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Convenio ANGED 2009-2012.pdf - Rojo y Negro

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para la adquisición de vivienda, siempre que el trabajador deba hacerlo<br />

personalmente y coincida con su horario de trabajo.<br />

3.- Hasta un máximo de 6 horas anuales, con justificación de la urgencia y<br />

acreditación del tiempo empleado, con el correspondiente visado facultativo,<br />

para acompañar a hijos menores de 15 años a urgencia médica no previsible<br />

en horas coincidentes con el horario de trabajo.<br />

4.- Un día por matrimonio del trabajador, acumulable al supuesto del apartado<br />

B anterior.<br />

5.- Un día para la realización del examen para la obtención por primera vez del<br />

permiso de conducir siempre que coincida con el horario de trabajo del<br />

trabajador.<br />

El disfrute de todos los permisos recogidos en este apartado H. nunca podrá<br />

exceder de 5 días al año.<br />

Aquellas empresas que por acuerdo tuviesen establecido un sistema de<br />

vacaciones compensatorio de la licencia prevista en el apartado H anterior lo<br />

mantendrán, sin que les sea esta de aplicación.<br />

Si, en los supuestos relacionados con hospitalización de familiares debido a<br />

enfermedad o accidentes graves, se establecieran turnos de estancia en el<br />

hospital a fin de atender al paciente, el trabajador podrá disfrutar de su licencia<br />

por este concepto en días completos iniciándola en fecha posterior a la del<br />

hecho causante, siempre y cuando lo solicite en los términos a continuación<br />

establecidos y la consuma mientras perdure el mismo período de<br />

hospitalización.<br />

En estos supuestos el trabajador tendrá derecho al mismo número de días<br />

laborables de licencia que hubiera disfrutado en el caso del normal inicio de la<br />

misma. Para eso se realizará el cálculo de días laborables que habría supuesto<br />

la licencia de comenzar su disfrute el día en que se produjo el hecho causante.<br />

El trabajador deberá comunicar y acreditar a la empresa la concurrencia del<br />

hecho causante, su intención de disfrutar la licencia en fecha posterior y<br />

señalar los días laborables que le correspondan, según el cálculo anterior, en<br />

los que disfrutará la licencia. Al término del disfrute deberá acreditar que<br />

durante los días efectivamente disfrutados como licencia concurría la situación<br />

que dio lugar al permiso.<br />

A los efectos de licencias, salvo la prevista en el apartado B de este artículo,<br />

tendrán los mismos derechos las parejas de hecho siempre que las mismas<br />

estén debidamente inscritas en el correspondiente registro oficial y el trabajador<br />

aporte la certificación acreditativa de la misma.<br />

Artículo 39º: Licencias no retribuidas<br />

Los empleados podrán disfrutar de una licencia sin retribución de hasta treinta<br />

días al año, por períodos no inferiores a dos días y sin que el disfrute de esta<br />

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