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Sexta Versión aprobada por Comité. Tramo 5 - Proinversión

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<strong>Tramo</strong> 5<br />

Autoridad Ambiental Competente<br />

Es la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales – DGASA del Ministerio de<br />

Trans<strong>por</strong>tes y Comunicaciones .<br />

Autoridad Gubernamental<br />

Es cualquier gobierno o autoridad nacional, regional o municipal, o cualquiera de sus<br />

dependencias o agencias, regulatorias o administrativas, o cualquier entidad u<br />

organismo del Estado de la República del Perú que conforme a ley ejerza poderes<br />

ejecutivos, legislativos o judiciales, o que pertenezca a cualquiera de los gobiernos,<br />

autoridades o instituciones anteriormente citadas.<br />

Bases<br />

Es el documento, que incor<strong>por</strong>a los Formularios, Anexos, Apéndices y las Circulares<br />

emitidas <strong>por</strong> el Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestructura y de<br />

Servicios Públicos, que fijó los términos bajo los cuales se desarrolló el Concurso.<br />

Bienes de la Concesión<br />

Son los bienes que se encuentran afectados a la Concesión. Este término incluye la<br />

infraestructura vial del <strong>Tramo</strong> (carretera, bermas, obras de protección y seguridad,<br />

puentes, entre otros), unidades de Peaje y sistemas de pesaje, las edificaciones, los<br />

equipos y sistemas eléctricos, mecánicos o electrónicos. Los Bienes de la Concesión<br />

pueden ser Bienes Reversibles o Bienes no Reversibles.<br />

Bienes Reversibles<br />

Son los bienes muebles o inmuebles que de una u otra forma se encuentran<br />

incor<strong>por</strong>ados a la Concesión, están afectados a ésta o constituyen bienes inseparables<br />

del objeto de la misma, sea que hubieren sido entregados <strong>por</strong> el CONCEDENTE al<br />

inicio o durante la Concesión, o los adquiridos o construidos <strong>por</strong> el CONCESIONARIO<br />

durante la vigencia de la misma. Dichos bienes son esenciales para la prestación del<br />

Servicio, y serán entregados al CONCEDENTE al término de la Concesión.<br />

Bienes no Reversibles<br />

Son los bienes no esenciales, afectados a la Concesión, que al término de la<br />

Concesión permanecerán en propiedad o posesión del CONCESIONARIO.<br />

Caducidad de la Concesión<br />

Consiste en la extinción de la Concesión, <strong>por</strong> las causales previstas en la Sección XVI<br />

del Contrato o en las Leyes y Disposiciones Aplicables.<br />

CAO<br />

Es el Certificado de Aceptación de Obra, según el modelo establecido en el Apéndice<br />

1 del Anexo IX, expedido <strong>por</strong> el REGULADOR conforme a la evaluación y certificación<br />

mensual del avance de Obras ejecutado <strong>por</strong> el CONCESIONARIO. A través del CAO<br />

el REGULADOR otorga su conformidad al avance de las Obras ejecutadas <strong>por</strong> el<br />

CONCESIONARIO materia de certificación. El CONCEDENTE al recepcionar el CAO<br />

correspondiente se obliga a la emisión de los CRPAO respectivos.<br />

Cofinanciamiento<br />

Es la entrega de dinero que en virtud del Literal c) del Artículo 14° del TUO efectúa el<br />

CONCEDENTE a favor del CONCESIONARIO, y que tiene <strong>por</strong> objeto cubrir la<br />

diferencia que resulte entre el PAS y los ingresos obtenidos <strong>por</strong> concepto de Peaje.

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