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IX Importación: pasos a seguir y aranceles - Revista Actualidad ...

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<strong>IX</strong>Informe Especial• En el despacho excepcional, dentrodel plazo de treinta (30) díascalendario computados a partirdel día siguiente del término dela descarga.• En el régimen de depósito aduanero,dentro del plazo concedidoen dicho régimen.• En el caso de mercancías enabandono legal, hasta antes quese efectivice la disposición de lamercancía por la AdministraciónAduanera.• En el caso de mercancías ingresadasa CETICOS o ZOFRATACNA,dentro del plazo concedido.2. La importación de mercancías estágravada con los siguientes tributos:• Ad valórem - 0%, 6% y 11%,según subpartida nacional.• Derechos antidumping o compensatorios,según producto y país deorigen.• Impuesto General a las Ventas(IGV) - 16%.• Impuesto de Promoción Municipal(IPM) - 2%.• Impuesto Selectivo al Consumo(ISC) - tasas variables, segúnsubpartida nacional.• Otros: derechos específicos, derechoscorrectivos provisionales, etc.Se recomienda ingresar a la secciónTratamiento Arancelario por SubpartidaNacional a la siguiente dirección electrónica,en cuyo rubro “descripción” deberáingresar la mercancía a consultar:http://www.aduanet.gob.pe/itarancel/arancelS01AliasAdicionalmente, debe considerarseque de acuerdo a lo dispuesto por LeyN° 28053 del 08.08.03,Decreto Legislativo Nº 936 del 29.10.03 yResolución de Superintendencia Nacionalde Administración Tributaria Nº 203-2003/SUNAT del 01.11.03 modificadacon Resolución N° 224-2005-SUNAT del01.11.05 ha incorporado la aplicacióndel Régimen de Percepción del IGV a lasoperaciones de importación definitiva debienes gravados con el IGV, según el cualla SUNAT percibirá del importador unmonto por concepto del impuesto quecausará en sus operaciones posteriores. Latasa es de 3.5%, 5% o 10%, y la formade aplicación se encuentra detallada enla siguiente dirección electrónica:http://www.aduanet.gob.pe/aduanas/informag/tribadua.htmLevante en cuarenta y ocho (48) horasA efectos del otorgamiento del levantede la mercancía dentro de las cuarentay ocho (48) horas siguientes al términode su descarga, se deben cumplir con lossiguientes requisitos:• 1. Contar con garantía previa, globalo específica, de conformidad con elartículo 160º de la Ley.• 2. Transmitir el manifiesto de cargaantes de la llegada del medio detransporte.• 3. Numerar la declaración antes de lallegada del medio de transporte.• 4. Contar con toda la documentaciónrequerida por la legislación aduanerapara el despacho de las mercancías,incluyendo lo señalado en el artículo194º del Reglamento.• 5. No se haya dispuesto sobre lamercancía una medida preventiva deinmovilización o incautación de la mercancía,o la suspensión del despachopor aplicación de medidas en frontera.• 6. Transmitir la nota de tarja hastaocho (8) horas siguientes al términode la descarga.Ag. de AduanaSistema Integrado de Gestión Aduanera: SIGAD• 7. Tratándose de carga consolidada, eldepósito temporal transmite la tarjaal detalle:* En la vía marítima, hasta veinticuatro(24) horas siguientes altérmino de la descarga.* En la vía aérea, hasta doce (12)horas siguientes al término de ladescarga.* En la vía terrestre, fluvial u otrotipo de vía, hasta las doce (12)horas siguientes al término de ladescarga.4. Etapas del procedimientoa) Transmisión electrónica de la DeclaraciónÚnica de AduanasLa numeración de la DUA se realiza medianteel teledespacho, que es el envíoelectrónico que realiza la Agencia a laAduana, con la finalidad de obtener lanumeración de la Declaración Única deAduanas para cada uno de los regímenesaduaneros, dependiendo de la destinaciónaduanera.Teledespacho: Procedimiento que permite la agilizacióndel despacho de las mercancías.Ag. de AduanaCorreo electrónico: Datob) Canales de control aduanerosb.1. Canal verdeLas mercancías no requerirán de revisióndocumentaria ni reconocimiento físicoy serán de libre disponibilidad una vezcancelados o garantizados los derechosarancelarios y demás tributos a la importación.b.2. Canal naranjaLas mercancías serán sometidas únicamentea revisión documentaria.En el caso de mercancías seleccionadasa canal naranja, culminada la revisióndocumentaria que la ampara, y de estarconforme, se otorga el levante para suretiro con la diligencia del especialistaen aduanas registrada en la DUA y enel SIGAD.AduanaAduanaSIGADInterconectaBancosEscuela de Alta DirecciónConformeAlmacenesc. verdec. naranjac. rojob.3. Canal rojoLas mercancías estarán sujetas a revisióndocumentaria y reconocimiento físico.Tratándose de mercancías seleccionadas acanal rojo, se procede al reconocimientofísico, y, de estar conforme, el especialistaen aduanas diligencia la DUA e ingresa alSIGAD los datos del reconocimiento, asícomo la fecha de la diligencia.b.4. Cancelación de DeclaraciónPosteriormente a la numeración de laDUA y antes de presentar ante la Intendenciade la Aduana correspondiente, elimportador debe acercarse a la ventanillade los bancos autorizados por la SUNATpara estar interconectados al SIGAD (SistemaIntegrado de Gestión Aduanera) paradecepcionar el pago de los derechos e im-<strong>IX</strong>-2Instituto PacíficoN° 250 Primera Quincena - Marzo 2012

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