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La Verdad sobre el Esequibodiplomáticos en base al derecho internacional que nos obligaa todos, establece la obligatoriedad de buscar por las vías diplomáticasun acuerdo justo, satisfactorio, legal.Hay que estar en los zapatos de quien negoció esto, conversóesto, buscó esto; seguramente habrá tiempo en el futuroo en este debate para establecer si pudo haber sido másavanzado, menos avanzado. Pero lo que es cierto es que desdesu firma, 17 de febrero de 1966, y su publicación en laGaceta Oficial del 15 de abril de 1966, esto es un conveniointernacional obligante para Venezuela y para Guyana queestablece los términos de fiel cumplimiento para canalizareste despojo histórico que hizo el imperio británico contranuestra patria venezolana.Hay muchos elementos más que seguramente surgirán deldebate, pero aquí hay un elemento clave que vemos en esteduplicado: “Ginebra a los 17 días del mes de febrero”. Por elgobierno de Venezuela firmó el ministro de Relaciones Exteriores,Ignacio Iribarren Borges; por el gobierno del ReinoUnido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, el Secretariode Estado de Relaciones Exteriores, Mitchel Stewart y el PrimerMinistro de la Guayana Británica, para entonces ForbesBurham, quien luego fue líder de la República Cooperativa deGuayana. “Dada, firmada y sellada en el Palacio Federal Legislativo,en Caracas, a los 13 días del mes de abril de 1966, año156 de la Independencia y 108 de la Federación, Presidente,del Congreso, Luis Beltrán Prieto Figueroa”.Este es el acuerdo que coloca —como dirían en la diplomaciainglesa— un nuevo comienzo entre un país caribeño que surgíaa la independencia, la República, que sería después la RepúblicaCooperativa de Guyana, y un país histórico, líder de la119

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