13.07.2015 Views

LA MUERTE GRIS DE CHAARAL(PDF)

LA MUERTE GRIS DE CHAARAL(PDF)

LA MUERTE GRIS DE CHAARAL(PDF)

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

<strong>LA</strong> <strong>MUERTE</strong> <strong>GRIS</strong> <strong>DE</strong> CHAÑARALde esta manera la cubeta sobre la cual se almacenarán los residuos.El Decreto Nº 86 establece las condiciones para la disposición yalmacenamiento de los relaves sólidos en una estructura estable y disponerlos relaves líquidos “en condiciones seguras respecto a eventuales rebalses uotras perturbaciones”. Sin embargo, históricamente, los relaves han sidodispuestos de la forma más conveniente para el dueño de la empresa minera,considerando la topografía, pero siempre bajo el criterio de mínimo costo,como es el caso de las faenas –primero- de la empresa estadounidense AndesCopper Mining Company y –desde la década del ’70- de la División Salvador deCodelco. Esto, unido a la falta de conciencia y la carencia de legislaciónambiental, trajo como consecuencia que los relaves fueran descargadosgeneralmente a cursos de aguas, como ríos y arroyos. En la situación aquíexpuesta, los relaves fueron vertidos brutalmente al río Salado.También han sido almacenados en forma insegura, afectado la vida de lapoblación. En 1965, tras la falla del Tranque El Cobre en la región de Valparaíso,murieron 200 personas.Este hecho marcó significativamente el cambio en el comportamientominero, lo que finalmente se tradujo en la dictación en 1970 del Decreto SupremoN° 86/70 del Ministerio de Minería, sobre construcción y operación delos depósitos de relaves.El marco regulatorio actualmente vigente, establecido por la Ley 19.300de Bases Generales del Medio Ambiente desde 1994, no definió instrumentosde gestión específicos para la actividad minera, sino que estableció a travésdel Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental un procedimiento para exigirlas regulaciones sectoriales de relevancia ambiental para las diversas actividadesproductivas. Sin embargo, en ese entonces, la minería ya contaba concuerpos legales que regulaban algunos aspectos de su desempeño en loreferente al diseño y operación de los depósitos de relaves, los cuales involucrana un sin número de servicios públicos a través de sus respectivosministerios o instituciones.En el caso de las aguas claras de los depósitos de relaves como desechoslíquidos, su descarga al ambiente debe cumplir con la normativa vigente,establecida en el D.S. N° 90, sobre Emisión para la Regulación deContaminantes asociados a la Descarga de Residuos Líquidos a Aguas Marinasy Continentales. Esta norma regula el contenido máximo de loscontaminantes de mayor ocurrencia en las aguas claras de relaves, como es elcaso de los iones de sulfatos, molibdeno, cobre y manganeso, algunos de loscuales pueden impactar de manera significativa las aguas en general y aquellaspara abastecimiento humano y riego en particular. Pero actualmente existendudas sobre si el decreto Nº 90 basta o es necesaria una normativa específica102

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!