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Convocatoria para el sistema informativo integral administrativo ...

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los cuales serán solicitados con la debida anticipación al proveedor que resulte<br />

adjudicado.<br />

H. Armonización contable<br />

h1. El aplicativo deberá estar orientado a reflejar la aplicación de los principios,<br />

normas contables <strong>para</strong> <strong>el</strong> registro de las operaciones en la contabilidad de los<br />

registros de esta área en formato automática y en tiempo real a través de los<br />

momentos contables.<br />

Proceso:<br />

Recursos Materiales-<br />

Almacenes<br />

DESCRIPCION<br />

E<br />

Controlar, supervisar y regular las entradas, salidas y existencias de materiales, bienes<br />

de consumo, insumos y equipo d<strong>el</strong> almacén d<strong>el</strong> INPRFM<br />

Características generales<br />

El aplicativo informático deberá de contar con un módulo que permita la administración<br />

de los bienes de consumo y bienes muebles propiedad d<strong>el</strong> INPRFM, la cual es una de<br />

las actividades que se encuentran incluidas en <strong>el</strong> marco de actuación de la<br />

Subdirección de Recursos Materiales; <strong>para</strong> llevar a cabo lo anterior, se cuenta con dos<br />

almacenes generales que dependen jerárquicamente de esta Subdirección, mismo que<br />

se encuentra dividido en dos vertientes, la primera se refiere al manejo de los bienes de<br />

consumo y la segunda al de bienes muebles.<br />

Bienes Muebles o instrumentales: son aqu<strong>el</strong>los considerados como implementos o<br />

equipos <strong>para</strong> <strong>el</strong> desarrollo de las actividades d<strong>el</strong> Instituto, susceptibles de asignación<br />

de número de inventario y resguardo de manera individual por tratarse de bienes de<br />

capital o de activo fijo clasificados en <strong>el</strong> capítulo 5000 d<strong>el</strong> Clasificador por Objeto d<strong>el</strong><br />

Gasto, dada su naturaleza y finalidad en <strong>el</strong> servicio .<br />

Bienes de Consumo: son aqu<strong>el</strong>los bienes que por su utilización tienen un desgaste<br />

parcial o total, y en la mayoría de los casos son desechables o tienen un tiempo de vida<br />

muy corta, atendiendo a su naturaleza y finalidad en <strong>el</strong> servicio, y son controlados a<br />

través de un registro global en sus inventarios éstos bienes se clasifican en <strong>el</strong> capítulo<br />

2000 d<strong>el</strong> Clasificador por Objeto d<strong>el</strong> Gasto.<br />

Todos estos bienes deberán clasificarse de acuerdo al Clasificador por Objeto d<strong>el</strong><br />

Gasto y al Clasificador Único de Contrataciones Públicas (CUCoP), emitido por la<br />

Secretaría de la Función Pública.<br />

Bienes no útiles: Son los bienes que ya no resultan útiles <strong>para</strong> <strong>el</strong> servicio que se les<br />

tenía destinado, ya sea por obsolescencia o desgaste de uso natural o imprudencial.<br />

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