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Convenio ANGED 2009-2012.pdf - Rojo y Negro

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Trabajadores, no se computarán como faltas de asistencia, las ausencias<br />

motivadas por la situación física o psicológica derivada de violencia de género,<br />

acreditada por los servicios sociales de atención o servicios de salud, según<br />

proceda.<br />

VI.- Se entiende por trabajadora victima de la violencia de género a los<br />

efectos previstos en este <strong>Convenio</strong> la expresamente declarada como tal por<br />

aplicación de la Ley Orgánica 1/2004 de 28 de Diciembre.<br />

Artículo 15º: Trabajos de distinto grupo.-<br />

Para la realización de trabajos de superior o inferior Grupo, se estará a lo<br />

dispuesto en el artículo 39.4 del Estatuto de los Trabajadores, entendiéndose<br />

sustituido el término “categoría” por Grupo Profesional.<br />

Artículo 16º: Personal con discapacidad.-<br />

Las empresas acoplarán al personal con declaración de incapacidad<br />

permanente parcial para la profesión habitual a trabajos adecuados a sus<br />

condiciones, respetándoles el salario que tuvieran acreditado antes de pasar a<br />

dicha situación.<br />

SECCION QUINTA: PROMOCION PROFESIONAL, REGIMEN DE<br />

ASCENSOS.<br />

Art. 17º : Reconocimiento de Nivel Profesional Especial Y Regimen de<br />

Ascensos.-<br />

A) RECONOCIMIENTO DEL NIVEL PROFESIONAL ESPECIAL DENTRO<br />

DEL GRUPO DE PROFESIONALES.<br />

1.- CRITERIOS.-<br />

I.- En función de Venta<br />

Dentro del Grupo de Profesionales en funciones de venta en áreas con un 80%<br />

o más de venta personalizada se establece un reconocimiento personal del<br />

nivel de desarrollo profesional especial para aquellos empleados que, en el<br />

ejercicio de sus labores hayan ejercido en el Grupo de Profesionales un<br />

mínimo de siete años consecutivos, siempre y cuando dominen y conozcan las<br />

técnicas de venta, de implantación, organización, etc., ayuden e instruyan a un<br />

equipo de vendedores cooperando en sus funciones para el logro de objetivos<br />

determinados y consigan, además, alguno de los siguientes logros<br />

profesionales:<br />

a) Incrementar anualmente su venta en un porcentaje superior al IPC<br />

durante cuatro años consecutivos, siempre que su cifra de venta anual esté un<br />

10% por encima de la media de su área de venta durante cada uno de esos<br />

cuatro años. Para este supuesto concreto, para aquellas áreas que engloben a<br />

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