />
ECONOMICAS (CINVE)<br />
EDICIONES DE LA BANDA ORIENTAL
. 2. <strong>Las</strong> ocho <strong>horas</strong><br />
al Los proyectos y eI nueuo contexto polltico-social en 1915,<br />
La jornada de 8 <strong>horas</strong> que el Presidente Batlle propuso para ei<br />
trabajo industrial en 1906 y que admitió en su segundo proyecto de<br />
1911 para todas las actividades urbanas, no había logrado convertirse<br />
en ley ante la resistencia del Senado anticolegialista.<br />
La crisis y la renovación del Senado en 1915 la volvieron a poner<br />
sobre el tapete.<br />
llñrruou¡o<br />
a inspeccionar "la aplicacíón" de esas disposiciones y a multar con<br />
$ 50 cada clenuncia comprobacla. En caso de accidente el patrono sería responsable<br />
civilmente e indemniz.aria a las víctimas o a sus herederos con "arreglo a las prescript'i
98<br />
En julio de 1914 los jóvenes_ diputados batllistas Juan A. Buero y<br />
Héctor Miranda presentaron a<br />
'u<br />
óonsideración de ;r;;;;;;;ryecto.de<br />
le.y.que-recogla principios laborales expuestos pot ,,eI eminente<br />
catedrdtico de Economla Polltica en Ia tliiuerri.dáá, i""lii a""<br />
Eduardo .Aceued.o".(l76) Esa ,,ley obreÁ general,, determinaba la<br />
agrupación obligatoria del patronáto y "u"1'obr"rot "t"to¡o¿Á;<br />
in<br />
sendos y separados ,,sindicatos ptofeáionales,, cuyos<br />
".iui"i*<br />
á"U1.<br />
aprobar un organismo a crearse liamado "coií"jo e"i")ái"a"-ilguros".<br />
Cada dos años ese Consejo convocaúa en cada departamento a los<br />
sindicatos para la elección de 10 delegados de los pationes y l0 de los<br />
obreros, quien-es, junto al Presidente del Consejo General de Seguros,<br />
estableceúan las bases del contrato colectivo de trabajo con caiácter<br />
obligatorio para todos los patrones y obreros del gremio respectivo.<br />
Se consideraban de orden público, y por lo ianto sin poderse<br />
derogar por los contratos colectivos: h jornada obrera de 5b <strong>horas</strong><br />
semanales útiles en las zonas urbanas y de 60 en las rurales (en el caso<br />
de las mujeres, y varones menores de 18 años, 40 <strong>horas</strong>); el reposo<br />
ob¡ero seúa equivalente a la llamada semana inglesa, comenzanáo el<br />
sábado a las 12 y continuando todo el domingo; 1as mujeres tendrlan<br />
descanso durante el embarazo y lb dlas después del paito con salario<br />
pago de un mes; se prohibía el trabajo nocturno de las mujeres y los<br />
varones menores de 18 años, y por completo el de los menores de 14<br />
años de ambos sexos; los obreros no podrlan abandona¡ su trabajo ni<br />
el patrón despedir "sin ouiso previo de 15 dlas"; encaso de viola¡ esa<br />
norrna se impondrían multas que haría efectivas el Consejo General de<br />
Seguros.<br />
. - Elproyectoestablecfa, además, la obligatoriedad para todo asalariado<br />
de un seguro que cubriúa los servicios médicos y farmacéuticos<br />
encaso de enfermedad y accidentes de trabajo, y una pensión de ancianidad<br />
a los 65 años que en ningrln caso excedérfa de las tres cuartas<br />
partes del salario. <strong>Las</strong> primas con que se cubrirfa este seguro serfan<br />
abonadls por los obreros, los patronis y ,,u.na subuencióná cargo d.el<br />
Tesoro Público.,. de ilO.\AO pesos anuahs,,.<br />
Fll organismo que regularla las disidencias entre patrones y obreros<br />
y tutelaría todo el sistema, el Consejo General de -Seguros, istarla<br />
con-stityído por el Directorio del Banco de Seguros del Estado, 4 delegados<br />
de los sindicatos de patrones y 4 de los Jindicatos obreroÁ.<br />
En uno de los riltimos y más radicales artículos se daba al sindicato<br />
obrero "vol y voto" en el Directorio de toda Empresa que gozara<br />
de concesiones del Estado o las Municipalidades, lo qúe, natúralñtente,<br />
hubiera colocado a las grandes compañías británicas de servicios prl-<br />
blicos en una situación "intolerable".<br />
El proyecto fue criticado por los socialistas ya que al imponer el<br />
arbitraje "con el ad,itamento d.e la. responsabili.dad pecuniaria de los<br />
sindicatos por las faltos de cumplimiento al contrato", ametrazaba "la<br />
libertad d.e las trabajadores poni.enda tmbas inodmisibles al derecho<br />
de huelga".<br />
En realidad, de haberse aprobado, el proyecto hubiera puesto toda<br />
la vida sindical<br />
-y<br />
podría incluirse en ella la de las asociaciones patronales-<br />
bajo el control del Estado, dependiendo el carácter de esa<br />
tutela de quienes ocuparan el Gobierno en cada ocasión.<br />
Debe reconocerse su ambición de abarcar los problemas más<br />
importantes de la vida obrera, ya que legislaba sobre la formación de<br />
sindicatos, la declaración de huelgas con aviso, la jornada máxima, la<br />
prohibición del trabajo a los menores de edad, el descanso a las embarazadas,<br />
y un amplio seguro que cubría los riesgos de enfermedad,<br />
accidente y ancianidad.<br />
En lo que hace a la jornada de trabajo, las 50 <strong>horas</strong> semanales distribuidas<br />
entre los cinco días y medio de trabajo permitidos<br />
-ya que<br />
el descanso debía comenzar los sábados a las 12 y continuar el domingo-<br />
se hubieran traducido, en la generalidad de los casos, en g <strong>horas</strong><br />
diarias de lunes a viernes y 5 los sábados.<br />
Pero la Cámara ni siquiera consideró este proyecto; seguramente<br />
sus integrantes pensaron que habiendo ya aprobado el del Presidente<br />
que establecía las 8 <strong>horas</strong> y dejaba en libertad a las Sociedades de<br />
Resistencia, estaban más cerca tanto de las aspiraciones de la dirigencia<br />
sindical como de las del jefe del Partido.<br />
El proyecto de 1911 de Batlle tenía más probabilidades de ser<br />
aprobado porque precisamente a fines de 1914 se realizarlan elecciones<br />
en seis departamentos del interior para renovar un tercio de ese<br />
Senado con mayorla anticolegialista que lo trababa. Y el Gobierno<br />
esüaba seguro de ganarlas.<br />
Aunque la elección en Florida fue muy disputada y al final entró<br />
al Senado por ese departamento el blanco Alejandro Gallinal, en l9l5<br />
pudieron incorporarse los batllistas Julio María Sosa por el departamento<br />
de Artigas, Román Freire por Canelones, Juan Paullier por<br />
Durazno, Ricardo J. Areco por Salto, y José Luis Ramasso por<br />
Soriano (177). El control del Senado por los anticolegialistas, para<br />
inquietud de la prensa y los intereses conservadores, habla cesado. El<br />
"block del senado" estaba "disgregad,o" en opinión de "El Siglo" de<br />
99
100<br />
i.lrciembre de i914 (178). El anticolegialismo üo bajar sus fuerzas<br />
-porque tarnbién hubo deserciones- de 12 a 5 senadores. Desaparecida<br />
la traba senatorial por un lado, y agudizada la desocupación por la<br />
acentuación de la crisis económica por el otro, el proyecto de Batlle de<br />
1911<br />
-que limitaba la jornada a 8 <strong>horas</strong> diarias y fuera aprobado con<br />
algunas modificaciones por la cámara de Representanteé en julio de<br />
1913- fue considerado casi de inmediato por este nuevo Senado.<br />
Desde octubre hasta su aprobación final el 17 de noviembre de rglb, se<br />
sucedieron sesiones interminables en que colorados batllistas,<br />
colo¡ados.¡iveristas y el único representante blanco, Alejandro<br />
Gallinal, discutieron co'' pasión y hasta la fatiga las virtudes y los<br />
vicios atribuidos a ese desiderátum del más ,,prófund,o sentimieito de<br />
solidaridad hu¡nana".<br />
El humaniüarismo y cierto difuso anticapitalismo informó las<br />
intervenciones de los batllistas radicales en pro áe hs g <strong>horas</strong>, como se<br />
vió en el informe favorable de la comisión del senado integrada por<br />
Julio Maúa Sosa, Juan Paullier y Domingo Arena. No era ,,ln nom)bre<br />
de las conuenienci.as del obrero" que se proponía esa jornada, sino<br />
,,en<br />
nombre d.e las mds estricta justicia... de in profunáo senti¡niento d.e<br />
solidarid,ad, htunona", pues las jornadas exCesivas minaban la salud<br />
del trabajador, anuliaban su vida familiar y debilitaban las fuerzas de<br />
"la patria".(1791<br />
Pero en las intervenciones orales de dichos senadores se advierte<br />
un tono anticapitalista que espantó a las clases conservadoras, y al investigador<br />
actual le suena emparentado con el socialismo'e id""t<br />
afines, riesgosas para el orden vigente. Tanto más cuanto ese orden era<br />
el de un país dependiente y en crisis en el año 1915, y con jornadas de<br />
más-de 10 <strong>horas</strong> (que llegaban a 15 y 16) en el quintó de sús obreros y<br />
empleados.<br />
.Domingo Arena, luego de hacer mención a ,,la sangre obrera', qrre<br />
corúa por sus venas, afirmó que: "<strong>Las</strong> refonnas obreristas<br />
trardn... sicrnpre en primera fil,a-.. Y anticípo d.esde ahora ^" que "n"ár-<br />
no sé<br />
hasta cudndo las reiuindicacíanes obreras rne p&recenin excesiuas:<br />
creo que nuestra deuda con los que todo hacen, con los que tod.o la producen,<br />
es inrnensa (y aunque se sucedieran abusos de lós obrerosf esos<br />
abusos no serán sino una pobre reaccün contra las infinitos oburo,<br />
que uienen sufriend.o desde que el mundo es rrtundo,'.<br />
Los "Muy bien! Muy bien!" y los "Aplausos en la barra', que provocaron<br />
estas palabras, no tranquilizaron por cierto el ánimolel'empresariado.(<br />
180)<br />
.<br />
Juan Paullier, al contestar el argumento de la oposición sobre el<br />
perjuicio que la jornada unifo¡me para todas las activihades causarla a<br />
la industria nacional, reiteró sus palabras de 1913 en la cárnara de Representantes,<br />
ante la mirada ya torva del patronato: "Si hay en mi<br />
patria urn ind.ustria que rn pueda uiuir,y pft)sperar mós que a la so-m'<br />
'bra d.e Ia explotacün d.el hombre por el hombre, maldita seo esa industria,<br />
y cuanto antes d'esaparezca, mejor!".(181)<br />
La impresión del investigador actual sobre lo radical que era en<br />
101<br />
agitar las 8 horás como bandera reivindicadora, nace de<br />
ur" -o*"nio<br />
que ellas se próclamaron en medio del notable endurecimiento de las<br />
condiciones áe habajo que el patronato había podido imponer desde<br />
1913-14, jugando la cártá de h -abundancia de desocupados' En 1915 el<br />
reformismo- le estaba arrebatando al empresariado una ventaja<br />
"natural" del mercado, y, para peor, todavía insinuaba que toda "rei'<br />
vindicación obrera" -como el peligroso salario rnlnimo- era' en<br />
esencia, justa y atendible.<br />
Es óierto, empero, que el batllismo moderado, qty lig-ado a los<br />
intereses inriustriales, prócuró calmar las inquietudes de esa burguesía<br />
haciéndole ver otras ventajas que el Gobierno podía ofrecer a cambio<br />
de su aceptación de las 8 <strong>horas</strong>. El senador batllista José L' R'amasso<br />
observó que "si querernos estimular a la industria es necesarin"' que<br />
hagamos marchir simultdneamente este propósito de meioramiento<br />
ob"rero... con eI ¡nismo propósito de meiorarnícnto pora esas indus'<br />
trias" ll82l.El "propóslto'tera aquel al que ya había hecho referencia<br />
expresa et ttlinistro áe Hacienda Pbdro Cosio, al mencionar la voluntad<br />
dei Ejecutivo de promover leyes de protección aduanera.( 183)<br />
Én efecto, "n<br />
tgt¡ se aprobaron varias medidas que incrementaron<br />
los ya elevados derechoi de aduana que pagaban las mercade¡ías<br />
extranjóras (184). y aunque para ello incidieron sobre todo motivos<br />
fiscalistas, lo cierto es que tales subas obraron también para proteger<br />
la producción de la industria nacional.<br />
- De cualquier manera, la documentación consultada y que-expondremos<br />
e' urifutn"o tomo, testimonia que por lo generai los industriales<br />
no se dejaron convencer con este cánje y no perdonaron al refor'<br />
mismo la perdida de su control del mercado y la jornada de trabajo'<br />
:¡rt|l<br />
También de la invesüigación nace la certeza de que la discusión<br />
sobre Ia jornada de 8 <strong>horas</strong> a fines de 1915 en pl Senado nueve meses<br />
de los comicios de julio de 1916 para constituyentes- fue la prime'<br />
-a<br />
ra donde todas las fuérzas políticas advirtieron claramente la trascendencia<br />
electoral de una ley laboral.<br />
Los senadores dembstraron ser plenamente conscientes de las
102<br />
obvias consecuencias políticas de sus parabras, y en unos casos buscaron<br />
que sus posiciones quedaran perfectamente definidas<br />
apoyaron la jornada- y en otros que sus discursos -cuando<br />
fueran elusivos y<br />
hasta oscuros<br />
- cuando se opusieron a elra- . Incluso i"rlr"tá ¿"<br />
"n "i<br />
la votación en general del próyecto, sólo uno de los senadores;;;;;"<br />
ostensiblemente a él blanco<br />
-el<br />
Alejandro Gallinal- mie;tr; ios-;;e<br />
luego votarían en contra el articurádo específico q"" "rtuul""r.<br />
l.i'a<br />
<strong>horas</strong>, aprobaron la justic ia ,,de la id,ea,, páro no su ioncreción, caso de<br />
los colorados anticolegialistas.<br />
- Esta politización _<br />
inequívoca de la problemática sociar era un<br />
hecho nuevo. A comienzos del Novecientos la oposición al reformismo<br />
había insistido en que sólo cuestiones relativas ár reparto del poder Á-<br />
bernamental, o "el retorno de-la soberanía al pueblo;',<br />
separaban a blancos y colorados; no el enfoqúe de "la ";;;J;;"f#;,<br />
cuesti¿"'r""iJ;'<br />
en cuyo objetivo -hacer mayor justicia a "ios desheredados'<br />
estaban (o decían estar) - todoJ<br />
de acuerdo.<br />
. En oüras palabras, los partidos polfticos tradicionales debieron<br />
abandonar ostensiblemente zu,,neut"álidad", urgrrm";iá;üñtá"<br />
por-sus dirigencias de que su única finalidad era "t bu-scar t" co"cluaói¿<br />
de las clases, y tuvieron que mostrar con más o menos ,.,<br />
juego en materia social.<br />
"u¿.ciu<br />
El reformismo batllista era el que estaba mejor situado para que<br />
la índole de su discurso coincidiera óon sus intereses electoralbs. y sin<br />
emtrargo, aún en su caso, fue necesario a la par que mostrarse como<br />
defensor de los obreros, traaquilizar al empresariaio con ú;;;;;;,<br />
declaraciones de fe anüi-socialista . que hizó muy satisfecho el Ministro<br />
de Hacienda de Feliciano Viera, pedio Cosio.<br />
"El Día", diario de Batlle, dedicó todo su espacio a las g <strong>horas</strong>, el<br />
que obtuviera el traüamiento de un problema en 1915. La discu-<br />
Tlyof<br />
sión del Senado fue transcripta en grandés titulares y ocupó peá"Á<br />
errteras, y los editoriales se sucedieron sin interrupcibn ¿eiae nñ¿iados<br />
de octubre, cuando el senado comenzó el tratarniento de la<br />
da,<br />
¡orna-<br />
hasta mediados de noviembre, cuando concluyó po, .prolU..i".<br />
"N"To",.uno de los pseudónimos de Batlle, ."q,r"ri" ¿i su i;¿o ;js<br />
e-spacio aún, defendiendo con vehemencia el derecho de "cada trabajador"<br />
a "por ln menos di.eciséis horus de libertad. por d.ía..<br />
sea Ia rudeza de su trabajo,,. y ante el argumentó de que habfa "";Iq"ü;" tareas<br />
en que el esfuerzo "tlye" y se podlá trabajar m¿s de g <strong>horas</strong>,<br />
sostuvo la posición radical "ru. de que la iolución entánces debeúa r"" qoé<br />
trabajaran 8 <strong>horas</strong> los que tuvieran labores ,,leves,' ,,y q"i tilijÁ<br />
gradualrnente ,r¿enos aquellos cuyos oftcios ,noo g"oárálmente tt¿tÍs<br />
angustiosos".llSSl<br />
Al ser aprobado el proyecto por el Senado, reclamó el reformismo<br />
para el "Paitid.o Cotorado el honor de haber incorporodo a la' le.gisla'<br />
iión positiva d.el país este herntoso postulnd.o social" y dedujo de ello<br />
qlu.e "la colectiuidad política que gobierna puede ostentor, pues, un<br />
iueuo tltula a la consideración popular", ya que "conro síem,pre puede<br />
jactarse de ser elln la que más ocabadamente interpreta,'. eI sentimien'<br />
to d.e las ¡nuched.utnbies obreras, que son las fuerzas uiuas de la nacianalid.ad".<br />
En el mismo editorial condenó<br />
-un<br />
tanto contradictoriamente<br />
desde el punto de vista lógico- a los que "han querid,o dar a la<br />
iniciatiuo... un-canicter sectario" y atribuían las 8 <strong>horas</strong> a la prédica<br />
del "socialisrno" (186l. En verdad, allí era donde estaba para el<br />
batllismo el peligro: - que "lcs muchedumbres obreras" se atribuyeran<br />
a sí mismas y á ta lucha de sus Sociedades de Resistencia o a !a<br />
pré'<br />
dica del Partido Socialista- "el honor" de haber logrado las 8 <strong>horas</strong>.<br />
El batllismo sabía que no había mucho riesgo, en cambio, a su derecha,<br />
pues la posición dslos senadores colorados anticolegialistas y la del<br />
Lh.tco en contra de las 8 <strong>horas</strong>, a pesar de los artilugios discursivos,<br />
había sido clara y quedado grabada en la memoria popular.<br />
Porque así como al"Portido Colorado"le correspondia "eI honor"<br />
de "habár incorporado" las 8 <strong>horas</strong> a "la legislación positiua", al<br />
batllismo le preocupaba todavía más que sus lectores<br />
-y<br />
103<br />
mucha masa<br />
obrera había entre ellos-, supieran que a los senadores colorados anticolegiaüstas<br />
y al blanco les había correspondido el "deshonor" de<br />
oponerse. - En editoriales y en sueltos firmados por Batlle con los seudónimos<br />
de "Nemo" y "Néstor", se acusó a los colorados anticolegialistas de<br />
haber retrasado la aprobación de la ley con su dominio del Senado<br />
desde 1913, ya que había sido ese control "anticolegiolista lell que<br />
d.ebía soterrar (las 8 <strong>horas</strong>)por tres años md.s... ". Y cuando se procedió<br />
a la votación artículo por artículo y cada senador tuvo que mostrar su<br />
faz, "ElDía" se preocupó por señalar a sus lectores que "üodos Ins anticolegialistas<br />
uotaron en contrcL.. y todos las colegialistas a fauor".(187)(¡r)<br />
Así el diario identificaba sin fisuras lógicas al enemigo político<br />
con el conservadorismo social y al "oficialismo" con el "avancigmo".<br />
En realidad, no tuvo que esforzarse mucho por probar ese aserto ya<br />
(*) Verdad relativa por cuanto el mismo diario tenía que dar cuenta que por lo<br />
menos un anticolegialista de los siete, Carlos Albín, había votado a favor, y otro que<br />
también lo había hecho, Jacobo Varela Acevedo, no era, en realidad, anticolegialista,<br />
oles sólo se había oDuesto "a fónnulas de colepiado... por razones de oportunidad".
104<br />
que, en efecto, cinco de los siete anticolegialistas de 1913 se opusieron<br />
a la jornada de 8 <strong>horas</strong> en 1915.<br />
La crítica batllista también se cebó, y muy especialmente, en el<br />
único senador blanco que había en la Cámara Alta, Alejandro Gallinal.<br />
Este, para contento de Batlle y "El Día", fue responsable tanto del<br />
único voto en contra a la aprobación general del proyecto como urro de<br />
los seis que negaron su aprobación a los artículos decisivos. Para<br />
"Nemo", eso testimoniaba la "resistencia ínuencibl,e del twcionalismo<br />
a las ideas de progreso".lLSSl<br />
A la acusación batllista de que la oposición era "retrúgrada" sucedió<br />
la acusación de la oposición de que el batllismo era "demagogo"<br />
y su percepción del significado electoral de la ley.<br />
Pedro Manini Ríos, al referirse a los Inspectores de Trabajo que<br />
vigilaúan el cumplimiento de las 8 <strong>horas</strong> dijo: "...espero que el Poder<br />
Ejecutiuo no haga de esta disposíción un instru¡nento político; espero<br />
que, a pesar de quererse ha,cer un medio de propaganda electoral<br />
-como<br />
es euidente- de la sanción de esta ley en las actuales cit"cunstancias,<br />
no se utilice a los empleados encargados de uigilar la inspección<br />
de La misma como propa.gandístas polítícos... ". (189)<br />
"The Montevideo'Iimes" y "Diario del Plata" fueron todavía<br />
más precisos en los primeros meses de 1916, cuando comenzó a aplicarse<br />
la ley. Acusaron "al gobierno" de "extremarse para captar el uoto<br />
de la cktse trabaja.dora" con las 8 <strong>horas</strong>, jornada que encubúa ".sa<br />
marauillnso plnn oligdrquico d,e un ejecutiuo colegiado... ". El Colegiado,<br />
decía esta oposición, era "el secreto real de la extrsordinaria ínsiStencia<br />
en la ley de 8 <strong>horas</strong> y otnas medidas perturbadoras en un momento<br />
tan inoportuno de crisis... ". En realidad, "el gobierno pretende<br />
posar corlo amigo y protector d.e las trabajadores en su luchu contra el<br />
capital, aunque uerdnderamente el trabajador tenga poco que agradecer,<br />
ex.cepto impuestos aumentados, uida rruís cara, y oportwnidudes<br />
reducidas... ". 1190)<br />
También ia oposición política de "izquierda" notó los riesgos que<br />
corría si el "oficialismo" quedaba como único autr¡r de las 8 <strong>horas</strong>. "El<br />
Socialista" reclamó para ese Partido el "honor" de la jornada y adujo<br />
que había sido su diputado, Emilio Frugoni, el que impulsara la<br />
consi
106<br />
oblig_ó a declarar: "Qug.<br />
Ft obreros trzbajen según sus fuerzas,'.(Ig4).<br />
. .Los opositores pollticos a la jornada de g <strong>horas</strong> pró",rr".or, á"i"rrder<br />
la atmósfera de "neutralismo; que en materia soóial debla<br />
rizar a las divisas. Pero la "neutialidad" era una posibilidad "uru"tu-<br />
sólo<br />
teórica, ya no real durante la crisis. En 1915 y lg16 muchos obreros<br />
marcaron a fuego a los que se opusieron a la iey, como lo deja ver la<br />
p_rensa aaarquista y socialista consultada. por éllo fue que purtido<br />
Nacional puso cierta disüancia con ra actitud de su único senador. "i - ---<br />
No sólo Alejandro Gallinal quiso aparecer "neutral"; también los<br />
-<br />
colorados anüicolegialistas a üravés de los discursos de pedro Manini<br />
Ríos y Antonio Maria Rodríguez. Este sostuvo como prueba de que la<br />
"cuestión social" no dividla políticamente: "Todos to*o, ¡nteruiii¡onistas-<br />
r,a discrepancia consiste en cuestiones de detalle d" atguoiliportancia;<br />
pero no en el pensamiento fundamental d.e la"ley, De<br />
rl.o,nera que, por referencias que tengo, no le puedo llamar adueríario a<br />
ningún señor senador". De lo que deducia: i'deben usaÍse tos catiftiatiuos<br />
apropiad,os en un asunto de tan grande trascend,encia y ,npár"u_<br />
sión nacional". ( 19b)<br />
Precisamente de eso.se_ trataba: que todos los grupos políticos,<br />
bla-ncos y colorados, colegialistas y anticolegialistas, a'naiquir-t* y ;;_<br />
cialistas, pensaban que por primeiavez de rñanera i"air""iiur" blema de legislación laboral tenía evidente ,,trascendeo"io<br />
y ,ijiiu_ """pi"-<br />
sión nacinnal".(*l<br />
Tan-clara fue Ia peligrosidad electoral de las g <strong>horas</strong> que los<br />
jefe¡ dos<br />
{e la oposición en el Senado, el blanco Alejandro CáÍi""1 y<br />
anticolegialista Pedro Manini- Ríos, dijeron apoyarlas u" p"i""ipü "l<br />
aunque r7u. en ese motnento, Adujo el primero que se debería óonvoca,<br />
un Congreso en Sud América para ,,détenninai ta jomada d"|*b;i;,,<br />
entre todos los países; y el segundo, que las g horai, naturales réir<br />
desde que él como Ministro había firmado el proyecto de ley junto-a ""<br />
(*) El reformismo radicar dijo observar con satisfacción que esta progresiva<br />
inclusión de la temática social en las preocupaciones de toda la ciase política ionduciría<br />
a una bienvenida militancia del pueblo en los partidos. Domingo Arena caracterizó<br />
así al periódico socialista-argentino "La vanguardia" el clima qu"<br />
"rtaú"<br />
viviendo el país en 1916: "En el rlruguay ahora se disluten ideas... con esó al puebto<br />
se le dice que la política sime para algo, que ella puede hacer la felicidad de lás mós,<br />
yrc q.ue(3.dar yn mayor bienestar físico y económico. y el pueblo aprende.,.,'.(196¡<br />
Esa "politización" del "pueblo" erala contrapartida exacta de la<br />
,.sócialización;' de<br />
la clase política, de su captación de la "trascendencia" de la problemática de las clases<br />
populares y medias.<br />
Batlle, eran peligrosas ahora, en plena crisis de la industria y el<br />
comercio,<br />
Nadie, en otras palabras, negó "la justírcia" de la jornada proyectada<br />
-concesión<br />
a su "trascendencia" política en las clases populares-,<br />
pero la oposición senatorial blanca y anticolegialista negó si<br />
oportunidad a su aprobación inmediata. Con ello puso a trasluz sus<br />
convicciones de clase, a la vez que intentó mantener un dificil equili<br />
brio entre los apoyos que ya tenía, las clases altas, y aquellos a los que<br />
aspiraba, los sectores populares y medios.<br />
Fue también por esa "trascendencia" política que el Gobierno del<br />
Presidente Feliciano Viera puso el cúmplase de inmediato a la ley que<br />
el Senado había aprobado en su sesión del 17 de noviembre de 1915.<br />
Comunicaba "El Dfa" este insólito suceso en reveladores términos:<br />
"Una hora rruis tarde (que el Senado sancionara el proyecto) el Presidente<br />
d.e laRepública le había puesto el cúmpla.se. EI Presidente forrna<br />
así un uíuo contraste con los anticolegialistas del Senado. Ellos han<br />
hecho cuanto les ha sid.o posible para aplazar La sancün de la ley. El no<br />
ha querido dejar pasar un dla sin ponerLe el cúmplase".lt97l<br />
Pero las 8 <strong>horas</strong>, ua"*¿l u" J"oorrl"" al "humanitarismo" que<br />
informaba al reformismo desde su nacimienüo, además de haber sido<br />
tenidas en cuenta como bandera de enganche electoral, fueron también<br />
vistas por el partido de gobierno como medida esencial de lucha contra<br />
la desocupación reinante en el mundo obrero.<br />
El ministro de Hacienda, Pedro Cosio, lo dijo sin ambages el 29 de<br />
febrero de 1916, cuando hacla pocos días que la ley habla entrado en<br />
vigencia: éste "era el rnom.ento mós oportuno que pudo haberse<br />
elegido para, su aplicación, desd,e que nos encontratnos frente al problema...<br />
de la desocupacün de tnillares de obreros a las cuales esta ley<br />
ha uenido a darlcs ocupocün en espacio de pocos dl¿s" (198). En el<br />
mismo mes, el diputado batllista Alberto F. Canessa hizo similar<br />
referencia: ".,.¡w ha sido jaruís Ia. i.dea, ol establecer la iornada de 8<br />
<strong>horas</strong>, d,e que el trabajo industrial dcba ser intermitente. Nad.a d'e eso<br />
quí.ere la ley. Sólo limíta el trabaio indiuidual. El trabaio industrial<br />
puede ser continuo... la ley... le dice al industrial: Trabaie usted 24<br />
<strong>horas</strong> d.el día; pero cam.bie sus elementos de trabaio, cuando la máqui'<br />
na es humana, cad,a 8 <strong>horas</strong>".(1991.<br />
bl "La ley de horarío obrero"<br />
La ley que fijó el "trabaio obrero... bn ocho <strong>horas</strong> para toda la<br />
107
108<br />
República" fue promulgada el 17 de noviembre de 1915 y entró en vigencia<br />
a los tres meses, el 17 de febrero de 1916, segrln una de las<br />
disposiciones que daba ese plazo a las empresas para que se adaptaran<br />
a su contenido.(200)<br />
Por.ella se estipulaba que "el trabajo efectiuo de los obreros d,e<br />
flÍbricas, talleres, astilleros, ca.nteras, ernpresas de construcción...; de<br />
lns dependicntes o mozos de casas industriales o de comercín, de lns<br />
conductores, guard.as y derruis empleados de ferrocarriles y tranuías;<br />
de Ins carreros de playa, y, en general, de todas las personas que<br />
tengan tareas del mismo género... que se indican, no durard mds de 8<br />
haras par día". La ley también comprendía, y la mención fue específica,<br />
"a Los obreros y ernpleados en trabajos realizadas por eI Estado",<br />
artículo que daba cuenta del creciente rol económico del Estado reformista.<br />
El trabajo rural no era mencionado y del proyecto de 1911 se<br />
había quitado toda referencia al de los menores de edad y mujeres<br />
embarazadas, que se propuso se tratara en ley aparte. En casos especiales<br />
podúa aumentarse "el término del trabajo diario de los adultos;<br />
pero en ningún caso ex,cedeni d,e 48 <strong>horas</strong> por cada 6 días de la,bor".<br />
Habían sido las fábricas de carne, en especial los saladeros y frigoríficos,<br />
así como las empresas navieras y portuarias, las más interecadas<br />
en el establecimiento de la excepción dados el carácter zafral<br />
de sus tareas, su dependencia del clima... y su interés en no tener que<br />
contratar obreros por turnos desiguales<br />
-uno<br />
de 8 y otro de 3 ó 4<br />
<strong>horas</strong>- para el mismo día de trabajo. Fln realidad, las compañlas navieras<br />
habían pedido en nota firmada por Christophersen Hnos., "ez<br />
representanión de Mihanouich y Cía"", "el rey de las rlos", que se le<br />
permitiera regular el trabajo de sus obreros con lo que correspondiera<br />
mensualmente a las 48 <strong>horas</strong> cada 6 dlas (201), pero el Ministro y el<br />
Senado rechazaron tal "extensión" de la jornada diaria y accedieron<br />
sólo a lo dicho: un máximo de 48 <strong>horas</strong> cada 6 dlas de iabor.(*)<br />
(*) La autorización para re$ular lajornada diaria ddirtro de un máximo mensuál<br />
autorizado de unas 200 <strong>horas</strong>, hubiera permitido a las empresas navieras hacer trabajar<br />
a sus operarios 10 <strong>horas</strong> diarias, por ejemplo, durante 20 días de los 26 hábiles del<br />
mes, suponiendo que los domingos descansaran. En ese caso, los obreros tendrían una<br />
jornada de 10 <strong>horas</strong> y 6 días de descanso continuado, adernás de los 4 dorningos. I"os<br />
objetivos humanos y sanitarios que se,perseguían con la adopción de las I <strong>horas</strong> diarias<br />
hubieran quedado anulados por completo.<br />
La autorización que Ia ley otorgó al patronato, con ciertas limitaciones que veremos<br />
más adelante, para que regulara la jornada diaria respetando las 48 <strong>horas</strong> cada 6<br />
días de labor, también admitió, por cjerto, la jornada de 10 <strong>horas</strong>, pero en esos casos<br />
el empresario tendría que concede¡ en los 6 días, uno de 8 <strong>horas</strong> y otro enteramente<br />
En los casos de alteración d.el "ténnino normal de la jorna.d,a" se<br />
daúa cuenta a "l.a Intendencía respectiua" de acuerdo con las condiciones<br />
que el Poder Ejecutivo establecería en la reglamentación de<br />
la ley.<br />
Se prohibía que las fábricas o talleres se sirvieran de obreros que<br />
"trabajen en otro establ¿citniento eI mtíximun de <strong>horas</strong> autórízado por<br />
esta ley" y sólo se admitía el doble empleo "cuando un obrero trabaje<br />
en un establecimiento un número d.e <strong>horas</strong> Í.enor que el autorizad,o";<br />
entonces podúa "trabajar en otro las <strong>horas</strong> cornplementarias". Esta<br />
disposición era la que más directamente vinculaba la jornada de 8<br />
<strong>horas</strong> con la desocupación reinante en esos años ya que si ningrln<br />
patrón podía exigir más de 48 <strong>horas</strong> cada 6 días a sus obreros o empleados,<br />
ninguno de éstos podía tampoco trabajar más de esas 48<br />
<strong>horas</strong> en otro establecirniento. De esta manera, el empresariado, a no<br />
ser que prefiriera un cambio tecnológico costoso, sólo tendría un<br />
camino para mantener el nivel de producción anterior a la ley: contratar<br />
más mano de obra.<br />
El patrón que violara el máximo de 48 <strong>horas</strong> seúa multado "tr¿<br />
primera uez en diez pesos por cad,a obrero que haya ínfringid,o la ley, y<br />
las ueces siguientes en quince", Los obreros seúan también multados<br />
"en la suma que perciban por el exceso de trabajo". Este doble sistema<br />
de multas ponía otra vez sobre el tapete la intención de paliar la desocupación.<br />
La vigilancia de la ley<br />
-<br />
tarea esencialísima pues de ella dependía<br />
que fuera letra muerta como lo eran tantas disposiciones laborales en<br />
el mundo o se pusiera en práctica- fue encomendada a 2b inspectores<br />
"especiales" que el Ejecutivo distribuiría por los departamentos y qut,<br />
dependerían de la Oficina Nacional del Trabajo. La asignación de<br />
"cada uno d,e las inspectores" seúa de S 1.800 anuales en Montevideo<br />
($ 150 por mes, el quíntuple de lo que ganaba el empleado público común,<br />
casi la mitad de lo que cobraba un diputado), y de $ 960 en el Iñterior,<br />
$ 80 mensuales. Estos inspectores tendrían "el derecho de entrar a los<br />
establecimientos de trabajo y pedír cua,ntos infonnes sean necesarios<br />
para el cumplirniento de su misión... ", Si los empresarios se negaban a<br />
brindar los datos requeridos o "tnolestabant¿" a los inspectores, éstos<br />
podrían imponer "multas de $ 25 por cad,a contrauención constatada,'.<br />
El sueldo y el poder de estos funcionarios eran garantias eficaces del<br />
lib¡e. Los objetivos humanos e higiénicos tampocl se obtenían -y<br />
esto lo<br />
denunciaron anarquistas y socialistas-. pero al menos l.rs ventajas pationales no<br />
e¡an tan obvias como en el primer caso analizado,<br />
109
110<br />
cumplimiento de la ley.<br />
Restaba conocerun capltulo esencial, que podía desnat¡¡¡li"¿¡ s¡<br />
buena medida sus objetivos: la reglamentación de la ley y la designación<br />
de los inspectores por el Ejecutivo.<br />
El patronato recurrió a todo tipo de presiones y argumentos para<br />
eludir "l¿ ley.de horario obrero", como se la llamó.<br />
La patronal de los Bancos sostuvo, por ejemplo, que sus porteros<br />
debían asimilarse al personal doméstico de las casas particulares, para<br />
quienes no regla la ley (2021. Más contradictorio resultó el hecho de<br />
que la Dirección del "Hospital-Asilo Vilardebó", una dependencia esüatal,<br />
también argumentase que sus enfermeros deblan seguir trabajando<br />
10 y hasta 12 <strong>horas</strong> diarias, pues eran "d,otnésticos" (203).<br />
Muchos dueños de cafés y bares dejaron de considerar a sus mozos<br />
como "dependi.entes a sueldo" y los trataron como "subarrendatorios<br />
de un grupo de ¡nesas o reuendedores de productos", de lo cual<br />
deducian que por ser empresarios independientes estaban al margen de<br />
la-s 8 horur.1r'n,<br />
La acción de las entidades gremiales del patronato para lograr<br />
una reglamentación de la ley que les fuera favorable, comenzó inmediatamente<br />
después de su promulgación. El 19 de noviembre a las 4 de la<br />
tarde, una Comisión compuesta por delegados de la Cámara de Comer.<br />
cio, la Liga de Defensa Comercial, la Unión Industrial Uruguaya y la<br />
Cámara Mercantil de Productos del País, entregó un escrito en tal<br />
sentido al Ministro de Hacienda. La Comisión contaba con algunos de<br />
los representantes más ricos e influyentes del quehacer mercantil e<br />
industrial: Juan Domingo Lanza, Alejandro Tálice, Francisco B.<br />
Helguera, Pedro Ferrés y Horacio Castellanos. Decían buscar<br />
"atenuar dentro de la que la misma ley permita, los efectos de la uniformidadde<br />
la jornada" (205). El patronato insistió sobre todo en que<br />
sólo debían considerarse <strong>horas</strong> trabajadas aquellas en las que se hiciera<br />
algin gasto de "fu,erzas fisicas", según sostuvo la Liga de Defensa<br />
Comercial en enero de 1916. Si el trabajo era discontinuo y durante el<br />
horario de permanencia en el comercio el dependiente estaba sin hacer<br />
nada, circunstancia corriente cuando no atendía clientes, se computarian<br />
"por oeho <strong>horas</strong> nueue de cad,a dlo en que el obrero o empleada<br />
esté a las órd,enes del superior o patrón" (206). De haber tenido éxiüo,<br />
este argumenüo patronal hubiera eliminado las 8 <strong>horas</strong> sobre todo del<br />
comercio, la actividad a la que la ley afectaba en todos sus sectores,<br />
pues en ninguno de ellos regían las 8 lioras.<br />
En marzo de 1916 el diputado Gabriel Terra presentó un proyecto<br />
de ley recogiendo aspiraciones de las compañias navieras. Disponla<br />
que cuando se descargaran los navlos en los muelles "se contaran las<br />
<strong>horas</strong> to¡nando en consideración el trabajo real que eiecute el personal<br />
de las embarcaciones, sin perjuicía del derecho de las obreros de cobrar<br />
sus sueldos en las <strong>horas</strong> de expectatíua". Es decir que, aun cuando se<br />
abonara el mayor horario derivado de la "expectativa", ésta no se<br />
computarla a los efecto de la ley: las 8 <strong>horas</strong> diarias ó 48 semanales<br />
tendúan que ser de "trobajo real".(2071.<br />
En otras palabras, si la reglamentación del Ejecutivo recogla la<br />
aspiración más generalizada entre el patronato, contar como <strong>horas</strong><br />
trabajadas aquellas en que se gastaban "fuerzas fl,sicas", no<br />
importando que el empleado u obrero estuviera en el interln a las<br />
órdenes de su patrón, las 8 <strong>horas</strong> se iban a convertir en una ilusión, en<br />
otra de esas "shnpotbs por la utopln comunista" a las que tan afecto<br />
era el reformismo según el bloque imperial'conservador.<br />
En segundo lugar, ei patronato aspiraba a que la reglamentación<br />
fuera lo más flexible que se pudiera en cuanto a permitir la regu.lación<br />
de las 48 <strong>horas</strong> semanales de acuerdo a los intereses "de la, producción",<br />
es decir, a poder imponer jornadas diarias mayores a las 8 <strong>horas</strong><br />
aunque en los 6 üas de labor se respetaran las 48 establecidas en la ley.<br />
El 31 de enero de 1916, faltando 17 dlas para que se aplicase la ley,<br />
el Poder Ejecutivo la reglamentó mediante un decreto que firmaron el<br />
Presidente Feliciano Viera y el Ministro de Hacienda, Pedro<br />
Cosio.(208).<br />
El capftulo fundamental era el que se referla a las normas que<br />
determinaian qué era "el trabajo efectiuo", ya que alll estaba el nudo<br />
central de la posible trampa patronal.<br />
El Gobierno consideró "trabajo efectiuo todo el tiempo en que un<br />
obrero o emplead.o deja de disponer libremente d.e su uoluntod y estó a<br />
Ia disposicün de un potrón o superior jerú.rquico". La jornada de labor<br />
coincidirla asf con el concepto que del trabajo tenían los que lo protagonizaban:<br />
eltrabajoeralapérdida de independencia, un "estar ala<br />
disposición de un pattón o su.perior", y no sólo el permanente gasto de<br />
"fuerzas físíaas".<br />
Se hicieron, sin embargo, ciertas concesiones de importancia a las<br />
empresas ferroviarias y a las compañfas navieras. Cuando el operario<br />
tuviera que ir desde la estación o el puerto hasta su lugar de trabajo en<br />
la üa férrea o algrln navío y fuera trasladado por cuenta de las empresas,<br />
el tiempo invertido en el traslailo no se computarla como trabajo<br />
efectivo. Como ese operario ya había perdido su "independencia" al<br />
llegar a la egtación o al puerto, el no computar las <strong>horas</strong> que insumfa su<br />
111
112<br />
traslado el lugar efectivo de trabajo entraba en contradicción con la<br />
anterior disposición de la reglamentación.<br />
En lo que hacía a la norma de las 8 <strong>horas</strong> diarias y el máximo de<br />
las 48 por cada 6 días de labor, la reglamentación fue generosa con el<br />
patronato, según lo denunciaron expresamente "El Socialista" y los<br />
oradores anarquistas en los actos priblicos de 1916.(209)<br />
El trabajo por encima de las 8 <strong>horas</strong> diarias, siempre y cuando no<br />
se excedieran las 48, se permitía si se daba cuenta a la Intendencia y a<br />
la Oficina Nacional del Trabajo para que esta última "uerifítase"<br />
-sólo eso- "la exactitud" de las razones que invocaban los patrones<br />
para alterar la jornada normal. Por el artículo 10 se concedla de entrada<br />
que se podrla "trabajar sin normalidad. d.e horaría" en saladeros,<br />
frigoríficos y establecimientos análogos, buques de cabotaje, ferrocarriles,<br />
tranvías, carga y descarga en los buques de ultramar y en<br />
"todos lns trabajos en ca.sos de fuerza tnayor". Por lo cual en los<br />
frigoríficos lajornada diaria siguió en las 10 <strong>horas</strong> aunque se respetó el<br />
máximo de 48. Tal permisividad fue atacada en los actos anarquistas,<br />
donde se dijo que la ley había sfdo "hecha en pro d.e la clase capítalísta<br />
y no en fauor de los obreros", pues la reglamentación perrnitía<br />
"burlar" las 8 <strong>horas</strong> diarias.(210)<br />
También se permitió trabajar t <strong>horas</strong> por día a los establecimientos<br />
que adoptasen como régimen "el cómputo de 45 <strong>horas</strong> cada 5 dlas y<br />
3 <strong>horas</strong> en el sexto... siernpre que haya acuerdo con los obreros",<br />
cláusula salvadora que en más de una oportunidad éstos invocaron,<br />
pero que brillaba por su ausencia en el easo del trabajo en la industria<br />
de carnes, el transporte ferroviario y tranviario y los puertos,<br />
La reglamentación dejó en claro que la ley no regla en "las<br />
industrias rural.es, ganadería y agricultura; el personal del seruicío<br />
particular, las cond,uctores de coche y autornóuiles de pl.aza" y el personal<br />
superior de las empresas (directores, gerentes, socios, directores<br />
técnicos). El peón rural y el sirviente, fuera éste chofer, cochero,<br />
cocinera o mucama, eran "seres marginales" en esta economla que el<br />
reformismo creía en vías de completa modernización, y tendrían que<br />
seguir trabajando lo que sus patrones clases<br />
-las<br />
altas y mediasestimasen<br />
necesario para su "calidad de vida".<br />
Por último, se reglamentaron con cuidado los descansos a que<br />
tendría derecho el personal cuando las labores fueran fatigosas o requirieran<br />
atención permanente. En esos casos, cada cinco <strong>horas</strong> de trabajo<br />
habría a "lo menos una hora de d.escanso",' si se trataba de "guardas<br />
conductores, guardafretws y banderas", la jornada inintemrmpida no<br />
podria exceder de cinco <strong>horas</strong> y media y el descanso sería de hora y<br />
media; los empleados de Bancps y casas de comercio tendrían como<br />
descanso mínimo una hora después de cuatro de trabajo continuo. La<br />
intención, como se comprenderá, era doble: se buscaba humanizar la<br />
jornada y también proporcionar la seguridad que da la atención sin<br />
fatiga tanto a los operarios corno a los usuarios de los servicios, en<br />
particular el transporte público.<br />
Cuando las patronales quisieron burlar o interpretar a su arbitrio<br />
la reglamentación, el Ministerio procedió casi siempre de acuerdo con<br />
los gremios obreros y no con los empresarios.<br />
Fue la pequeña burguesía industrial la que protagonizó el intento<br />
de alterar la reglamentación. Los propietarios de panaderías, para<br />
evitar la contratación de dos turnos de obreros, estiraron el tiempo<br />
máximo de descanso que la ley admitía -dos <strong>horas</strong> para la jornada de<br />
ocho-. Sus operarios se quejaron de la obligada permanencia en los<br />
establecimientos por 11 o más <strong>horas</strong>; "los oficíales de peluquería"<br />
pidieron de manera expresa al Ministerio que determinase "que In<br />
jornada de lnbor empieza el lunes y terrnína el sóbado", por cuanto la<br />
patronal pretendía hacerles trabajar el domingo; y "los obreros del<br />
grernio de fabricantes d,e calzado" se declararon en huelga<br />
denunciando que los patrones, sin su acuerdo, habían impuesto "eJ<br />
régimen de t <strong>horas</strong> di,arias durante 5 dlas y 3 <strong>horas</strong> en el serto". En<br />
todos estos casos sendos decretos del Poder Ejecutivo dieron la razón<br />
a los obreros: el máximo tiempo de descanso en las panaderlas se fijó<br />
en 2 <strong>horas</strong>, de manera que la jornada que lo incluía'nunca excediera de<br />
10; la labor en las peluquerlas debía hacerse de lunes a sábado; y los<br />
fabricantes de calzado tuvieron que ajustarse a las 8 <strong>horas</strong> diarias de<br />
lunes a sábado.(211)<br />
Pero lo que resultó más tranquilizador para los obreros fue la<br />
elección que hizo el reformismo de los inspectores que vigilarlan el<br />
cumplimiento de la ley, y se encargarlan además del control "de Los<br />
aparatos de segurid,ad que deben tener las móquinas" para prevenir<br />
los accidentes de trabajo. En los primeros días de febrero de 1916'<br />
cuando debía comenzar a aplicarse la ley, un diario de la tarde recogió<br />
el rumor de que "casi tod.os los controladores... serían de filiacíón so'<br />
cialista, lo que.." se (haúa) para que no haya uetwlid.ades". "El Dla"<br />
transcribió la noticia sin desmentirla del todo pues acotó: "de lo que se<br />
ocupard seriamente el gobierno seni de las condiciones personales de<br />
las que han de ser designados pora ocupar dichos puestos'.' y no de su<br />
filiacün partidaria" l2l2l.Lo cierto es que hubo notorios anarquistas<br />
y socialistas entre los primeros inspectores de trabajo. "The Montevi'<br />
deo Times" denunció que el Gobierno los había elegido "entre Ia clase<br />
de bs agitadores profesionol¿s" l2I3l. "El Socialista" comentó en<br />
junio de 1916 que en Río Negro, donde estaba el grcn establecimiento<br />
113
114<br />
anglo-germano de carnes Liebig, el reformismo había nombrado en el<br />
cargo de inspector departamental nada menos que "al conocído ócrata<br />
Emilio Basterga".(2Il<br />
La actuación de esos inspectores se reveló fundamental para que<br />
se cumpliera la ley. Ya a fines de febrero de 1916 "El Día" informó de<br />
la multitud de multas que habían impuesto "a. L.nos cuantos cor¿erciantes<br />
infractores a la ley de horario obrero" (215), siendo precisamente<br />
el comercio el que más trataba de violentar el espíritu y la letra<br />
de la ley, por cuanto era el sector económico donde nunca hablan<br />
regido las 8 <strong>horas</strong>.<br />
cl <strong>Las</strong> consecuencias de la nueua.iornada.<br />
"La ley de horario obrero" modificó en parte la vida cotidiana de<br />
obreros y empleados y fue, en general, muy bien recibida por éstos.<br />
El perióüco ácrata y antioficialista ,,El obrero panaderó" reconoció<br />
en noviembre de 1915 que aunque "todas las adulncbnes y hal.agos<br />
que en las parlamentos se le hagan a los deshered,ados no son-oúa úsa<br />
que hipocresía pura.. d,e cualquier rnanercL,. si alguna lelt como la<br />
presente-uiene a beneficiamos d.ebemos arnpanornos en Ia ntisma poru<br />
obtener las rnayores uentajas posibles". viniendo de tiendas anarquisüas,<br />
el reconocimiento del "beneficio" es el mejor testimonio di lo<br />
deseada que era la nueva jornada entre los obrerós y ros dependientes<br />
de comercio.(216)<br />
En los mitines anarquistas celebrados en los primeros meses de<br />
_1!16,e¡<br />
Ia Plaza Fraga de la villa del cerro, en la explanada del Muelle<br />
Maciel, así como en los locales de ciertas sociedades de Resisüencia,<br />
como la de los marineros de la calle pérez Castellano y la de los panaderos<br />
de la calle Médanos, se insistió sobre todo en ios defector q.r*<br />
tenía la reglamentación de la ley y en que ,,no se cumple,', Tan impor<br />
tante la consideraron en medio de sus crlticas, que los obráros<br />
panaderos resolvieron "hnprimir unos manifiestos para rep@rtir y fijor<br />
en las pamjes públicos en contra del señor Minístto de náci""aá y'tos<br />
Inspectores de Trabajo por tn hacer cumplir... h, Iey d.e ta jomaáa de<br />
lns 8 <strong>horas</strong>".(2771<br />
Cuando el diputado -colorado<br />
y semioficialista Gabriel Terra presentó<br />
en marzo de 1916 el proyecto de ley que ya comentáru-os, dir_<br />
poniendo una modificación sensible de la leyen ios navíos de cabotaje,<br />
967 "patrones, foguistas y rnarineros de los remolcadores y embaróat:íones<br />
del tráfico portuorio" se dirigieron al Ministro dó Hacienda<br />
soliciü¡índole no adhiriera "d ningunn de las modificacion", qu" ,"<br />
pretend.enintroduciralahumanay bi¿nhechoroley de las 8 horus", ya<br />
,¡ue por ella habían podido dejar atrás las "penurias y priuacianes originidas<br />
por horarios cuyo rnínimo podría deter¡nínarse en 76 <strong>horas</strong> en<br />
t,erano y en 13 a 14 <strong>horas</strong> en inubmo, sin contar las guardias a bordo<br />
para custod.íar mercad.erlos, priuóndosenos de baiar a tierra y 9!'n<br />
que<br />
iumás se nos dí.era la menor retnuneracün extraordinarin..".(218).<br />
Todo'é los obreros notaron lo que habían dicho los marineros: "el<br />
rambio que hemos experimentodo en nuestras uidas al entrar en<br />
rtigencia esa ley": el mayor tiempo übre, la posibilidad de una renovada<br />
relación familiar y otra calidad de vida personal.(*)<br />
Además, "la ley de horaria obrero", al disminuir la fatiga y pautar<br />
los descansos obligatorios, benefició la atención prestada al trabajo,<br />
hecho que seguramlnte facilitó cierto incremento de la productividad y<br />
sobre lodo, una sensible disminución de los accidentes de trabaio.(219).<br />
Hubo, sin embargo, algunos efectos de la ley que cierto sector de<br />
obreros y empleados pudo juzgar negativos.<br />
Por ejemplo, el empresariado respondió tratando de imponer,una<br />
rebaja próporcional de los salarios, lo que ocasionó algunas [ue-lgas<br />
ganá"on las Sociedades de Resistencia con- el apoyo del GobtPr-<br />
-qúe<br />
.rol t otras situaciones menos espectaculares pero<br />
-<br />
también<br />
dramáiicas, en que lisa y llanamente obreros y empleados tuvieron que<br />
ceder y percibir menos jornal. La disminución comprobadl del salario<br />
nominal en 1916 parece estar directamente vinculada a la puesta en<br />
vigencia de esta ley. Y aunque este descenso se compensó -e-n su<br />
efecto sobre toda la clase trabajadora- por el mayor nrlmero de hombres<br />
que logró empleo, muchos obreros vincularon la menor jornada al<br />
peor -<br />
jornal.<br />
La prensa conservadora destacó otro argumento en contrario que<br />
merece átención. Dijo "El Siglo" que para "oquellos que no alcanzan a<br />
imaginar otro sistema. de organízatün social (que el actual), que ryo<br />
han puesto en duda el derecho de propi,eda.d, que espenan pol mgdin !'eI<br />
trabajo asiduo y d,el ahorrc salir de su estado de asalariadas", la dis'<br />
(*) E! mayor tiempo libre es probable que haya favorecido la aparición de<br />
formas de cultura popular diferentes a las anteriormente dominantes, todas maneras<br />
cle ,.pasar" el tiempoespecíficas de las clases populares y medias. Ent¡e las nueva: y<br />
las viejas que pudiiron ahora desarrollarse más, debieron tener papel importante los<br />
paseoi al uir" libre y la playa señalados en 1916 por Domingo Arena como<br />
-ya<br />
iípicos del ..nuevo" ivlontiviáeo-, los espectáculos deportivos futbol en esPe'<br />
-el<br />
y aun los teatrales y cinematográfico$. Esta suposición merecería una investi'<br />
"üt-,<br />
gación en profundidad.<br />
115
116<br />
posición_ de la ley que prohibla a los obreros y dependientes trabajar<br />
más de 8 <strong>horas</strong> en dos empleos era "antipdtica,,. Ail, añadla con oHáto<br />
sociológico innegable, no se satisfacla "el deseo que pred,omina en la,<br />
masaiwnigratoria^.. dc catnbiar d.e posicün en el nuida... Con la prohibición<br />
de trabajar mds de 8 horos... se ha tnatad.o esa ilusión que<br />
para muchos es eI único objeüuo de su uida.. y l,es parece mala la,<br />
ley".(2201<br />
Es cierto que el tufillo de clase que emana de esta deificación del<br />
trabajo asalariado y las jornadas de l0 ó 15 <strong>horas</strong> resta objetividad ar<br />
plntep, pero también resulta sugestiva la referencia a cier-to disgusto<br />
n_a.lna-dg por el editorialista en "l,a naso inmigratoria,, ante la disposición<br />
de la ley que prohibía de hecho el doble empleo.<br />
También "El Bien", órgano de los católicos conservadores, Se<br />
refirió en febrero de 1916 al mal que la ley causaba ,,...a las obreros<br />
que, después de cumplir un horuría de 8 <strong>horas</strong> y dentrc de determinado<br />
trabajo, aumentaban libre y uoluntariamente el renümi¿nto d,e su esfuerzo<br />
med.iante t@rea.s de otralnd.ole hoy termhwntemente prohibíd.as<br />
por la |cy.., ". Y agregab a: "Que se les pregunte, sin oluidar á uno, si Ia<br />
admirable ley p, rotectora es o no un foctor d.e d.esequilibrio económico y<br />
de retroceso.., ". (2211<br />
En efecto, aún cuando el Gobierno no tuviera posibiüdad de<br />
impedir los mil tipos de "changas" que los obreros a menudo haclan<br />
fuera de sus empleos regulares, sí era cierto que vedaba "tenninantentente"<br />
el doble empleo si éste implicaba aumentar la jornada de 4g<br />
<strong>horas</strong> cada 6 dfas de labor. Sin.embargo, el doble empleo no debió ser la<br />
nonna en el Novecientos, justarnente por la amplitud de las jornadas<br />
diarias a que cada empresa obligaba a sus trabajádores.<br />
De cualquier manera, estas crlticas a la ley de fuentes obviamente<br />
tendenciosas por cercanas al mundo patronal, no deben ser echadas en<br />
saco-roto. Es probable que algunos sectores de las clases populares y<br />
medias, los menos concientizados por las ideas "progresistás", los qu-e<br />
nunca habían tenido experiencias de tipo gremial ni huelgas en-su<br />
haber cómo<br />
-y<br />
no pensar en los empleados de comercio e innigrantes<br />
obsedidos por un rápido ascenso social- hayan razonado comolo insinúan<br />
estos testimonios de la prensa conseryadora.<br />
't**<br />
",La ley d,e horaria obteto" tarnbién causó una peculiar redistribu-<br />
4$ 4ul<br />
ingreso que en alguna medida perjudicó a tiertos integrantes<br />
del bloque irnperial-conservador en beneficio de otros y de parte de ..lo<br />
clase trubaja.doru".<br />
El gran estanciero Alejandro Gallinal ya habla advertido a sus<br />
colegas áel Senado en los primeros días 4e<br />
noviembre de 1915 que:<br />
"...1á Empresa del Ferrocarril Central del Uruguay... ua a encontrar en<br />
ttt uplicaóión de esta ley.., un argu¡nento poderoso para aumentar.(susl<br />
tuiifas lyl ...que, en úitimo término, con (ello) lr.s que uan a salir pet<br />
i t t díc ado s s o n la s lab rud.ore s de la Re púb lic a " " -(222|<br />
En efecto, asl suceüó. Aunque los que tuvieron que abonar las<br />
t,¡rrifas más caras no fueron "lns l,abmdores" sino los ganaderos'<br />
A poco de entrar en vigencia la ley, Carlos W. Bayng, gerente del<br />
l,'errocárril Central, el "rey de nuestras uías férreas" al decir de "Diario<br />
del Plata", comunicó a la Federación Rural que las tarifas serían<br />
incrementadas debido a que "la ley d'e 8 horus nos represen,ta-un<br />
uumento en el presupuesto de I 250.M0 anuales", por la necesi{d-{e<br />
118<br />
accionistas londinenses de las utilidades que estaban logrando los estancieros.uru€ufxos<br />
a raíz de una guerra en lu que, es cieito,<br />
"iti"<br />
v ul<br />
cabo morían ingleses.<br />
.<br />
Pero, p,or otro lado, el Gobierno de Feliciano Viera, que no desea_<br />
ba se vinculara^la ley con el aumento de las tarifas f;o;i;.i"r, ;;;o<br />
que admitir en febrero de 1916<br />
-por<br />
boca de su Ministro ¿" Huóie"a.<br />
Fedro Cosio- que: "los fe*ocarriles... necesitan (ahora) uoo,<br />
"uiin,<br />
c e nte nare s ( de obreros ) p ara aut¿ento, s u p erc ona,L.. ", e:27 |<br />
- _La mayoría de los productores rurales y er diputado Luis Arberto<br />
de Herrera reconocieron que el incremento de tarifas se e*plicata-eo<br />
cierta medida porque "la ley de g <strong>horas</strong>... obliga 1al Ferrocarrit¡-a<br />
aumentar en mucho su personal,_..,, (2291. En algrin porcentaje que ial<br />
vez la investigación futura podrá determinar óon -exactituá, éxistió<br />
cierta traslación de ingresos del .qector ganadero u ror "."pi"uao"<br />
y<br />
obreros de la empresa británica de ferrocaliles, porque al menos fart'e<br />
del aumento tarifario debió destinarse a la contrátación de nuevo<br />
personal.(*)<br />
(*) Hemos hecho una estimación de ro que significó para los ganaderos el aumento<br />
de tarifas que decretó el Ferrocarril central cuando entró en vi-gencia "la ley de<br />
horario obrero".<br />
El ganado vacuno se traía hasta las fábricas de carne en Montevideo (frigoríficos<br />
y saladeros) en vagones de 20 reses que costaban, por ejemplo, desde una estáción de<br />
recorrido intermedio como la de Yi, $ 18,4o antes del incremento y $ 24,35 luego de é1,<br />
es decir, un aumento de132,34%. <strong>Las</strong> reses vacunas sacrificadaspor todas las*fábricas<br />
de carne en 1916 fueron 524.W; suponiendo que todas ellas hubieran sido trasladadas<br />
po-r ferrocarril que ya era<br />
-lo norma-, tendríamos que el aumento de la tarila significó<br />
para los hacendados un incremento en rur de traslado de las reses"a<br />
Montevideo de $ 156.120.<br />
"oitos<br />
un razonamiento similar se puede hacer con lalana. r¡a tarifa que cobraba el<br />
lerrocarril por 1.000 kilos de lana desde la estación intermedia de Durazno a Montevideo<br />
era de $ 6,35 antes de 1916 y de $ 7,94 después, es decir, un aumento del 2s%.<br />
Suponiendo que toda la producción de lana hubiira sido llevada al puerto capitalino<br />
por tren -como<br />
también era norma-, el traslado de los 36 millones de kilós de ta<br />
zafra de 1916-17 habría costado a los ganaderos $ s7.240 más que antes de la elevación<br />
de las tarifas.(229)<br />
En total, los ganaderos<br />
_ habrían pago al ferrocarril $ 213.360 más por el transport-.,,t:<br />
dos princip.lles productos: :ur<br />
ganado vacuno en pie y lana. Nó hemos poáido<br />
calcular cuánto significó el aumento por el traslado de cueros secos y capones.<br />
Estos $ 213.3ó0,<br />
. .<br />
cifra que si peca por algo es por mínima, equivalían al 0,gg%<br />
del precio al que habían vendido todos sus novillos o ¿l 0,80% del que habían vendido<br />
su zafra lanera en 1916. A la clase alta y a la media rurales no les agradó que cerca del<br />
1 % del grueso de sus ingresos se los lleva¡a la compañía del Ferroárril central con el<br />
argumento ' hasta- cierto punto real- de que debía pagar por más personal a raiz de<br />
la vigencia de "la ley de horario obrero",<br />
También se encareció el trabajo de los estibadores del Puerto de<br />
Montevideo, por ocupación de más personal y abundancia de ''<strong>horas</strong><br />
cxtras". Antes de la vigencia de las 8 <strong>horas</strong>, los navíos se descargaban<br />
rlesde las 6 de la mañana hasta el medio día, luego segula un intervalo<br />
rle 40 minutos para almorzar reiniciándose el trabajo a las 13 <strong>horas</strong> y<br />
r:oncluyendo a las 18, intercalando otro descanso de tres cuartos de<br />
l'rora, por lo que el esfuerzo efectivo sumaba nueve <strong>horas</strong> y media. Bajo<br />
la nueva ley, como decía el Ministro británico en abril de 1916: "/os<br />
l¡ombres decidieron traboior desde las 7 a¡n. a las 11 a.rn. y desde la 1<br />
p.m. hasta las 5 p.m. con la, uiejo regla en cuanto a' pago por trabojo<br />
realizado en otra.s <strong>horas</strong>...". La consecuencia era que "la carga y descargalleuaun<br />
poco mds de tiempo y si (las compañías navieras) esúcÍn<br />
upuradas, d.eben pagar por mós <strong>horas</strong> extra's de lo que hubieran hecho<br />
un.tes...'.1230l.<br />
Otro de los objetivos que buscaron los autores de la ley, paliar la<br />
desocupación, fue cumplido, si admitimos al menos la información<br />
cmanada del Gobierno.<br />
En octubre de 1916, la Oficina Nacional del Trabajo informó: "..'¿<br />
nadie escapa que la disminucün del horario ha reclamad'o un nTayor<br />
número de brazos". Los ejemplos eran sugestivos: la sociedad de<br />
mozos "La Mundial", compuesta de 200 adherentes, había empleado<br />
como "extras" de marzo a agosto de 1915 a 391 asociados, y en el<br />
mismo semestre de 1916, cuando la ley ya había empezado a regir, a<br />
506, un incremento de 115 nuevos puestos o del 29Vo.(231). <strong>Las</strong> dos<br />
empresas frigorlficas existentes en Montevideo habían tenido que<br />
aumentar su personal en 700 obreros, un l4Vo sobre los 5.000 anterior'<br />
mente empleados; y en las dos compañías de tranvías había sucetlido<br />
algo similar. El Ministro de Hacienda Pedro Cosio estimó "que sólo en<br />
lns industrias de l,a Capital rc baja de dos mil el nútnero de nueuos<br />
obreros lla¡nad.os altrabajo con motiuo de las 8 <strong>horas</strong>...", un'I%o delos<br />
28.498 censados en Montevideo a fines de 1913.(232)<br />
Es probable que el Ministro fuera demasiado optimista pues las<br />
estadísticas no testimonian tal incremento de la ocupación, pero también<br />
es cierto que a más largo plazo la ley debió haber tenido un efecto<br />
positivo en el mercado de trabajo.<br />
Claro que puede sostenerse que la baja del salario nominal -que<br />
on cifras no identificables pero tal vez vastas de obreros y empleados<br />
acompañó a la adopción de la nueva jornada- pudo dejar en iguales<br />
términos la distribución del ingreso.<br />
Si en la misma proporción en que se ocupó más personal se rebajó<br />
el jornal de todos, obviamente la suma global destinada por los empre'<br />
sarios al pago de la mano de obra no cambió.<br />
119
120<br />
-<br />
El grado de concreción histórica de este razonamiento dependió de<br />
la conjugación de dos factores: la fuerza o debilidad ¿" r"r-gi"*i",<br />
obreros ante las maniobras der patronato para esquivar los""fectó,<br />
económicos de la ley (o traspasárselos a otro sectoi económico), y Ll<br />
papel que asumió el Estado ieformista ante esa lucha entre-l;"i iái¡nl<br />
y el trabajo".<br />
..-. Desde ya puede asegurarse que el resultado final fue matizado y<br />
dificil de evaluar en el estado actual der conocimiento lti"t¿.i"r Fá.b<br />
de una cosa podemos estar ciertos: los estancieror,<br />
"l<br />
arrerros,<br />
"rey"ro.<br />
que con las tarifas ferroviarias más altas que pagaban aer¿" ie¡.é.o á"<br />
1916 estaban realmente abonando el costodeia l-egislación ,ociul ."ro.-<br />
mista. Y esa creencia obró, como veremos en el fulturo,<br />
";;;;h;ir;<br />
qu-e tuvo importantes y negativas repercusiones polrticas para ei<br />
reformismo.<br />
El Gobierno sabía de, y contaba con, esa traslación de ingresos.<br />
Pedro cosio la justificó_ 9¡r terminos que seguramente inquietarón a lu<br />
opinión conservadora: "E-l efe_cto oneroso {ue repercute iobre l",s pro_<br />
ductores rurales en uirtud de ra suba de taifas ah ¡"rro"aÁt.. i*'uio<br />
consecuenci,a preuista.. si. no hubi,era representailo alguna erogacün<br />
para las capitalistos la apricacün de ra. jomada de g hoñs, ,* ,n\o-uio<br />
d.esarrollailo la poderola resistencia que d,etuuo g años su san<br />
cün...".(233)<br />
Estaba en Io cierto.<br />
CAPITULO VI<br />
RADICALISMOS SOCIALES<br />
L Intenciones y leyes laborales<br />
Es en el plano de las intenciones sobre todo donde advierte el investigador<br />
actual notaron las clases altas de la<br />
-y<br />
época- el tono<br />
radical de la reforma social durante la crisis.<br />
La impresión que deja la documentación reunida es que el ala<br />
"avanzada" del movimiento reformista, alentada por la aprobación de<br />
"la ley de horario obrero", se lanzó a soñar, y a inquietar al orden<br />
conservador.<br />
<strong>Las</strong> declaraciones de Domingo Arena que publicara el periódico<br />
socialista bonaerense "La Vanguardia" en febrero de 1916, son sugestivas.<br />
Luego de afirmar que los batllistas eran "socialistas sin progroma",<br />
al ser inüerrogado por el periodista sobre si "algún día se d'etendrón<br />
esta,s ansias de refortna", contestó: "Ya estamos en la pend.iente,<br />
no podemos detenernos...".(2341. Y a pocos días del acto electoral de<br />
julio, en una carta que remitiera al Comité Colorado de la 21" sección,<br />
ratificó: "Debemos triunfar paru alcanzor totalmente la redención del<br />
pueblo, apenas bosquejada,., en nuestra obral.,. pora que..' las esplén'<br />
didos esfuerzos realizados queden relegados a simples ténninos de<br />
transicü n y reparación... ". (2351<br />
Pero es que, entonces, se interrogaron muchos integrantes de las<br />
clases conservadoras, ¿la ley de 8 <strong>horas</strong> era sólo una etapa dela "transicíón"?<br />
¿Y "transíción" hacia qué, hacia dónde?<br />
El reformismo creía tener en sus manos los instrumentos ideales<br />
del cambio: el gobierno y la ley. Para este equipo político "oficialista"<br />
y cuya mayoúa había pasado por la Facultad de Derecho 597o de<br />
-un<br />
acuerdo a nuestras investigaciones (236)- era natural pensar que con<br />
ambos podía moldear a la sociedad y aún a la estructura económica y,<br />
en el caso específico de los radicales del movimiento reformista, que<br />
ellos debían establecer la igrraldad. El editorial de "El Día" de octubre<br />
de 1915 sobre las 8 <strong>horas</strong> fue terminante: "La ley no debe seguír siem'<br />
pre el desarrollo de los fenómenos sociales, sino que d.ebe adelantarse a<br />
ellos, dirigiéndolos desde su inicincün".(237 |<br />
El nuevo mundo anheiado fue imaginado con contornos muy