13.07.2015 Views

Sección I. Instrucciones para los licitantes. - REF.PEMEX.com

Sección I. Instrucciones para los licitantes. - REF.PEMEX.com

Sección I. Instrucciones para los licitantes. - REF.PEMEX.com

SHOW MORE
SHOW LESS
  • No tags were found...

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

INVITACION A CUANDO MENOS TRES PERSONAS R0IN417017CONTRATO DE OBRA PÚBLICA A PRECIOS UNITARIOSQUINTARETENCIONES.- El CONTRATISTA acepta que de las estimaciones que se lecubran, se haga en cada una las siguientes retenciones :a).- EL CINCO AL MILLAR del monto de <strong>los</strong> trabajos ejecutados, que se destinará a laSecretaría de la Función Pública por concepto de derechos por el servicio deinspección, vigilancia y control de <strong>los</strong> trabajos y que [Petróleos Mexicanos uorganismo subsidiario] entregará a la Tesorería de la Federación, deconformidad con el artículo 191 de la Ley Federal de Derechos.b).- EL DOS AL MILLAR, del monto de <strong>los</strong> trabajos ejecutados, que se destinará alInstituto de Capacitación de la Cámara Mexicana de la Industria de laConstrucción y que [Petróleos Mexicanos u organismo subsidiario] entregará ala institución antes mencionada.[NOTA: LA RETENCIÓN INDICADA EN ESTE INCISO (b), SÓLO PROCEDECUANDO LA COMPAÑÍA MANIFIESTE POR ESCRITO, PREVIO A LA FIRMADEL CONTRATO, QUE ESTÁ DE ACUERDO EN QUE SE LE APLIQUE LAMISMA].c).- [La cantidad o el porcentaje] que la Administración Local de Recaudación o laAdministración Regional de Grandes Contribuyentes <strong>com</strong>unique medianteoficio a [Petróleos Mexicanos u organismo subsidiario], establecida en elconvenio que al efecto celebren el CONTRATISTA y [la Administración Localde Recaudación o la Administración Regional de Grandes Contribuyentes],misma cantidad o porcentaje que [Petróleos Mexicanos u organismosubsidiario] deberá retener y enterar por cada pago que realice.[NOTA: LA RETENCIÓN INDICADA EN ESTE INCISO (c), SÓLO PROCEDECUANDO LA COMPAÑÍA MANIFIESTE HABER CELEBRADO CONVENIO CONLA AUTORIDAD FISCAL].SEXTAGASTOS FINANCIEROS.- En el caso de incumplimiento en el pago de lasestimaciones y de ajuste de costos, [Petróleos Mexicanos u organismo subsidiario]a solicitud del CONTRATISTA, deberá pagar gastos financieros a una tasa queserá igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación en <strong>los</strong> casos deprórroga <strong>para</strong> el pago de créditos fiscales. Dichos gastos empezarán a generarsecuando las partes tengan definido el importe a pagar y se calcularán sobre lascantidades no pagadas, debiéndose <strong>com</strong>putar por días naturales desde que seandeterminadas y hasta la fecha en que se pongan efectivamente las mismas adisposición del CONTRATISTA, de conformidad con el artículo 55 de la Ley deObras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.SÉPTIMA PAGOS EN EXCESO.- Tratándose de pagos en exceso que haya recibido elCONTRATISTA, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso más <strong>los</strong>

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!