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Revista Guarnición 2017 Edición no.16

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fallas geológicas activas y distintas zonas marinas,<br />

hacen que nuestro país sea propenso a la ocurrencia<br />

de terremotos, tsunamis y otras amenazas derivadas.<br />

La isla se encuentra ubicada en la placa Tectónica<br />

del Caribe; sus bordes contactan al norte con la<br />

Placa de Norteamérica, al sur con Sudamérica, al<br />

oeste con la de Nazca y al este con el Fondo Oceánico<br />

del Atlántico. Este escenario provoca deslizamientos<br />

entre la Placa del Caribe y las del Norte y<br />

Sudamérica, mientras que las placas de Nazca, al<br />

oeste y el Fondo Oceánico del Atlántico, al este, se<br />

introducen por debajo de la Placa del Caribe, lo que<br />

genera zonas de subducción que, a su vez, son las<br />

que producen el vulcanismo en las costas de América<br />

Central y en el arco de las islas de las Antillas<br />

Menores. Fruto de este contexto, se localizan en la<br />

isla varios sistemas de fallas principales.<br />

Al norte, la Falla de La Hispaniola dentro del mar<br />

es el borde de la placa antiguo donde está ubicada<br />

la Trinchera de Puerto Rico (Fosa de Milwaukee)<br />

y la Falla Septentrional borde de placa activo en el<br />

norte, que penetra a la isla por la Bahía de Manzanillo<br />

y continua en la parte sur de la Cordillera<br />

Septentrional saliendo por la Bahía de Samaná con<br />

una longitud superior a los 300 kms.<br />

El sistema sur de la isla, el cual penetra por el sur<br />

de Haití, continúa por San Juan y San José de Ocoa<br />

y llega al mar Caribe hasta la Fosa de los Muertos,<br />

al sur de Santo Domingo, San Pedro de Macorís y<br />

La Romana. La falla Septentrional, la cual tiene<br />

más de 800 años sin que haya roto la corteza terrestre,<br />

acumulando desplazamientos elásticos de<br />

aproximadamente 4 metros, suficientes para producir<br />

un fuerte terremoto.<br />

Visto esto, es oportuno recordar que la República<br />

Dominicana se encuentra bajo la sombrilla de un<br />

marco normativo internacional que ha resultado de<br />

importantes cumbres de Estado en la región e<br />

iniciativas impulsadas por el Sistema de las Naciones<br />

Unidas. Una de las más relevantes es el Marco de<br />

Acción de Sendai dirigido por la Estrategia<br />

Internacional de Reducción de Riesgos a Desastres<br />

y pretende la reducción de desastres y resiliencia<br />

de las naciones para el año 2030. En sintonía con<br />

esta doctrina, en el país la Estrategia Nacional de<br />

Desarrollo 2030 (Ley 1-12) pretende una eficaz<br />

gestión de riesgos para minimizar pérdidas humanas,<br />

económicas y ambientales; un objetivo de alta<br />

prioridad contenido en el artículo 260 del capítulo<br />

III sobre Seguridad y Defensa de la Constitución<br />

Dominicana (2010).<br />

De manera que en el año 2001, mediante decreto<br />

Presidencial No.360 se creó el Centro de Operaciones<br />

de Emergencias, a fin de ejercer un mayor control<br />

de la información durante un estado de amenaza o<br />

desastre y garantizar una respuesta más coordinada<br />

de las operaciones de respuesta y rehabilitación. Un<br />

año después se promulga la Ley 147-02 sobre<br />

Gestión de Riesgos en la República Dominicana, la<br />

cual ofrece los lineamientos legales de la base de<br />

las operaciones para la mitigación ante desastres y<br />

se convierte en el marco legal donde se deja atrás<br />

la improvisación en el proceder ante situaciones<br />

adversas provocadas no sólo por causas naturales,<br />

sino también por aquellas antropogénicas, o<br />

provocadas por la intervención del hombre.<br />

Es así como el Consejo Nacional de Prevención,<br />

Mitigación y Respuesta ante Desastres, creado<br />

mediante la misma Ley 147-02, lo encabeza el<br />

Presidente de la República e integrado por ministros<br />

de Estado, directores de oficinas gubernamentales,<br />

el alcalde del Ayuntamiento del Distrito Nacional<br />

y representantes de la sociedad civil. Además, es<br />

la instancia rectora encargada de orientar, dirigir,<br />

planificar y coordinar el Sistema Nacional de Gestión<br />

de Riesgos.<br />

La Ley 147-02, es el punto de partida estratégico y<br />

operativo para las instituciones que componen el<br />

Sistema Nacional de Emergencias y les especifica<br />

a través de políticas públicas claramente definidas:<br />

1. Sistema Nacional de Prevención, Mitigación y<br />

Respuesta ante desastres;<br />

2. Plan Nacional de Gestión de Riesgos;<br />

3. Plan Nacional de Emergencias;<br />

4. El Sistema Integrado Nacional de Información;<br />

5. El Fondo Nacional de Prevención, Mitigación y<br />

Respuesta ante desastres.<br />

GUARNICIÓN • 35

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