Sexta Versión aprobada por Comité. Tramo 5 - Proinversión
Sexta Versión aprobada por Comité. Tramo 5 - Proinversión
Sexta Versión aprobada por Comité. Tramo 5 - Proinversión
You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
<strong>Tramo</strong> 5<br />
haber tenido relación alguna ni con el CONCESIONARIO ni con el CONCEDENTE,<br />
salvo acuerdo expreso de ambas Partes.<br />
En el supuesto señalado en el párrafo precedente, el CONCESIONARIO deberá<br />
compensar al CONCEDENTE con un único monto de Quinientos mil y 00/100 Dólares<br />
(US$ 500 000,00), el cual tendrá <strong>por</strong> finalidad cubrir los gastos y costos administrativos<br />
que demande convocar a un concurso público para la entrega al sector privado de una<br />
nueva concesión en un breve plazo. Esta suma deberá ser pagada <strong>por</strong> el<br />
CONCESIONARIO a más tardar a los treinta (30) Días Calendario de producida la<br />
Caducidad de la Concesión. En caso de incumplimiento en el plazo indicado, el<br />
REGULADOR procederá a ejecutar la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato de<br />
Concesión referida a la Cláusula 11.3, hasta <strong>por</strong> el monto señalado, no procediendo<br />
solicitar el pago de compensación adicional alguna <strong>por</strong> daños y perjuicios.<br />
Condiciones en caso el CONCESIONARIO suscriba Contrato(s) de Construcción<br />
3.6.- Asimismo, además de las obligaciones señaladas en el Contrato y de ser el<br />
caso, el CONCESIONARIO presentará al CONCEDENTE en el plazo indicado en la<br />
Cláusula 6.14, la siguiente documentación:<br />
i. Copia legalizada del (los) contrato (s) de construcción. Dicho (s) contrato (s) de<br />
construcción deberá (n) encontrarse de conformidad con los términos y condiciones<br />
establecidos en las Bases y contener como una de sus estipulaciones una en virtud<br />
de la cual se establezcan las condiciones a las que se encontrarán sujetas la(s)<br />
modificación(es) que se efectúen respecto de dicho (s) los contrato(s) de<br />
construcción(es).<br />
Dicha estipulación contendrá como mínimo las disposiciones siguientes: a) que las<br />
modificaciones contractuales deberán ser puestas en conocimiento del<br />
CONCEDENTE y el REGULADOR; b) que las modificaciones que impliquen<br />
cambios del Constructor o en la participación accionaria de los accionistas de éstos<br />
que acreditaron el cumplimiento de los requisitos de precalificación durante la etapa<br />
del Concurso a través de un consorcio, así como la celebración de nuevos<br />
contratos de Construcción, requerirán de la aprobación previa del CONCEDENTE,<br />
quien para tal efecto deberá solicitar la opinión previa del REGULADOR; c) que en<br />
caso de cambio de Constructor o en los accionistas de éstos que acreditaron el<br />
cumplimiento de los requisitos de precalificación durante la etapa del Concurso a<br />
través de un consorcio, se deberá velar <strong>por</strong> el cumplimiento de los requisitos<br />
técnicos – operativos exigidos en las Bases del Concurso y que dieron lugar a la<br />
precalificación del postor Adjudicatario, de modo tal que durante la Etapa de<br />
Ejecución de Obras se cumplan en todo momento con dichos requisitos, bajo<br />
causal de Caducidad de la Concesión.<br />
ii.<br />
Las restricciones indicadas en el párrafo precedente no resultarán de aplicación a la<br />
sub-contratación<br />
Documentación que acredite la inscripción en la Oficina Registral correspondiente,<br />
de los Estatutos de la persona jurídica que actuará como Constructor, en caso se<br />
haya presentado un consorcio de Constructores, la misma que deberá haberse<br />
constituido con los integrantes del consorcio en las mismas pro<strong>por</strong>ciones que<br />
fueron presentadas para efectos de la precalificación, o en su caso la<br />
documentación que acredite el contrato de consorcio a ser celebrado <strong>por</strong> los<br />
constructores.<br />
Con formato: Sangría:<br />
Izquierda: 0 cm, Sangría<br />
francesa: 0.5 cm, Numerado +<br />
Nivel: 1 + Estilo de numeración:<br />
i, ii, iii, … + Iniciar en: 2 +<br />
Alineación: Derecha +<br />
Alineación: 3.74 cm +<br />
Tabulación después de: 4.38<br />
cm + Sangría: 4.38 cm,<br />
Tabulaciones: 0.5 cm, Lista con<br />
tabulaciones + No en 2.52 cm<br />
+ 4.38 cm