Edicion 24 de marzo 2020
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EL FONDO DE
SANEAMIENTO Y
FORTALECIMIENTO
FINANCIERO FOSAFFI,
HACE SABER AL PÚBLICO
EN GENERAL
Que en cumplimiento a lo
establecido en el Artículo 24-B
de la Ley de Saneamiento y
Fortalecimiento de Bancos
Comerciales y Asociaciones de
Ahorro y Préstamo, reformado
según Decretos Legislativos
Números 659 y 863, publicados
Número 120, tomo número
379 de fecha 27 de Junio
del 2008, y el segundo, en el
tomo número 417 de fecha
22 de Diciembre del 2017,
y artículo 16 del Instructivo
emitido para la aplicación de
la disposición anterior; hace
del conocimiento del público
en general que a nuestras
Licenciada Sandra Patricia
Navarro de García en su
calidad de Apoderada General
Administrativa con Cláusula
Especial de la señora Blanca
Lidia Mena conocida por
Blanca Lidia Mena de
Ponce, manifestando que con
fecha 6 de febrero de 1987,
recibió a título de mutuo del
Banco Capitalizador S.A.,
ahora ya liquidado, un crédito
que quedó garantizado con
Primera Hipoteca sobre un
como lote 8, del grupo 51
de la Urbanización Prados
de Venecia II etapa, de la
Jurisdicción de Soyapango,
Departamento de San Salvador,
inscrita bajo el asiento 2 de la
matrícula 60239282-00000
del Registro de la Propiedad
Raíz e Hipotecas de la
Primera Sección del Centro,
cancelado.
La presente publicación se
hace con el objeto de que
cualquier persona con interés
legítimo pueda objetar la
solicitud, si trascurridos 15
días hábiles contados a partir
de la fecha de la presente, el
FOSAFFI no conoce oposición
al respecto, procederá a
otorgar la documentación
necesaria para cancelar
registralmente el gravamen
que recae sobre el inmueble
propiedad de la señora Blanca
Lidia Mena conocida por
Blanca Lidia Mena de Ponce,
y que garantizaba el crédito
que le otorgó el extinto Banco
Capitalizador S.A., como lo
establece la disposición legal
citada al inicio.
(24-Marzo/2020)
CLASIFICADOS
12 Martes 24 de marzo de 2020 Diario Co Latino
SILVIA GRACIELA CISCO
BARRAZA, Notario, del
domicilio de San Salvador,
Ferrocarril, pasaje "B", casa
número ciento veintinueve,
San Salvador, HACE SABER:
Que por resolución del suscrito
notario, proveída a las once
horas del día doce de marzo
de dos mil veinte, se ha tenido
por aceptada expresamente
la herencia intestada que a su
defunción, dejara la Señora
JUANA DIAZ PALACIOS,
ocurrida a las veintidós horas y
treinta minutos del día siete de
diciembre de dos mil catorce,
en el Hospital Nacional
Rosales, Departamento de
San Salvador, a consecuencia
de Diabetes Mellitus no
insulinodependiente, sin
mención de complicación,
Séptico, más Neumonía
Aspirativa, a la edad de
ochenta años de edad,
comerciante, de nacionalidad
Salvadoreña, originaria
de San Rafael Cedros,
departamento de Cuscatlán,
siendo su último domicilio
Colonia Las Palmas, Calle
Los Conacastes, Número
setenta y uno, departamento
de San Salvador, dejó la
referida causante, de parte de
los señores JUANA ALICIA
SANCHEZ DE AMAYA Y
JUAN ERNESTO SANCHEZ
DIAZ en su concepto de
hijos sobrevivientes de la
causante, habiéndoseles
conferido la administración y
representación interina de la
sucesión, con las facultades y
restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
En consecuencia, por este
medio se cita a todos los que
se crean con derecho a la
referida herencia, para que se
en el término de quince días,
contados desde el siguiente
a la última publicación del
presente edicto. Librado en
Ciudad de San Salvador, a las
quince horas del día catorce
de Marzo de dos mil veinte.
LIC. SILVIA GRACIELA
CISCO BARRAZA
NOTARIO
(23-24-25-Marzo/2020)
EDICTO
JOSE ANGEL GOMEZ
GUILLEN, Notario, del
domicilio de San Salvador,
Avenida Norte, Número
cinco-A, Cojutepeque; al
público HACE SABER:
y Notariado, se ha presentado
el señor: JOSE BENJAMIN
ANGEL RODRIGUEZ, de
cincuenta años de edad,
agricultor en pequeño,
del domicilio de lIobasco,
Departamento de Cabañas,
con Documento Único de
Identidad Número: cero cero
seis ocho cinco cero nueve
dos-cuatro, con Número de
nueve cero tres-tres uno
cero tres seis ocho-uno cero
uno-dos, a iniciar Diligencias
de TITULO SUPLETORIO,
a su favor, de un inmueble
de Naturaleza Rústica, el
cual está conformado por
dos inmuebles que forman
un solo cuerpo y que se
describen así: EL PRIMERO:
situado en el Cantón La
Labor, de la Jurisdicción de
lIobasco, Departamento de
Cabañas; de la extensión
SIETE MIL
METROS CUADRADOS,
aproximadamente, que se
describe de la siguiente
manera: AL NORTE,
con Blanca Estela Ángel
Rodríguez; AL ORIENTE, con
antes de José Ángel Ángel;
ahora con Lorenzo Ángel
Ángel; divide camino vecinal
de por medio; AL SUR, colinda
con porción poseída por el
compareciente José Benjamín
Ángel Rodríguez; y que fue
antes de Medardo Menjivar
Montoya; AL PONIENTE,
con Juan Rivas Flores, divide
quebrada seca de invierno de
por medio. EL SEGUNDO:
Inmueble de naturaleza
rústico, situado en el Cantón
La Labor, jurisdicción de
llobasco, Departamento de
Cabañas, de la capacidad
MEDIA
MANZANA, equivalente a
TREINTA Y CINCO AREAS,
aproximadamente, de los
linderos siguientes: AL
ORIENTE, con terreno del
señor José Ángel Ángel,
divide calle de tres metros
de ancho de por medio; AL
NORTE, colinda con resto
del terreno que le quedó a la
señora Seferina Rodríguez;
AL PONIENTE, colinda
con terreno del señor José
Guerra, antes hoy de Juan
Rivas, mediando la quebrada
seca llamada también de la
Agua Zarca que se junta a la
quebrada el Lavadero Aguas
Abajo; y AL SUR, colinda
con terreno del señor Juan
Gabriel Alfaro Rodríguez, en
dicho inmueble se encuentra
construida una casa paredes
de adobe y techo de tejas.
Que dichos inmuebles están
reunidos de hecho por lo
que forman un solo cuerpo,
siendo su capacidad real
ONCE MIL TRESCIENTOS
SETENTA y OCHO
METROS CUADRADOS.
Que el primer inmueble fue
cedido al compareciente
por la señora: SEFERINA
RODRIGUEZ RIVAS, madre
del compareciente, en el mes
de junio del año dos mil, y el
segundo inmueble lo hubo
por compra que le hiciera al
señor: MEDARDO MENJIVAR
ALFARO, ambos en escrituras
no inscribibles por carecer
de antecedentes, por lo que
unida a la posesión de sus
tradentes señores: SEFERINA
RODRIGUEZ RIVAS y
MEDARDO MENJIVAR
ALFARO, la posesión
data más de diez años, en
está en proindivisión, no
tiene cargas o derechos
que pertenezcan a terceras
personas, no tiene nombre
especial alguno, no es
dominante ni sirviente.- Y
dicho inmueble lo valúa por
la cantidad de: CINCO MIL
DOLARES EXACTOS DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA. Lo que se avisa
al público para los efectos de
Ley. Librado en la Ciudad de
Cojutepeque, a los diecisiete
días del mes de marzo del año
dos mil veinte.-
JOSE ANGEL
GOMEZ GUILLEN
NOTARIO
(23-24-25-Marzo/2020)
EDICTO
JOSE ÁNGEL GOMEZ
GUILLEN, Notario, del
domicilio de San Salvador,
Avenida Norte, Número
cinco-A, Cojutepeque; al
público HACE SABER:
y Notariado, se ha presentado
el señor: EULOFIO PEREZ
ALVARADO, de sesenta y
un años de edad, agricultor
en pequeño, del domicilio de
El Carmen, Departamento de
Cuscatlán, con Documento
Único de Identidad Número:
cero uno ocho cuatro cinco
siete seis tres-cinco; con
tres-ciento treinta mil
novecientos cincuenta y
ocho-ciento uno-cuatro,
a iniciar Diligencias de
TITULO SUPLETORIO, de
un inmueble de naturaleza
rústica, situado en el Cantón
El Carmen, Jurisdicción de
El Carmen, Departamento de
Cuscatlán; de la Extensión
DIECISEIS
AREAS, porción que tiene
las colindancias siguientes:
AL ORIENTE, línea recta,
de un pito esquinero a otro
de jiote esquinero, linda con
resto del inmueble general,
del cual segregó la que se va
describiendo, propiedad de la
señora Clemencia Ramírez;
AL NORTE, linda con terreno
que fue de Antonio Campos,
ahora de Isaías Ramírez,
camino de por medio,
siendo esta línea curva; AL
PONIENTE, en línea curva
linda con terreno que fue de
Juana Ramirez, ahora de
Emilia Ramírez, brotones de
tempate e izotes de por medio,
propios de esta porción; y AL
SUR, correntada de por medio,
que pasa por unas parras de
bambú, en línea recta al llegar
al pito donde se comenzó la
descripción, linda con terreno
de Alonso Ramírez.- Dicho
inmueble lo hubo por compra
que hiciera al señor RAFAEL
RAMOS RAMIREZ, el día
cinco del mes de mayo del
año de dos mil dieciséis;
quien a la vez lo adquirió por
compra que le hizo al señor
Bartolo Ramírez, el día cinco
de octubre del año dos mil
uno, escrituras no inscribibles
por carecer de antecedente,
por lo que unida a la posesión
de sus tradentes señores:
Rafael Ramos Ramírez y
Bartolo Ramírez, la posesión
data más de diez años, en
está en proindivisión, no
tiene cargas o derechos
que pertenezcan a terceras
personas, no tiene nombre
especial alguno, no es
dominante ni sirviente.- Y
dicho inmueble lo valúa por
la cantidad de: DOS MIL
DOLARES EXACTOS DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA. Lo que se avisa
al público para los efectos de
Ley. Librado en la Ciudad de
Cojutepeque, a los diecisiete
días del mes de marzo del año
dos mil veinte.-
JOSE ANGEL
GOMEZ GUILLEN
NOTARIO
(23-24-25-Marzo/2020)
PATRICIA ELENA DUARTE
ARGUETA, Notario, de este
Ubicada en Colonia Ciudad
Satélite, Pasaje Acuario, casa
número cincuenta y uno de
esta Ciudad.
HACE SABER: que por
Resolución de la Suscrita
Notario, proveída, a las
diecisiete horas del día de
dieciocho de marzo del año
dos mil veinte, se ha tenido
por aceptada expresamente
que a su defunción, dejó el
Causante señor ADOLFO
RAMOS GONZALEZ,
ocurrida en el Hospital Divina
Providencia San Salvador,
Departamento de San
Salvador, el día cuatro de
marzo del año dos mil veinte;
de parte de las señoritas:
RIVERA Y ROSA HILDA
RAMOS RIVERA en concepto
de hijas sobrevivientes y
del causante, habiéndosele
conferido la Administración y
Representación Interinas de la
Sucesión, con las facultades y
restricciones de los Curadores
de la Herencia Yacente.
En consecuencia, por este
medio se cita a todos los que
se crean con derechos a la
referida herencia, para que se
en el término de quince días,
contados desde el siguiente
al de la última publicación del
presente Edicto.
Ciudad de San Salvador, a los
diecinueve días del mes de
marzo del año dos mil veinte.-
LIC. PATRICIA ELENA
DUARTE ARGUETA
ABOGADO Y NOTARIO
(23-24-25-Marzo/2020)
CARLOS ARTURO ORTIZ
CORNEJO, Notario de este
domicilio, al público HACE
SABER.
Que a este despacho
Notarial se ha presentado el
BASAGOITIA AVILES,
solicitando se inicien y sigan
las diligencias relativas
a la ACEPTACION DE
HERENCIA INTESTADA
que a su defunción dejó la
señora MARIA BERNARDA
CONCEPCION GONZALEZ
DE
BASAGOITIA
conocida por BERNY DE
BASAGOITIA. El suscrito
Notario ha iniciado las
diligencias correspondientes
y en ellas, por resolución de
de Marzo del año dos mil
veinte, ha tenido por aceptada
de inventario la herencia
intestada que a su defunción
dejó la referida señora MARIA
BERNARDA CONCEPCION
GONZALEZ DE BASAGOITIA
conocida por BERNY DE
BASAGOITIA, de setenta y
nueve años de edad, esposa
del señor RAFAEL ANTONIO
BASAGOITIA AVILES,
originaria de San Salvador,
lugar donde falleció el día tres
de Febrero de dos mil veinte,
Departamento de La Libertad,
lugar de su último domicilio,
de parte del solicitante antes
mencionado nombrándolo
REPRESENTANTE LEGAL Y
ADMINISTRADOR INTERINO
DE LA SUCESION, con las
facultades y restricciones de
conocimiento del público para
que dentro de los quince días
siguientes a la publicación
de este aviso se presente
del suscrito Notario a hacer
uso de los derechos que
le pudieren corresponder
conforme a la ley.
Dado en la Primera Calle
Montaña, Segundo Piso,
número Veintiséis, Colonia
Escalón, San Salvador, a los
Cuatro días del mes de Marzo
del año dos mil veinte.-
CARLOS ARTURO
ORTIZ CORNEJO
NOTARIO
(23-24-25-Marzo/2020)
ANUNCIESE EN
CLASIFICADOS DE
TELÉFONOS:
2271-0671
2271-1303
2222-1009
FAX: 2271-0822
MILAGROS, FAMILIAR
CERCANO DE
RECURRO DESDE EL
FONDO DE MI CORAZÓN
MILAGROS Y AYUDAS A
ESPERANZA.
PODER PARA VENIR EN
MI AUXILIO, AYÚDAME EN
REINVOQUEN.
(Se debe prometer la
publicación).
AMÉN
Reza la oración durante
9 días, 9 veces al día en
un lugar cerrado y solo,
pidiendo 3 milagros, los
que verás cumplidos antes
de terminar esta novena.
Debes difundir esta
Oración.
En Agradecimiento por
Tres milagros Recibidos.
(F. E. P. de T.)
ORACIÓN
AL ESPÍRITU
SANTO
aclaras todo, que iluminas
todos los caminos para que
yo alcance mi ideal.
de perdonar y olvidar el mal
que me hacen, y que en
todos los instantes de mi
vida estás conmigo.
Yo, quiero en éste corto
diálogo agradecerte por
más que nunca quiero
que sea la ilusión material.
Deseo estar Contigo y con
todos mis seres queridos en
la gloria perpetua.
Gracias por tu misericordia
para conmigo y los míos.
(La persona deberá rezar
esta oración tres días
seguidos, sin pedir la gracia,
dentro de tres días será
alcanzada la gracia por más
difícil que sea) publicar en
cuanto se reciba la gracia.
SEÑOR
ABOGADO
LE HACE SABER
QUE LARECEPCIÓN
DE EDICTOS ES
A PARTIR DE LAS
8:00 A.M.
HASTA LAS
5:00 P.M.
SIN CERRAR AL
MEDIODÍA
TODO POR
BRINDARLE
UN MEJOR
SERVICIO
A NUESTROS
CLIENTES
TELEFONOS:
2271-0671
2271-1303
2222-1009
FAX: 2271-0822