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Informe-anual-20131

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<strong>Informe</strong> Anual 2013Protesta Social, Tortura y Otros Tratos Crueles Inhumanos o Degradantes.Rol del Estado e Impunidadreferirse al trabajo o labores habituales que desempeñaba el ofendido al momento de serlesionado 110 .II.Lesiones menos gravesArt. 399. Las lesiones no comprendidas en los artículos precedentes se reputan menosgraves, y serán penadas con relegación o presidio menores en sus grados mínimo 111 o conmulta de once a veinte unidades tributarias mensuales.El artículo 399 se refiere a este particular delito. Se trata de una figura típica de carácter residual ysubsidiario, es decir, cuando las acciones realizadas por el agente no puedan ser subsumidas en losotros delitos (mutilaciones o lesiones graves), entonces siempre cabrá la posibilidad de ajustar laconducta a este tipo penal. En efecto, la lesión menos grave puede ser causada en forma o conmodalidades distintas, y no sólo por las que se desprenden de los verbos rectores señalados en elart. 397, esto es, "herir, golpear o maltratar de obra" 112 .Además, este tipo de lesiones abarcará todas aquellas que causen una "enfermedad" o"incapacidad para el trabajo" que no sea superior a los treinta días, con ello, se marca la diferenciacon las lesiones graves.III.Lesiones levesArt. 494. Sufrirán la pena de multa de 1 a 4 UTM:5° El que causare lesiones leves, entendiéndose por tales las que, en concepto del tribunal,no se hallaren comprendidas en el artículo 399, atendidas la calidad de las personas ycircunstancias del hecho.La diferencia entre este tipo de lesiones y las menos graves es sutil. Uno de los factores distintivos,es que el tribunal deberá ponderar, atendida la calidad de las personas y las circunstancias delhecho, si se trata de lesiones leves o menos graves.109 GARRIDO MONTT, MARIO. ob. cit. p. 166.110 POLITOFF, SERGIO. ob. cit. p. 136.111 Desde 61 a 540 días.112 GARRIDO MONTT, MARIO. ob. cit. p. 169.OBSERVADORES DE DERECHOS HUMANOS CASA MEMORIA JOSÉ DOMINGO CAÑAS 104

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