"El camino para la gestión pública y participativa del agua" - ISF
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"<strong>El</strong> <strong>camino</strong> <strong>para</strong> <strong>la</strong> gestión pública y <strong>participativa</strong> <strong>del</strong> agua"<br />
Artículo de Lidia Serrano, miembro de <strong>la</strong> campaña de agua de <strong>ISF</strong>, sobre los intereses en <strong>la</strong> privatización<br />
<strong>del</strong> agua en Italia y Alemania, en contra <strong>del</strong> bien común y de <strong>la</strong> voluntad de <strong>la</strong> pob<strong>la</strong>ción por una gestión<br />
pública y transparente.<br />
En 2010, como miembros <strong>del</strong> movimiento por <strong>la</strong> justicia global <strong>del</strong> agua, nos felicitamos<br />
porque tanto <strong>la</strong> Asamblea General como el Consejo de Derechos Humanos habían reconocido<br />
el derecho humano al acceso al agua potable y al saneamiento. Ahora, en el 2011,<br />
comenzamos a ver los efectos positivos a nivel nacional.<br />
No a <strong>la</strong> privatización <strong>del</strong> agua: los referéndums a Italia.<br />
En marzo <strong>del</strong> 2010, <strong>la</strong> Campaña de Agua de <strong>ISF</strong> participó en Roma, en una manifestación<br />
en contra de <strong>la</strong> privatización <strong>del</strong> agua en Italia. Ésta tenía como objetivo iniciar el 23 de<br />
abril <strong>la</strong> recogida de 500.000 firmas necesarias <strong>para</strong> presentar, de<strong>la</strong>nte <strong>del</strong> Tribunal<br />
Constitucional italiano, una propuesta <strong>para</strong> celebrar tres referéndums en contra de<br />
determinados preceptos de <strong>la</strong> normativa italiana que favorecen <strong>la</strong> privatización <strong>del</strong> servicio.<br />
Después de haber recogido más de 1’4 millones de firmas y haber presentado su propuesta<br />
ante el Tribunal Constitucional el 19 de julio <strong>del</strong> 2010, el pasado 12 de enero, éste emitió<br />
una sentencia en que aprobaba <strong>la</strong> celebración de dos de los tres referéndums propuestos.<br />
En concreto, contra el Decreto Ley -o Decreto Rochi- aprobado en el 2009 y que modificaba<br />
una ley <strong>del</strong> 2008, también conocida como <strong>la</strong> ley de privatización <strong>del</strong> agua, y contra el<br />
Decreto Ley <strong>del</strong> 2006, mediante el cual se aprueba el pago de un impuesto <strong>para</strong> el servicio<br />
de agua -bajo los parámetros de <strong>la</strong> hoja recovery cost-. Que puede ir desde el 7 al 15% sobre<br />
el importe de <strong>la</strong> tarifa, con independencia de si el operador es público o privado. Hay que<br />
seña<strong>la</strong>r que el referéndum que precisamente no se aceptó era el destinado a promover <strong>la</strong><br />
gestión <strong>del</strong> recurso -bien común- por parte de un operador público. De este modo, se seguirá<br />
manteniendo <strong>la</strong> necesidad de crear una empresa mixta o pública, con accionistas privados,<br />
<strong>para</strong> <strong>la</strong> gestión <strong>del</strong> agua.<br />
Aún así, es necesario seña<strong>la</strong>r <strong>la</strong> importancia de este movimiento en cuanto que ha<br />
conseguido que <strong>la</strong> mayor instancia judicial <strong>del</strong> país haya obligado a celebrar dos<br />
referéndums o procesos participativos donde <strong>la</strong> ciudadanía italiana puede expresar su<br />
voluntad respeto a <strong>la</strong> gestión <strong>del</strong> agua.<br />
La sentencia prevé que los referéndums se celebren un domingo entre el 15 de abril y el 12<br />
de junio, y será el Presidente de <strong>la</strong> República, tras <strong>la</strong> <strong>del</strong>iberación en el Consejo de<br />
Ministros, quien decidirá el día concreto.<br />
Hay que tener en cuenta también que, <strong>para</strong> que el resultado de estos referéndums se<br />
considere representativo y válido, tendrán que participar <strong>la</strong> mitad más uno de los votantes<br />
(sobre el censo total).
Por este motivo, y <strong>para</strong> obtener <strong>la</strong>s más de 25.000 firmas necesarias <strong>para</strong> conseguir <strong>la</strong><br />
derogación de <strong>la</strong>s normativas antes mencionadas, el siguiente paso <strong>del</strong> Foro Italiano <strong>del</strong><br />
Agua es promover <strong>la</strong> celebración de estos referéndums el mismo día que <strong>la</strong>s próximas<br />
elecciones italianas, previstas <strong>para</strong> esta primavera. A estos efectos, desde el Foro se ha<br />
promovido <strong>la</strong> posibilidad de firmar una carta dirigida al gobierno, <strong>para</strong> conseguir que <strong>la</strong><br />
propuesta de celebración conjunta de <strong>la</strong>s elecciones administrativas y el referéndum sea<br />
apoyada por el Consejo de Ministros y aprobada por el Presidente de <strong>la</strong> República. Si<br />
embargo, no es fácil que aprueben esta propuesta ya que al gobierno no le interesa unir este<br />
proceso al proceso electoral, porque esto significaría garantizar que el electorado acuda a <strong>la</strong>s<br />
urnas <strong>para</strong> votar <strong>la</strong> propuesta <strong>del</strong> Foro.<br />
Siguiendo con el ejemplo <strong>del</strong> año pasado, se ha hecho un l<strong>la</strong>mamiento, tanto a nivel<br />
nacional como internacional, a <strong>la</strong> movilización de los movimientos por una justicia <strong>del</strong> agua,<br />
a participar el próximo 19 de marzo en Roma en una nueva marcha contra <strong>la</strong> privatización <strong>del</strong><br />
agua y <strong>la</strong> defensa de un mo<strong>del</strong>o de gestión pública y <strong>participativa</strong> <strong>del</strong> agua.<br />
La posibilidad de que finalmente se pueda celebrar este referéndum en Italia se debe ver<br />
como <strong>la</strong> victoria de un movimiento que aglutina diferentes asociaciones, personas e<br />
instituciones que luchan por una alternativa a <strong>la</strong>s políticas neoliberales establecidas a<br />
finales de los 70 en Europa, que tendieron a privatizar los servicios básicos, entre ellos el<br />
agua, y a introducir <strong>la</strong>s leyes <strong>del</strong> mercado en su gestión.<br />
Información pública y transparente en <strong>la</strong> gestión <strong>del</strong> agua: el referéndum de Berlín<br />
Siguiendo con <strong>la</strong>s victorias de <strong>la</strong> ciudadanía que rec<strong>la</strong>ma poder participar en el proceso de<br />
decisión sobre cómo se gestionan sus bienes comunes, hay que remarcar <strong>la</strong> celebración, el<br />
pasado 13 de febrero, de un referéndum en <strong>la</strong> ciudad de Berlín. Su demanda estaba<br />
encaminada a solicitar a los poderes públicos poder conocer <strong>la</strong>s condiciones <strong>del</strong> contrato de<br />
gestión privada <strong>del</strong> agua que <strong>la</strong> misma ciudad tiene desde 1999, con Veolia y RWE.<br />
Este caso es una muestra de cómo los contratos de concesión <strong>del</strong> servicio –casos de<br />
privatizaciones-, además de ser generalmente por una duración no inferior a 25 años, se<br />
celebran en condiciones desconocidas, información limitada y acaban creando situaciones<br />
de monopolio sobre el sector. Esto provoca <strong>la</strong> subida <strong>del</strong> precio de <strong>la</strong> tarifa <strong>del</strong> agua -bajo <strong>la</strong><br />
lógica de recuperación total <strong>del</strong> coste- sin que se produzca una debida reinversión en el<br />
servicio.<br />
Cuando en 1999 el Senado de Berlín privatizó el sector <strong>del</strong> agua -en concreto un 49,9% de<br />
<strong>la</strong> empresa pública, Berlin Water Works- junto con el sector privado, decidieron no publicar<br />
<strong>la</strong> información de estos contratos. En 2004, el gobierno de Berlín decidiría junto con <strong>la</strong>s<br />
empresas privadas cambiar <strong>la</strong> normativa aplicable a los contratos de gestión <strong>del</strong> agua <strong>para</strong><br />
evitar proporcionar información sobre ellos. Así, éstos dejaban de estar regidos por el<br />
derecho administrativo -público- <strong>para</strong> hacerlo según el derecho privado y según parámetros<br />
de secreto profesional y de información.<br />
Como consecuencia de esto, una iniciativa denominada “Berliner Wassertisch” c<strong>la</strong>maba,<br />
además de por una gestión pública <strong>del</strong> agua, por <strong>la</strong> necesidad de que <strong>la</strong> información sobre <strong>la</strong><br />
gestión <strong>del</strong> agua sea en todo caso pública y transparente.
La culminación de esta petición sería <strong>la</strong> celebración <strong>del</strong> referéndum <strong>del</strong> pasado 13 de<br />
febrero, donde los berlineses decidieron votar sobre <strong>la</strong> necesidad de que el gobierno<br />
publicara los contratos de privatización <strong>del</strong> servicio de aguas en Berlín.<br />
Los resultados de <strong>la</strong> votación final, publicados el 18 de febrero, decían que el 27,5% <strong>del</strong><br />
total <strong>del</strong> electorado votó y, de éstos, un 98,2% de los participantes lo hizo a favor de <strong>la</strong><br />
publicación de estos contratos. En total, según <strong>la</strong>s encuestas, votarían un total de 678.507<br />
personas y, por lo tanto, de acuerdo con el art. 36 pr.1 de <strong>la</strong> ley electoral, un proyecto de ley<br />
es aprobado en referéndum si <strong>la</strong> mayoría de los participantes vota que sí y, además, representan<br />
a una cuarta parte <strong>del</strong> electorado (superado con creces con un 27%).<br />
Asimismo, esta victoria comportó <strong>la</strong> reacción de los poderes políticos alemanes, pues el<br />
Comisario Federal por <strong>la</strong> Protección de Datos y Libertad de Información, Peter Schaar,<br />
dec<strong>la</strong>ró que no se trataba sólo de una cuestión que afectaba a Berlín, sino a todo el país. Y<br />
que no sólo afectaba a <strong>la</strong> gestión <strong>del</strong> agua sino a <strong>la</strong> necesidad de una mayor transparencia<br />
en <strong>la</strong> gestión de los servicios públicos, evitando que el secreto profesional y de información<br />
constituyan un obstáculo <strong>para</strong> <strong>la</strong> publicación de <strong>la</strong> información sobre los mismos, en <strong>la</strong> cual<br />
se incluyen desde <strong>la</strong>s condiciones de los contratos hasta <strong>la</strong> calidad <strong>del</strong> agua . Y, por este<br />
motivo, se comprometía a mejorar <strong>la</strong> información sobre <strong>la</strong> gestión de los servicios al Estado<br />
alemán.<br />
Conclusiones<br />
Estos procesos se deben poder reforzar con lo previsto a nivel internacional respeto a <strong>la</strong><br />
gestión de los servicios <strong>del</strong> agua. La experta independiente sobre <strong>la</strong> cuestión de <strong>la</strong>s<br />
obligaciones de derechos humanos re<strong>la</strong>cionadas con el acceso al agua potable y al<br />
saneamiento, Catarina de Albuquerque, en su último informe dispone que el proceso de<br />
oferta, licitación y negociación de los contratos de gestión <strong>del</strong> agua, así como todas <strong>la</strong>s<br />
gestiones posteriores, deben ser transparentes y <strong>la</strong>s atribuciones y el contrato definitivo han<br />
de estar a disposición <strong>del</strong> público <strong>para</strong> que los pueda examinar y comentar. La<br />
confidencialidad comercial (o el antes mencionado secreto profesional) no puede poner en<br />
peligro los requisitos de transparencia previstos en el marco de los derechos humanos. Tanto <strong>la</strong><br />
oferta como <strong>la</strong> licitación se deben basar en información exacta, teniendo en cuenta todos los<br />
hechos pertinentes.<br />
En caso de que se dé una renegociación <strong>del</strong> contrato, se deberá justificar un cambio de<br />
circunstancias y de disponibilidad de datos que puede hacer necesaria <strong>la</strong> adaptación o<br />
enmienda <strong>del</strong> contrato anterior. Incluso podría ser necesaria <strong>la</strong> renegociación <strong>para</strong> adaptar el<br />
contrato a <strong>la</strong>s necesidades de derechos humanos. No obstante, cuando <strong>la</strong>s renegociaciones<br />
sean el resultado de una licitación tácita de <strong>la</strong>s condiciones <strong>del</strong> contrato y <strong>la</strong>s empresas<br />
obtengan condiciones más favorables en esta negociación bi<strong>la</strong>teral posterior -como por<br />
ejemplo el aumento de los precios de <strong>la</strong>s tarifas, atrasos o reducciones de <strong>la</strong>s obligaciones<br />
de inversión-, el contrato será contrario a <strong>la</strong> debida diligencia.
Por lo tanto, los ciudadanos de Berlín y de Italia han decidido reivindicar <strong>la</strong> garantía<br />
de estas condiciones mínimas que todo contrato de servicio de agua debe seguir.<br />
Podemos considerar <strong>la</strong> celebración de estos dos referéndums como una victoria de<br />
los movimientos de justicia global <strong>del</strong> agua que defendemos un proceso<br />
participativo, transparente y democrático en <strong>la</strong> gestión pública <strong>del</strong> agua (y <strong>del</strong><br />
tratamiento de residuos) que debe ser promocionada y defendida en cualquier parte<br />
<strong>del</strong> mundo, en favor de <strong>la</strong> remunicipalización de los servicios de agua. No hay que<br />
olvidar tampoco que, como miembros de este movimiento, tenemos que reivindicar<br />
también en nuestro país que se cump<strong>la</strong>n estos mínimos requisitos en <strong>la</strong> gestión <strong>del</strong><br />
servicio, que en todo caso debe ser pública. Defendemos que un derecho humano, un<br />
bien común como es el agua, no sea gestionado por los operadores privados, sino garantizado<br />
en todos estos términos por los poderes públicos.