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por el Consejo Universitario a propuesta del Rector, sobre la base de los<br />
resultados de un concurso público.<br />
ARTÍCULO 108. La Oficina General de Servicios Universitarios: Es el órgano<br />
encargado de proveer a la comunidad universitaria servicios de soporte al trabajo<br />
académico o aquellos vinculados a bienestar universitario.<br />
ARTÍCULO 109. La Oficina General de Infraestructura y Servicios<br />
Generales: Es el órgano encargado del desarrollo y mantenimiento de la<br />
infraestructura de la universidad, así como de la seguridad. Asimismo, propone<br />
y desarrolla las políticas de gestión ambiental.<br />
ARTÍCULO 110. La Oficina General de Imagen y Protocolo: Es el órgano<br />
encargado de proponer y desarrollar la política de imagen institucional,<br />
comunicaciones y protocolos de la universidad.<br />
ARTÍCULO 111. La Oficina General de Autoevaluación y Aseguramiento de<br />
la Calidad: Es el órgano encargado de proponer las políticas y planes de<br />
aseguramiento y fomento continuo de la calidad en la Universidad, así como de<br />
monitorear las actividades administrativas vinculadas a ello; en particular<br />
aquellas relativas al licenciamiento y la acreditación de la Universidad;<br />
entendiendo que se trata de procesos que comprometen la movilización<br />
institucional del conjunto de miembros de la comunidad universitaria y traducen<br />
la voluntad política de lograr el pleno cumplimiento de los objetivos estratégicos<br />
de la Universidad.<br />
ARTÍCULO 112. La Oficina General de Extensión Universitaria: Es el órgano<br />
encargado de proponer y desarrollar las políticas de extensión universitaria y<br />
responsabilidad social de la universidad.<br />
ARTÍCULO 113. La Oficina de Tecnologías de la Información y<br />
Comunicación: Es el órgano encargado de proponer políticas y desarrollar<br />
actividades en el ámbito de las tecnologías de la información y comunicación,<br />
para el desarrollo de las funciones universitarias.<br />
ARTÍCULO 114. La Oficina General de Admisión: Es el órgano encargado de<br />
proponer las políticas de admisión de la Universidad y de gestionar sus procesos.<br />
ARTÍCULO 115. La Oficina de Prospectiva y Gestión Académica: Es el<br />
órgano dependiente del Vicerrectorado Académico de Pregrado, encargado de<br />
evaluar permanentemente las orientaciones curriculares de las Escuelas<br />
Profesionales, tomando en cuenta las demandas y posibilidades del entorno<br />
cambiante, a fin de proponer políticas para el desarrollo académico del Pregrado.<br />
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