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Parlamento y Constitución. Anuario núm. 11 (2008) - Cortes de ...

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JUAN MARÍA BILBAO UBILLOS<strong>de</strong> personas y miembros concretos <strong>de</strong> esos grupos <strong>de</strong>finidos por su ascen<strong>de</strong>nciau origen étnico o nacional (raza, color, religión, nacionalidad u origen étnico),así como para la apología pública, la negación, la justificación o la banalizacióno trivialización <strong>de</strong> los crímenes <strong>de</strong> guerra o contra la humanidad o los genocidiosreconocidos por el Tribunal <strong>de</strong> Nuremberg por otros tribunales internacionales.El texto final, que ya cuenta con el visto bueno <strong>de</strong>l <strong>Parlamento</strong> Europeo 14 ,obliga a los Estados a tipificar y castigar estas conductas, pero no a modificarsus reglas constitucionales y principios fundamentales relacionados con la libertad<strong>de</strong> expresión. Algunos países como el Reino Unido, Irlanda, Italia,Dinamarca o Suecia venían siendo muy reacios y lo cierto es que al amparo <strong>de</strong>esa cláusula parece que estos países podrán excluir el <strong>de</strong>lito <strong>de</strong> negación <strong>de</strong>lholocausto y otros genocidios si este tipo no está recogido en su or<strong>de</strong>namientopenal y entra en conflicto con su concepción <strong>de</strong> la libertad <strong>de</strong> expresión. Una vezaprobada la Decisión-marco por el Consejo, cada país tendrá un plazo <strong>de</strong> dosaños para ajustarse a las exigencias <strong>de</strong> la norma europea.Este acuerdo <strong>de</strong> mínimos, que algunos han valorado como una rebaja sustancialrespecto <strong>de</strong> la propuesta original <strong>de</strong> 2001, no incluye la prohibición <strong>de</strong>símbolos específicos como la cruz esvástica (como pretendía Alemania): no será<strong>de</strong>lito si no va acompañado <strong>de</strong> incitación explícita a la violencia. Y su eficacia oalcance práctico queda un tanto diluido, porque los Estados sólo estarán obligadosa aplicar las sanciones cuando tales conductas se realicen “<strong>de</strong> manera queprovoquen una alteración <strong>de</strong>l or<strong>de</strong>n público” o <strong>de</strong> forma “amenazadora, abusivao insultante” (que inciten a la violencia en suma) 15 . En la práctica, cada paíspue<strong>de</strong> mantener su actual legislación.Veamos en una breve panorámica cómo se regula esta cuestión en los or<strong>de</strong>namientos<strong>de</strong> algunos <strong>de</strong> estos países, que pue<strong>de</strong>n servir <strong>de</strong> referencia a este respecto 16 .14. El Pleno <strong>de</strong>l <strong>Parlamento</strong> Europeo aprobó el 21 <strong>de</strong> junio <strong>de</strong> 2007 un informe favorable a la propuestaen el que se recogen algunas recomendaciones al Consejo <strong>de</strong> cara a la redacción <strong>de</strong>finitiva <strong>de</strong> estaDecisión-marco. El <strong>Parlamento</strong> pi<strong>de</strong> expresamente que las sanciones penales sean “efectivas, proporcionadasy disuasorias para todas las formas <strong>de</strong> discriminación”.15. Algunos países bálticos y <strong>de</strong>l este, como Polonia, Estonia, Letonia y Lituania, querían que seincluyesen también expresamente la con<strong>de</strong>na <strong>de</strong> los crímenes estalinistas. Finalmente, para vencer laresistencia <strong>de</strong> estos países, se acordó, en un ejercicio <strong>de</strong> equilibrismo, añadir una <strong>de</strong>claración anexa, sinvalor jurídico, precisando que esta Decisión-marco no cubre todos los <strong>de</strong>litos cometidos por regímenestotalitarios, no obstante lo cual el Consejo “<strong>de</strong>plora todos esos crímenes” horribles.16. Para una información actualizada <strong>de</strong>l estado <strong>de</strong> la cuestión en el Derecho comparado, véase J.Luther: “El antinegacionismo en la experiencia jurídica alemana y comparada”, en Revista <strong>de</strong> DerechoConstitucional Europeo núm. 9, <strong>2008</strong>. En los países que han optado por perseguir penalmente los discursosnegacionistas, la instrumentación técnica <strong>de</strong> esa <strong>de</strong>cisión en el Código Penal o en leyes especiales50

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