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Edicion 23 de diciembre 2019

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Diario Co Latino

CLASIFICADOS

Lunes 23 de diciembre de 2019 17

LIC. OSEAS HARVEYS

MENDEZ ALVÁREZ, Juez

de lo Civil Suplente de San

Vicente:

A los señores Jesús

Rodríguez Ayala, en su

calidad de deudor principal,

quien es mayor de edad,

agricultor, del domicilio de San

Juan Opico, departamento de

La Libertad, con Documento

Único de Identidad número

01461227-5 y Número de

0709-151069-101-7; y Jesús

Reinaldo Barra Mendoza,

en su calidad de codeudor

solidario, mayor de edad,

empleado, del domicilio de San

Salvador, departamento de

San Salvador, con Documento

Único de Identidad Número

02152074-8, con Número

0612-170561-001-0, HACE

SABER: Que en el Proceso

EM-41-5-2017-A, incoado por

el licenciado Reny Francisco

Cornejo Rosales, en su calidad

de apoderado general judicial

SOCIEDAD ANÓNIMA que

puede abreviarse BANCO

domicilio de San Salvador,

la cual fue admitida a las

ocho horas cinco minutos

del día veintitrés de agosto

del año dos mil diecisiete,

juntamente con los siguientes

documentos: original y

Escritura Pública de Préstamo

Mercantil, documento base

del saldo extendida por

el contador del BANCO

la Escritura Pública de poder

general judicial otorgado por

SOCIEDAD ANÓNIMA, a

favor del licenciado Reny

Francisco Cornejo Rosales,

pero habiéndose agotado

todos los mecanismos

de búsqueda a efecto de

localizar a los demandados

en las direcciones que fueron

aportadas en los informes

del Director del Instituto

Salvadoreño del Seguro

Social, del Registro Nacional

de las Personas Naturales,

del Jefe del Registro Público

Extranjería y del Ministerio

de Hacienda, no se les pudo

localizar de manera personal,

por lo que en auto de las

diez horas del día catorce

de diciembre del año dos

embargo a los demandados

señores JESÚS RODRÍGUEZ

AYALA Y JESÚS REINALDO

BARRA MENDOZA, de los

cuales ninguno ha podido

ser emplazado; por lo que

en auto de las nueve horas

treinta y seis minutos del día

veintinueve de octubre del año

embargo a los mismos, lo que

equivale al emplazamiento,

de ello, los señores Jesús

Rodríguez Ayala y Jesús

Reinaldo Barra Mendoza,

deberán comparecer en

el plazo de DIEZ DÍAS

HÁBILES, posteriores a la

edicto, a contestar la demanda

presentada en su contra y a

ejercer los correspondientes

derechos ya que de no

comparecer se continuará

con el proceso aun sin su

presencia, aclarándole que

de acuerdo a lo prescrito en

el artículo 67 y siguientes

del CPCM, que instaura la

y cualquier acto personal, lo

deberá hacer por medio de

aclara que de no comparecer

en el plazo indicado se

procederá a nombrarle un (a)

Curador (a) Ad Litem para que

lo represente en el presente

proceso, de conformidad

al artículo 186 inciso 4° del

Dado en el Juzgado de lo Civil

San Vicente, a los veintinueve

días de octubre del año dos

LIC. OSEAS HARVEYS

MENDEZ ALVAREZ

JUEZ DE LO CIVIL

SUPLENTE DE

SAN VICENTE

LICDA. TATIANA ARMIDA

MEJIA DE MUÑOZ

SECRETARIA

DE ACTUACIONES

2a. Publicación

(21-23-24-Diciembre/2019)

ANA MERCEDES PEREZ DE

HENRIQUEZ, Notaria, de este

en Avenida Rotterdam, número

cien- A, Reparto Miralvalle, de

esta ciudad, al público para

los efectos de ley HACE

SABER:

proveída a las ocho horas del

día diecisiete de diciembre del

presente año, se ha tenido

por aceptada expresamente

la herencia intestada que a

veinticinco de diciembre de

dos mil dieciséis, en San

Salvador, Departamento

de San Salvador, su último

María

Nicolasa Salazar Pérez,

conocida por María Nicolasa

Salazar, quien fué de setenta

y ocho años de edad, ama

de casa, originaria de San

Salvador, Departamento

de San Salvador, por

parte de la señora, María

Angela Carrillo Salazar,

conocida por María Angela

Carrillo de Hernández, en

concepto de hija de la

y las restricciones de los

curadores de la herencia

Lo que se avisa al público

para los efectos legales

San Salvador, dieciocho de

diciembre del año dos mil

LIC. ANA MERCEDES

PEREZ DE HENRIQUEZ

NOTARIA

2a. Publicación

(21-23-24-Diciembre/2019)

JUAN CARLOS MEJIA

REYES, Notario, de este

situada en: Avenida España

y Diecisiete Calle Poniente,

Condominio Central "E",

Segunda Planta, Local siete,

HACE SABER: Que por

el Suscrito Notario, proveída

a las catorce horas, del día

veintisiete de noviembre del

año dos mil diecisiete, se

han declarado HEREDEROS

DEFINITIVOS, a las señoras

SANTOS GUMERCINDA

LÓPEZ DE MENJÍVAR,

conocida por SANTOS

GUMERCINDA LÓPEZ

VIUDA DE LÓPEZ, en calidad

del causante REINA DE

LA PAZ LÓPEZ LÓPEZ,

ROXANA GUADALUPE

LÓPEZ LÓPEZ, YENNIS DEL

CARMEN LÓPEZ LÓPEZ, y

el señor JOSÉ SANTIAGO

LÓPEZ LÓPEZ, en calidad

de hijos sobrevivientes del

inventario de los Bienes

señor SANTIAGO LÓPEZ

RAMOS, ocurrida a las ocho

horas con treinta minutos

del día veintisiete de febrero

del año mil novecientos

Departamento de San

Vicente, en consecuencia se

Por lo que se avisa al público

Librado en San Salvador,

veintisiete de octubre del año

JUAN CARLOS

MEJÍA REYES

NOTARIO

Única Publicación

(23-Diciembre/2019)

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