27.01.2016 Views

BAO-BOB-2016a017

20160127a017

20160127a017

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

<strong>BAO</strong>. 17. zk. 2016, urtarrilak 27. Asteazkena — 2030 — <strong>BOB</strong> núm. 17. Miércoles, 27 de enero de 2016<br />

La casilla 128 deberá ser cumplimentada, exclusivamente,<br />

cuando se trate de la presentación de una autoliquidación<br />

complementaria.<br />

Página 2<br />

Exclusivamente para sujetos pasivos acogidos<br />

el régimen especial del criterio de caja y para<br />

destinatarios/as de operaciones afectadas por el<br />

mismo<br />

Las casillas 140 a 143 las cumplimentarán exclusivamente los<br />

sujetos pasivos acogidos al régimen especial del criterio de<br />

caja.<br />

140 y 141 Se hará constar la base imponible y la cuota de<br />

las entregas de bienes y prestaciones de servicios a las que<br />

habiéndoseles aplicado es régimen especial del criterio de caja<br />

y no habiendo devengado aún en el período de liquidación<br />

conforme a dicho régimen, sí hubieran resultado devengadas<br />

conforme a la regla general de devengo contenido en el<br />

artículo 75 de la Norma Foral de IVA.<br />

142 y 143 . Se hará constar la base imponible y la cuota<br />

soportada de las autoliquidaciones de bienes y servicios a las<br />

que sea aplicable el régimen especial del criterio de caja, que<br />

se hayan recibido durante el período de liquidación y aún no<br />

hubieran devengado por no haber pagado.<br />

Actividades en régimen simplificado (excepto<br />

agrícolas, ganaderas o forestales)<br />

Epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas. Se hará<br />

constar el o los epígrafes del Impuesto sobre Actividades<br />

Económicas que se correspondan a las actividades acogidas al<br />

régimen simplificado.<br />

Módulos 1, 2, 3, 4, 5, 6 e índice corrector. Se consignarán<br />

los correspondientes a los datos-base del sector de actividad<br />

referidos al día 1 de enero de cada año. Cuando algún datobase<br />

no pudiera determinarse el primero día del año, se<br />

tomará el que hubiese correspondido el año anterior.<br />

Cuando en el año anterior no hubiese ejercido la actividad, los<br />

módulos e índices correctores aplicables inicialmente serán<br />

los correspondientes a los datos-base referidos al día en que<br />

se inicie.<br />

Si los datos-base de cada módulo no fuesen un número<br />

entero, se expresarán con dos cifras decimales.<br />

Ingreso a cuenta (casillas 19 , 29 , 39 , 49 y 59 ). Con carácter<br />

general, el ingreso a cuenta del régimen simplificado se<br />

calculará en función de los módulos para cada actividad y de<br />

los porcentajes e índices correctores e índices correctores que,<br />

en su caso resulten aplicables.<br />

Módulo: Importe trimestral de las comisiones en el supuesto<br />

de actividades accesorias de carácter profesional. Se<br />

consignará el importe total de los ingresos del trimestre<br />

procedente de esta actividad accesoria.<br />

Ingreso a cuenta (casilla 63 ). Será el resultado de multiplicar<br />

la cantidad asignada al módulo “Importe de las comisiones”<br />

(casilla 62 ) por el total de los ingresos del trimestre (casilla 61 ).<br />

Actividades agrícolas ganaderas o forestales<br />

Actividades. Se hará constar la descripción de la actividad<br />

desarrollada de acuerdo con la Orden Foral por la que se<br />

aprueban los índices o módulos aplicables a las actividades<br />

agrícolas ganaderas o forestales.<br />

Ingresos trimestrales. Se indicará el volumen de operaciones<br />

total de los ingresos del trimestre, excluidas las subvenciones<br />

corrientes o de capital y las indemnizaciones.<br />

Ingresos a cuenta (casillas 73 , 77 y 81 ). Será el resultado<br />

del producto “Índice de cuota devengada por operaciones<br />

corrientes” por el volumen de ingresos trimestrales y por los<br />

porcentajes establecidos para cada actividad.<br />

Plazo de presentación<br />

Durante los veinticinco primeros días naturales de los meses<br />

de abril, julio y octubre.<br />

cve: <strong>BAO</strong>-<strong>BOB</strong>-<strong>2016a017</strong><br />

(I-109)

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!