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"El camino para la gestión pública y participativa del agua" - ISF

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"<strong>El</strong> <strong>camino</strong> <strong>para</strong> <strong>la</strong> gestión pública y <strong>participativa</strong> <strong>del</strong> agua"<br />

Artículo de Lidia Serrano, miembro de <strong>la</strong> campaña de agua de <strong>ISF</strong>, sobre los intereses en <strong>la</strong> privatización<br />

<strong>del</strong> agua en Italia y Alemania, en contra <strong>del</strong> bien común y de <strong>la</strong> voluntad de <strong>la</strong> pob<strong>la</strong>ción por una gestión<br />

pública y transparente.<br />

En 2010, como miembros <strong>del</strong> movimiento por <strong>la</strong> justicia global <strong>del</strong> agua, nos felicitamos<br />

porque tanto <strong>la</strong> Asamblea General como el Consejo de Derechos Humanos habían reconocido<br />

el derecho humano al acceso al agua potable y al saneamiento. Ahora, en el 2011,<br />

comenzamos a ver los efectos positivos a nivel nacional.<br />

No a <strong>la</strong> privatización <strong>del</strong> agua: los referéndums a Italia.<br />

En marzo <strong>del</strong> 2010, <strong>la</strong> Campaña de Agua de <strong>ISF</strong> participó en Roma, en una manifestación<br />

en contra de <strong>la</strong> privatización <strong>del</strong> agua en Italia. Ésta tenía como objetivo iniciar el 23 de<br />

abril <strong>la</strong> recogida de 500.000 firmas necesarias <strong>para</strong> presentar, de<strong>la</strong>nte <strong>del</strong> Tribunal<br />

Constitucional italiano, una propuesta <strong>para</strong> celebrar tres referéndums en contra de<br />

determinados preceptos de <strong>la</strong> normativa italiana que favorecen <strong>la</strong> privatización <strong>del</strong> servicio.<br />

Después de haber recogido más de 1’4 millones de firmas y haber presentado su propuesta<br />

ante el Tribunal Constitucional el 19 de julio <strong>del</strong> 2010, el pasado 12 de enero, éste emitió<br />

una sentencia en que aprobaba <strong>la</strong> celebración de dos de los tres referéndums propuestos.<br />

En concreto, contra el Decreto Ley -o Decreto Rochi- aprobado en el 2009 y que modificaba<br />

una ley <strong>del</strong> 2008, también conocida como <strong>la</strong> ley de privatización <strong>del</strong> agua, y contra el<br />

Decreto Ley <strong>del</strong> 2006, mediante el cual se aprueba el pago de un impuesto <strong>para</strong> el servicio<br />

de agua -bajo los parámetros de <strong>la</strong> hoja recovery cost-. Que puede ir desde el 7 al 15% sobre<br />

el importe de <strong>la</strong> tarifa, con independencia de si el operador es público o privado. Hay que<br />

seña<strong>la</strong>r que el referéndum que precisamente no se aceptó era el destinado a promover <strong>la</strong><br />

gestión <strong>del</strong> recurso -bien común- por parte de un operador público. De este modo, se seguirá<br />

manteniendo <strong>la</strong> necesidad de crear una empresa mixta o pública, con accionistas privados,<br />

<strong>para</strong> <strong>la</strong> gestión <strong>del</strong> agua.<br />

Aún así, es necesario seña<strong>la</strong>r <strong>la</strong> importancia de este movimiento en cuanto que ha<br />

conseguido que <strong>la</strong> mayor instancia judicial <strong>del</strong> país haya obligado a celebrar dos<br />

referéndums o procesos participativos donde <strong>la</strong> ciudadanía italiana puede expresar su<br />

voluntad respeto a <strong>la</strong> gestión <strong>del</strong> agua.<br />

La sentencia prevé que los referéndums se celebren un domingo entre el 15 de abril y el 12<br />

de junio, y será el Presidente de <strong>la</strong> República, tras <strong>la</strong> <strong>del</strong>iberación en el Consejo de<br />

Ministros, quien decidirá el día concreto.<br />

Hay que tener en cuenta también que, <strong>para</strong> que el resultado de estos referéndums se<br />

considere representativo y válido, tendrán que participar <strong>la</strong> mitad más uno de los votantes<br />

(sobre el censo total).


Por este motivo, y <strong>para</strong> obtener <strong>la</strong>s más de 25.000 firmas necesarias <strong>para</strong> conseguir <strong>la</strong><br />

derogación de <strong>la</strong>s normativas antes mencionadas, el siguiente paso <strong>del</strong> Foro Italiano <strong>del</strong><br />

Agua es promover <strong>la</strong> celebración de estos referéndums el mismo día que <strong>la</strong>s próximas<br />

elecciones italianas, previstas <strong>para</strong> esta primavera. A estos efectos, desde el Foro se ha<br />

promovido <strong>la</strong> posibilidad de firmar una carta dirigida al gobierno, <strong>para</strong> conseguir que <strong>la</strong><br />

propuesta de celebración conjunta de <strong>la</strong>s elecciones administrativas y el referéndum sea<br />

apoyada por el Consejo de Ministros y aprobada por el Presidente de <strong>la</strong> República. Si<br />

embargo, no es fácil que aprueben esta propuesta ya que al gobierno no le interesa unir este<br />

proceso al proceso electoral, porque esto significaría garantizar que el electorado acuda a <strong>la</strong>s<br />

urnas <strong>para</strong> votar <strong>la</strong> propuesta <strong>del</strong> Foro.<br />

Siguiendo con el ejemplo <strong>del</strong> año pasado, se ha hecho un l<strong>la</strong>mamiento, tanto a nivel<br />

nacional como internacional, a <strong>la</strong> movilización de los movimientos por una justicia <strong>del</strong> agua,<br />

a participar el próximo 19 de marzo en Roma en una nueva marcha contra <strong>la</strong> privatización <strong>del</strong><br />

agua y <strong>la</strong> defensa de un mo<strong>del</strong>o de gestión pública y <strong>participativa</strong> <strong>del</strong> agua.<br />

La posibilidad de que finalmente se pueda celebrar este referéndum en Italia se debe ver<br />

como <strong>la</strong> victoria de un movimiento que aglutina diferentes asociaciones, personas e<br />

instituciones que luchan por una alternativa a <strong>la</strong>s políticas neoliberales establecidas a<br />

finales de los 70 en Europa, que tendieron a privatizar los servicios básicos, entre ellos el<br />

agua, y a introducir <strong>la</strong>s leyes <strong>del</strong> mercado en su gestión.<br />

Información pública y transparente en <strong>la</strong> gestión <strong>del</strong> agua: el referéndum de Berlín<br />

Siguiendo con <strong>la</strong>s victorias de <strong>la</strong> ciudadanía que rec<strong>la</strong>ma poder participar en el proceso de<br />

decisión sobre cómo se gestionan sus bienes comunes, hay que remarcar <strong>la</strong> celebración, el<br />

pasado 13 de febrero, de un referéndum en <strong>la</strong> ciudad de Berlín. Su demanda estaba<br />

encaminada a solicitar a los poderes públicos poder conocer <strong>la</strong>s condiciones <strong>del</strong> contrato de<br />

gestión privada <strong>del</strong> agua que <strong>la</strong> misma ciudad tiene desde 1999, con Veolia y RWE.<br />

Este caso es una muestra de cómo los contratos de concesión <strong>del</strong> servicio –casos de<br />

privatizaciones-, además de ser generalmente por una duración no inferior a 25 años, se<br />

celebran en condiciones desconocidas, información limitada y acaban creando situaciones<br />

de monopolio sobre el sector. Esto provoca <strong>la</strong> subida <strong>del</strong> precio de <strong>la</strong> tarifa <strong>del</strong> agua -bajo <strong>la</strong><br />

lógica de recuperación total <strong>del</strong> coste- sin que se produzca una debida reinversión en el<br />

servicio.<br />

Cuando en 1999 el Senado de Berlín privatizó el sector <strong>del</strong> agua -en concreto un 49,9% de<br />

<strong>la</strong> empresa pública, Berlin Water Works- junto con el sector privado, decidieron no publicar<br />

<strong>la</strong> información de estos contratos. En 2004, el gobierno de Berlín decidiría junto con <strong>la</strong>s<br />

empresas privadas cambiar <strong>la</strong> normativa aplicable a los contratos de gestión <strong>del</strong> agua <strong>para</strong><br />

evitar proporcionar información sobre ellos. Así, éstos dejaban de estar regidos por el<br />

derecho administrativo -público- <strong>para</strong> hacerlo según el derecho privado y según parámetros<br />

de secreto profesional y de información.<br />

Como consecuencia de esto, una iniciativa denominada “Berliner Wassertisch” c<strong>la</strong>maba,<br />

además de por una gestión pública <strong>del</strong> agua, por <strong>la</strong> necesidad de que <strong>la</strong> información sobre <strong>la</strong><br />

gestión <strong>del</strong> agua sea en todo caso pública y transparente.


La culminación de esta petición sería <strong>la</strong> celebración <strong>del</strong> referéndum <strong>del</strong> pasado 13 de<br />

febrero, donde los berlineses decidieron votar sobre <strong>la</strong> necesidad de que el gobierno<br />

publicara los contratos de privatización <strong>del</strong> servicio de aguas en Berlín.<br />

Los resultados de <strong>la</strong> votación final, publicados el 18 de febrero, decían que el 27,5% <strong>del</strong><br />

total <strong>del</strong> electorado votó y, de éstos, un 98,2% de los participantes lo hizo a favor de <strong>la</strong><br />

publicación de estos contratos. En total, según <strong>la</strong>s encuestas, votarían un total de 678.507<br />

personas y, por lo tanto, de acuerdo con el art. 36 pr.1 de <strong>la</strong> ley electoral, un proyecto de ley<br />

es aprobado en referéndum si <strong>la</strong> mayoría de los participantes vota que sí y, además, representan<br />

a una cuarta parte <strong>del</strong> electorado (superado con creces con un 27%).<br />

Asimismo, esta victoria comportó <strong>la</strong> reacción de los poderes políticos alemanes, pues el<br />

Comisario Federal por <strong>la</strong> Protección de Datos y Libertad de Información, Peter Schaar,<br />

dec<strong>la</strong>ró que no se trataba sólo de una cuestión que afectaba a Berlín, sino a todo el país. Y<br />

que no sólo afectaba a <strong>la</strong> gestión <strong>del</strong> agua sino a <strong>la</strong> necesidad de una mayor transparencia<br />

en <strong>la</strong> gestión de los servicios públicos, evitando que el secreto profesional y de información<br />

constituyan un obstáculo <strong>para</strong> <strong>la</strong> publicación de <strong>la</strong> información sobre los mismos, en <strong>la</strong> cual<br />

se incluyen desde <strong>la</strong>s condiciones de los contratos hasta <strong>la</strong> calidad <strong>del</strong> agua . Y, por este<br />

motivo, se comprometía a mejorar <strong>la</strong> información sobre <strong>la</strong> gestión de los servicios al Estado<br />

alemán.<br />

Conclusiones<br />

Estos procesos se deben poder reforzar con lo previsto a nivel internacional respeto a <strong>la</strong><br />

gestión de los servicios <strong>del</strong> agua. La experta independiente sobre <strong>la</strong> cuestión de <strong>la</strong>s<br />

obligaciones de derechos humanos re<strong>la</strong>cionadas con el acceso al agua potable y al<br />

saneamiento, Catarina de Albuquerque, en su último informe dispone que el proceso de<br />

oferta, licitación y negociación de los contratos de gestión <strong>del</strong> agua, así como todas <strong>la</strong>s<br />

gestiones posteriores, deben ser transparentes y <strong>la</strong>s atribuciones y el contrato definitivo han<br />

de estar a disposición <strong>del</strong> público <strong>para</strong> que los pueda examinar y comentar. La<br />

confidencialidad comercial (o el antes mencionado secreto profesional) no puede poner en<br />

peligro los requisitos de transparencia previstos en el marco de los derechos humanos. Tanto <strong>la</strong><br />

oferta como <strong>la</strong> licitación se deben basar en información exacta, teniendo en cuenta todos los<br />

hechos pertinentes.<br />

En caso de que se dé una renegociación <strong>del</strong> contrato, se deberá justificar un cambio de<br />

circunstancias y de disponibilidad de datos que puede hacer necesaria <strong>la</strong> adaptación o<br />

enmienda <strong>del</strong> contrato anterior. Incluso podría ser necesaria <strong>la</strong> renegociación <strong>para</strong> adaptar el<br />

contrato a <strong>la</strong>s necesidades de derechos humanos. No obstante, cuando <strong>la</strong>s renegociaciones<br />

sean el resultado de una licitación tácita de <strong>la</strong>s condiciones <strong>del</strong> contrato y <strong>la</strong>s empresas<br />

obtengan condiciones más favorables en esta negociación bi<strong>la</strong>teral posterior -como por<br />

ejemplo el aumento de los precios de <strong>la</strong>s tarifas, atrasos o reducciones de <strong>la</strong>s obligaciones<br />

de inversión-, el contrato será contrario a <strong>la</strong> debida diligencia.


Por lo tanto, los ciudadanos de Berlín y de Italia han decidido reivindicar <strong>la</strong> garantía<br />

de estas condiciones mínimas que todo contrato de servicio de agua debe seguir.<br />

Podemos considerar <strong>la</strong> celebración de estos dos referéndums como una victoria de<br />

los movimientos de justicia global <strong>del</strong> agua que defendemos un proceso<br />

participativo, transparente y democrático en <strong>la</strong> gestión pública <strong>del</strong> agua (y <strong>del</strong><br />

tratamiento de residuos) que debe ser promocionada y defendida en cualquier parte<br />

<strong>del</strong> mundo, en favor de <strong>la</strong> remunicipalización de los servicios de agua. No hay que<br />

olvidar tampoco que, como miembros de este movimiento, tenemos que reivindicar<br />

también en nuestro país que se cump<strong>la</strong>n estos mínimos requisitos en <strong>la</strong> gestión <strong>del</strong><br />

servicio, que en todo caso debe ser pública. Defendemos que un derecho humano, un<br />

bien común como es el agua, no sea gestionado por los operadores privados, sino garantizado<br />

en todos estos términos por los poderes públicos.

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