Edicion 17 de septiembre de 2022
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Diario Co Latino
Nacionales
Sábado 17 de septiembre de 2022 3
Bukele declara la guerra a la
Constitución al tratar de reelegirse
Samuel Amaya
@SamuelAmaya98
Fue a través de una cadena
nacional que el
presidente de la República,
Nayib Bukele, anunció
que correrá como candidato
a la Presidencia en las
próximas elecciones de 2024.
Esto a pesar de que al menos
5 artículos de la Constitución
prohíben una reelección
de un jefe de Estado de
forma inmediata.
Este tema inició hace un
año, cuando la Sala de lo
Constitucional impuesta por
Nuevas Ideas emitió un fallo
donde habilitó la reelección
presidencial inmediata,
si el pueblo así lo dispone.
En síntesis, los magistrados
permitieron que Nayib Bukele
pueda estar al frente de la
Presidencia por 5 años más,
de forma consecutiva, siempre
y cuando obtenga una
mayoría en las urnas.
“Anuncio al pueblo salvadoreño
que he decidido correr
como candidato a la presidencia
de la República en el
2024 (…) el pueblo debe tener
el derecho de rechazar o continuar
el camino que lleva”, enfatizó
Bukele.
“Si el pueblo salvadoreño
siente que va mal, tiene que tener
el derecho en elecciones de
rechazar ese camino y elegir un
nuevo rumbo, pero si el pueblo
siente que va bien, tiene que también
tener el derecho, en elecciones
libres, de ratificar su deseo
de continuar en el buen rumbo.
¿Por qué debería un pueblo estar
obligado a desechar el camino
que lleva si funciona?, eso no
tiene sentido”, cuestionó Bukele,
para justificar su decisión.
Además, el mandatario aseveró
que, por tal razón, los países
desarrollados sí tienen reelección.
En cadena nacional mencionó
los nombres de los países
que permiten una reelección
presidencial. Lo que el presidente
Bukele no dijo es que en esos
países así está establecido en la
Constitución, mientras que en
la de El Salvador lo prohíbe.
Este anuncio lo hizo luego
de contextualizar su victoria en
2019 y la de sus diputados en
2021, con esos cambios en el sistema
político, se efectuaron los
cambios en el sistema judicial y
En el 2013 Nayib Bukele cuestionó que si un presidente salvadoreño iba por la reelección era el camino a la dictadura, sin embargo,
ahora el deseo desmedido del presidente Bukele por mantenerse aferrado al poder, justifica la aniquilación del orden constitucional
aún existente. Foto Diario Co Latino/cortesía.
del fiscal general. En ese sentido
Bukele dedicó una buena parte
de su discurso para plantear que
el país es ahora “verdaderamente
independiente”.
“Hoy, por primera vez tenemos
una verdadera independencia,
porque tenemos soberanía,
porque vivimos en libertad y
porque vivimos en paz”, enfatizó
Bukele.
También aprovechó la ocasión
para deslegitimar los
Acuerdos de Paz firmados entre
el Gobierno de El Salvador
y el Frente Farabundo Martí
para la Liberación Nacional
(FMLN) en 1992.
“Nos vendieron que lo mejor
para nuestro país era firmar
la paz. Nadie está en contra
de parar una guerra que
no debió empezar. Pero luego
quedó claro que nunca firmaron
ninguna paz, porque no
hubo paz en El Salvador. Fue
otro engaño más”, remarcó
Bukele.
El mandatario no habló
sobre temas urgentes para la
población, como el alto costo
de la vida, la situación
económica del país y el tema
de las pensiones, el cual desde
hace un año se prometió
y no se ha efectuado.
Estos son los artículos de la Cn. donde prohíbe la reelección presidencial
Art. 88:
establece que “la
alternabilidad en
el ejercicio de la
presidencia de
la República es
indispensable para
el mantenimiento
de la forma
de Gobierno y
sistema político
establecidos”.
Art. 131
numeral 16:
ordena a la
Asamblea Legislativa
“desconocer
obligatoriamente
al presidente de
la República o al
que haga sus veces
cuando termina su
periodo constitucional
continúe en el
ejercicio
del cargo”.
Art. 152:
establece que no
podrán ser candidatos
a presidente de la
República, el que
haya desempeñado
la presidencia de
la República por
más de seis meses,
consecutivos o no,
durante el periodo
inmediato anterior, o
dentro de los últimos
seis meses anteriores
al inicio del período
presidencial.
Art. 154:
establece que el
período presidencial
será de cinco años
y comenzará y
terminará el día
primero de junio,
sin que la persona
que haya ejercido la
presidencia pueda
continuar en sus
funciones
ni un día más.
Art. 156:
establece que al
cargo de
presidente
solo se puede
renunciar por
“causa grave
debidamente
comprobada
que calificará
la Asamblea
Legislativa”.