PGOU - Oropesa del Mar
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Memoria <strong>del</strong> Plan General de Ordenación Urbana <strong>del</strong> Municipio de <strong>Oropesa</strong> <strong>del</strong> <strong>Mar</strong><br />
- Entre las actuaciones urbanísticas en tramitación se encuentra el Proyecto Vía<br />
Verde Benicàsim-<strong>Oropesa</strong>, sobre éste se han realizado los siguientes actos<br />
administrativos:<br />
El 3 de agosto de 2.006 en el BOE nº184, la Dirección General de Trasportes, Puertos<br />
y Costas expuso al público el “PROYECTO BÁSICO VÍA VERDE BENICÀSIM-<br />
OROPESA”.<br />
El día 1 de febrero de 2.007 la misma dirección general emitió la resolución al trámite<br />
de información pública arriba enunciado. En el mismo se dice:<br />
“5º. – Respecto a la alegación presentada por la mercantil COSTA BELLVER,<br />
S.A., se acepta la modificación de trazado en concordancia, a su vez, con el<br />
Acuerdo Plenario <strong>del</strong> Ayuntamiento de <strong>Oropesa</strong> de fecha 24 de enero de<br />
1.996, relativo al Proyecto de Reparcelación de la Urbanización Costa Bellver<br />
sujeta a las siguientes premisas:<br />
.- Teniendo en cuenta que de acuerdo con el punto 3 de la presente<br />
resolución, la redacción <strong>del</strong> Proyecto Constructivo y la ejecución de las obras<br />
corresponderá al Ministerio de Fomento, dicha modificación de trazado queda<br />
condicionada a que la misma sea aceptada por el mencionado ministerio.<br />
.- Que se obtengan las autorizaciones que procedan a la variante <strong>del</strong> trazado<br />
de acuerdo con la legislación sectorial vigente y en particular con la<br />
legislación de Costas y Medio Ambiente.<br />
.- Que los terrenos de dicha variante pasen a ser de titularidad pública.<br />
.- Respecto a la entidad que debe asumir el coste de ejecución de la<br />
variante, corresponde al Ministerio de Fomento fijar las condiciones que<br />
proceda en la redacción <strong>del</strong> Proyecto Constructivo, suscribiendo, en su caso,<br />
los acuerdos que dicho organismo considere con la mercantil COSTA<br />
BELLVER, S.A.”<br />
En cumplimiento de la Sentencia de 16 de septiembre de 2004, <strong>del</strong> Tribunal de Justicia<br />
de las Comunidades Europeas, dictada en el asunto C-227/01, relativo a las obras<br />
“Línea Valencia-Tarragona. Tramo las Palmas-<strong>Oropesa</strong>. Plataforma” y de la decisión<br />
de la Comisión Europea de 4 de abril de 2.006, que aceptó las medidas correctoras y<br />
compensatorias a realizar en la zona de las obras ferroviarias, se firmó un Protocolo<br />
para la transformación en vía verde de un tramo de la antigua traza <strong>del</strong> ferrocarril<br />
Valencia-Tarragona por el Ministerio de Fomento, la Consellería de Infraestructuras y<br />
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