28.10.2014 Views

archivos_Principio pro persona

archivos_Principio pro persona

archivos_Principio pro persona

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

<strong>Principio</strong> <strong>pro</strong> <strong>persona</strong><br />

instrumentos de ratificación o accesión y <strong>pro</strong>cederá a publicar el tratado internacional respectivo en el<br />

Diario Oficial de la Federación.<br />

En contraste con esta dimensión formal, el artículo 1º constitucional parece remitir, como se ha venido<br />

afirmando, a un debate de corte sustantivo con respecto a la relación entre las normas nacionales<br />

e internacionales. En primer término, es importante recordar que el párrafo primero de esta disposición<br />

constitucional establece expresamente que todas las <strong>persona</strong>s que se encuentren en el territorio<br />

mexicano gozarán de todos los derechos reconocidos por la <strong>pro</strong>pia Constitución y por los tratados internacionales<br />

en la materia. Así, hemos de entender que los tratados internacionales de los que México sea<br />

parte también pueden contener normas fundamentales para la existencia social y política de nuestro<br />

Estado, como son aquellas que reconocen algún derecho humano o fundamental de las <strong>persona</strong>s. En<br />

el mismo párrafo del artículo 1º constitucional también se establece que el ejercicio de tales derechos<br />

no podrá suspenderse ni restringirse salvo en los casos y las condiciones establecidas por la <strong>pro</strong>pia<br />

Constitución.<br />

Las disposiciones constitucionales que reconocen a los derechos deben leerse, además, a la luz de aquellas<br />

que se refieren a las obligaciones estatales correspondientes, entre ellas, el mandato contenido en el<br />

párrafo segundo del citado artículo en virtud del cual tanto la Constitución como los tratados internacionales<br />

en la materia deben ser el referente para la interpretación y aplicación de todas las normas del<br />

sistema. Ahora bien, cuando a esta premisa le añadimos el componente del principio <strong>pro</strong> <strong>persona</strong>, la<br />

cuestión toma una dimensión distinta. Si consideramos que existe un mandato constitucional que obliga<br />

a las autoridades a favorecer en todo momento la <strong>pro</strong>tección más amplia para la <strong>persona</strong>, debemos<br />

de concluir que el parámetro para determinar la correcta interpretación y aplicación de otras normas<br />

también debe ser el más favorable para la <strong>persona</strong>. De estas bases teóricas se derivan, como se discutirá<br />

a continuación, los más amplios debates que rodean la consolidación de nuestra actual doctrina constitucional.<br />

b) El <strong>pro</strong>blema de las antinomias en las normas que conforman el parámetro de control<br />

Cuadro 21. Caso hipotético particular 4<br />

Planteamiento de la <strong>pro</strong>blemática<br />

Orden de arraigo contra el señor Alpha<br />

El 1 de junio de 2011, el agente Delfos de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (p g j d f) solicitó<br />

al juez competente una orden de arraigo en contra del señor Alpha, al señalarlo como una <strong>persona</strong> de particular<br />

interés en la investigación del homicidio de su esposa, perpetrado en marzo de ese año. Al día siguiente se llevó a<br />

cabo la audiencia de arraigo, con la ausencia del representante legal del señor Alpha. Después de analizar el expediente,<br />

el juez determinó otorgar la orden de arraigo por un plazo de 30 días. En su decisión, el juez se refirió de<br />

forma expresa al artículo 16 constitucional y al artículo 270 bis del Código de Procedimientos Penales para el Distrito<br />

Federal (c p p d f). No se hizo ninguna consideración adicional sobre los hechos que motivaron la orden de arraigo. En<br />

cumplimiento de ésta, el señor Alpha fue trasladado al Centro de Arraigo de la p g j d f, a pesar de la solicitud expresa<br />

de su abogado para que la medida fuera cumplimentada en el domicilio del señor Alpha.<br />

53

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!