estatutountels
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
ARTÍCULO 130. Responsables de Carrera – requisitos<br />
La Comisión Organizadora, teniendo en cuenta la propuesta del Coordinador de<br />
Facultad, designa a los Responsables de carrera. Para ser Responsable de<br />
carrera se requiere ser docente ordinario de la universidad.<br />
ARTÍCULO 131. Responsables de Carrera – Funciones<br />
Los Responsables de Carrera tienen las funciones siguientes:<br />
1. Dirigir las actividades académicas y administrativas de la Escuela<br />
profesional.<br />
2. Elaborar un informe anual de gestión<br />
3. Presentar al Coordinador de Facultad las propuestas de contratación y<br />
nombramiento, promoción y remoción de docentes y servidores de la<br />
Escuela Profesional.<br />
4. Informar permanentemente al Coordinador de la Facultad de las<br />
actividades de la Escuela Profesional<br />
CAPÍTULO VIII: SALVAGUARDAS PARA EL GOBIERNO<br />
ARTÍCULO 132. Salvaguardas para el acceso a funciones de gobierno: En<br />
aras de la transparencia, la rendición de cuentas y el respeto del mérito, para<br />
acceder a la función de gobierno se observa las siguientes salvaguardas:<br />
1. Para participar como representante de los estudiantes en los órganos<br />
colegiados de gobierno se deberá contar con no menos de 36 créditos<br />
aprobados y pertenecer al tercio superior de rendimiento académico.<br />
2. La encargatura, como modalidad de ejercicio de cargos a los que se<br />
accede por elección, se usa solo en los casos en que proceda una causal<br />
de vacancia del cargo. No puede durar más de tres meses y tiene como<br />
finalidad básica garantizar la elección de nuevas autoridades dentro de<br />
ese plazo.<br />
3. En la participación de docentes y estudiantes en los órganos de gobierno<br />
colegiados se reconoce la representación de la mayoría y minoría. La<br />
proporción de docentes que integran la Asamblea Universitaria y el<br />
Consejo de Facultad será de 75% para la mayoría (lista con mayor<br />
número de votos) y 25% para la minoría (lista que ocupa el segundo<br />
lugar). Para la representación estudiantil en los órganos de gobierno<br />
colegiados la proporción es, igualmente, de 75% para la mayoría y 25%<br />
para la minoría.<br />
37