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Lunes 25 de agosto de 2014 o<br />
5<br />
Todas<br />
Desafío nacional<br />
Aplicar leyes a favor<br />
de las mujeres<br />
especial<br />
México cuenta con un amplio marco normativo nacional y local a favor de los Derechos<br />
Humanos de las mujeres que contienen los más altos estándares internacionales en la<br />
materia, que urge poner en práctica para frenar la discriminación y violencia de que<br />
son objeto muchas de ellas por su sola condición de género<br />
Pablo Navarrete Gutiérrez*<br />
De poco sirven esas normas<br />
si no son puestas al servicio<br />
de las mujeres a casos particulares<br />
por prejuicios de<br />
género o desconocimiento<br />
de su existencia. Entre ellas destacan la Ley<br />
General para la Igualdad entre Mujeres y<br />
Hombres, la Ley General de Acceso de las<br />
Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la<br />
Ley General contra la Trata, la NOM 046,<br />
la tipificación del delito de feminicidio<br />
en el nivel federal y en prácticamente<br />
todo el país, -excepto Chihuahua-, y las<br />
recientes reformas en materia de paridad<br />
electoral, dirigidas todas ellas a proteger<br />
de manera específica los derechos y libertades<br />
fundamentales de las mujeres.<br />
Estas normas se ven complementadas<br />
y fortalecidas por dos importantes instrumentos<br />
internacionales en materia<br />
de Derechos Humanos de las mujeres, la<br />
Convención para la Eliminación de todas<br />
las Formas de Discriminación contra las<br />
Mujeres, por sus siglas en inglés CEDAW<br />
y la Convención Interamericana para<br />
Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia<br />
contra la Mujer, mejor conocida<br />
como Convención Belém do Pará, cuyos<br />
derechos contenidos tienen rango constitucional,<br />
según lo dispone la Reforma<br />
Constitucional de Derechos Humanos<br />
de junio de 2011.<br />
No obstante estos importantes logros<br />
legislativos, resultado del incansable trabajo<br />
del movimiento de mujeres en nuestro país,<br />
en estos momentos el principal desafío<br />
nacional es pasar de su aprobación a su<br />
aplicación a casos reales y concretos. Las<br />
leyes de igualdad y contra la violencia<br />
hacia las mujeres, que se han replicado<br />
en todo el país en el ámbito local, son<br />
importantes no sólo porque contienen un<br />
catálogo de derechos de las mujeres, sino<br />
también por las obligaciones que éstas<br />
imponen a las instituciones del Estado<br />
mexicano para hacer efectivo su derecho<br />
a la igualdad, la no discriminación y a<br />
vivir sin violencia.<br />
Si bien la ley por sí misma no resolverá<br />
las profundas desigualdades que<br />
persisten entre mujeres y hombres, si<br />
éstas son invocadas y aplicadas a casos<br />
reales y concretos, pueden contribuir a<br />
transformar los patrones estructurales<br />
de discriminación y violencia que se han<br />
perpetuado muchas de las veces por los<br />
prejuicios de los operadores del sistema de<br />
procuración y administración de justicia<br />
a la hora de invocarlas y aplicarlas con<br />
sesgos de género o de plano ignorarlas y no<br />
aplicarlas. Por ejemplo, la NOM 046, para<br />
la atención de la violencia familiar y sexual,<br />
que establece un catálogo de derechos de<br />
las víctimas de violencia sexual, entre las<br />
que se encuentran la anticoncepción de<br />
emergencia e incluso la posibilidad del<br />
aborto médico, habría que preguntarse<br />
¿cuántas mujeres en el país han visto<br />
obstaculizado este derecho porque no se<br />
aplica esta norma por prejuicios de género,<br />
motivos religiosos o desconocimiento de<br />
la misma? Para las mujeres en situaciones<br />
como esta, de nada le sirven estas normas<br />
si no son aplicadas a sus casos concretos,<br />
por el contrario, estas normas son utilizadas<br />
perversamente como un “dique jurídico”<br />
para limitar o restringir el ejercicio pleno<br />
de sus derechos.<br />
La ley puede tener un doble efecto:<br />
contribuir a la vigencia plena de los derechos<br />
de las mujeres o crear y/o reforzar<br />
la discriminación y exclusión de que son<br />
objeto; ello depende en gran medida<br />
bajo qué criterios se aplican o no esas<br />
normas. Es momento de hacer de las leyes<br />
a favor de las mujeres una palanca de<br />
transformación social y un instrumento<br />
para garantizar los derechos y libertades<br />
fundamentales de las mujeres en situación<br />
de violencia y discriminación. T<br />
* Coordinador de Asuntos Jurídicos del<br />
Instituto Nacional de las Mujeres