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INFORME ESPECIAL<br />
o preexistentes, para poderse acoger<br />
a los beneficios de que trata la<br />
citada ley, se hace necesario llevar<br />
libros de contabilidad.<br />
No obstante lo anterior, si perteneciendo<br />
a la categoría de Empleados<br />
está obligado a llevar libros de<br />
contabilidad por alguna actividad<br />
económica que le representa el<br />
20% de sus ingresos brutos o menos,<br />
podrá utilizar el formulario<br />
210 con las opciones que le da la<br />
ley para los demás sistemas de determinación,<br />
en el caso de que procedan.”<br />
(El subrayado es nuestro).<br />
Adicional a lo anterior, en el microsite<br />
que la DIAN diseñó el 27 de junio de<br />
2014 en el portal de internet en relación<br />
con el tema de la declaración de renta<br />
2013 de personas naturales, y en el cuestionario<br />
de “preguntas frecuentes”, la<br />
pregunta No. 5 responde lo siguiente:<br />
5. De acuerdo con los sistemas de<br />
determinación de renta que se realice,<br />
¿qué formularios se pueden<br />
utilizar?<br />
Según el sistema que deba y/o pueda<br />
aplicar cada declarante, se encuentran<br />
disponibles los siguientes formularios:<br />
• El formulario 110, aplicable<br />
a contribuyentes personas naturales<br />
que están obligados a<br />
llevar contabilidad, y se encuentran<br />
clasificados en las<br />
categorías de Trabajadores por<br />
Cuenta Propia y Otros.<br />
• El formulario 210, si la persona<br />
natural se encuentra catalogado<br />
en la categoría de Empelados,<br />
sea la persona obligada o<br />
no a llevar contabilidad. En este<br />
formulario se encuentran las<br />
casillas necesarias para determinar<br />
el impuesto sobre la renta<br />
tanto por el sistema ordinario,<br />
como por el IMAN.<br />
• El formulario 230, el cual pueden<br />
utilizar las personas catalogados<br />
en la categoría de<br />
empleados que deseen y puedan<br />
determinar su impuesto sobre la<br />
renta por el IMAS.<br />
• El formulario 240, aplicable a<br />
aquellos trabajadores por cuenta<br />
propia que deseen y puedan<br />
declarar su impuesto de renta<br />
por el IMAS.<br />
(El subrayado es nuestro).<br />
Se entiende que la DIAN está autorizando<br />
a que todo tipo de empleados y a la<br />
vez obligados a llevar contabilidad, sea<br />
que tengan o no los beneficios de la Ley<br />
1429 de 2010 (pequeñas empresas), se<br />
pasen al formulario 210 de los no obligados<br />
a llevar contabilidad, pues el artículo<br />
329 del E.T. y el Decreto 3032 de<br />
diciembre de 2013 indican que todo empleado,<br />
sea que lleve o no contabilidad,<br />
debe calcular el IMAN y es solo en el<br />
formulario 210 donde están los espacios<br />
para ello.<br />
El punto a tener en cuenta, en todo caso,<br />
es que si un empleado y a la vez obligado<br />
a llevar contabilidad es alguien que está<br />
acogido a los beneficios de la Ley 1429<br />
(pequeñas empresas), es de esperarse que<br />
la DIAN, en el diligenciamiento virtual<br />
del formulario 210 le permita efectuar<br />
manualmente el cálculo del impuesto ordinario<br />
aplicando las reducciones que le<br />
concede dicha Ley 1429, pues en la práctica<br />
siempre ha sido solo en el formulario<br />
110 donde se ha habilitado que los<br />
beneficiarios de la Ley 1429 presenten la<br />
declaración de renta. Solo si la DIAN les<br />
habilita tomarse esta reducción del impuesto<br />
también en el formulario 210, es<br />
cuando se podrá cumplir lo que ordena el<br />
artículo 8 del Decreto 3032 de diciembre<br />
27 de 2013 donde se lee:<br />
“Artículo 8°. Progresividad en el<br />
pago del impuesto sobre la renta<br />
y complementarios. Las personas<br />
naturales clasificadas en la categoría<br />
tributaria de empleados, que<br />
sean beneficiarios de la progresi-<br />
agosto de 2014 / actualicese.com<br />
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