Edicion 03 de Octubre de 2022
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8 Lunes 3 de octubre de 2022
Editorial
Diario
Co Latino
Lo popular no debe sustituir la legalidad
Los genuflexos e incondicionales
del “bukelismo” en
El Salvador están haciendo
creer a la población salvadoreña
que lo más importante aquí, en la
actual coyuntura, es que si el “pueblo
desea” que el presidente Nayib
Bukele continúe en la presidencia
de forma consecutiva puede y debe
hacerlo, sin que ello signifique el
irrespeto a la Constitución.
A lo mejor es muy reducida la
población que está de acuerdo con
ese discurso, pero, además, se siente
ofendida de las argucias discursivas,
por no decir los malabares que
utiliza el “bukelismo”, para justificar
la reelección continua. Tal pareciera
que la narrativa asume que
todos en El Salvador son ignorantes
y, por tanto, incapaces de comprender
los artículos de la Constitución
como el 88 que dice: “La
alternabilidad en el ejercicio de la
Presidencia de la República es indispensable
para el mantenimiento
de la forma de gobierno y sistema
político establecidos. La violación
de esta norma obliga a la insurrección.”.
Que nos perdone el “bukelismo”,
pero si buscamos el término alternancia
en el diccionario nos lleva
a la siguiente definición: “Circunstancia
de alternar o alternarse varias
cosas o personas”. Mientras
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que el vocablo alternar dice: “Combinar
[una persona] dos o más cosas
sucesivamente, de modo que
mientras una tiene lugar, ocupa
un puesto o desempeña una función,
la otra no lo hace, y viceversa.”.
Entonces, si la Constitución
insiste en la alternancia, ¿por qué
el bukelismo nos manda mensajes
distintos o contrarios a su acepción
literal?
Es más, el tema de la alternancia
no lo enuncia no sólo una vez
la Constitución, así tenemos el artículo
248 que sentencia: “La reforma
de esta Constitución podrá
acordarse por la Asamblea Legislativa,
con el voto de la mitad
más uno de los Diputados electos.
Para que tal reforma pueda decretarse
deberá ser ratificada por la siguiente
Asamblea Legislativa con
el voto de los dos tercios de los Diputados
electos. Así ratificada, se
emitirá el decreto correspondiente,
el cual se mandará a publicar
en el Diario Oficial. La reforma
únicamente puede ser propuesta
por los Diputados en un número
no menor de diez. No podrán reformarse
en ningún caso los artículos
de esta Constitución que se
refieren a la forma y sistema de gobierno,
al territorio de la República
y a la alternabilidad en el ejercicio
de la Presidencia de la República
(las negritas son nuestras).
Y por si lo anterior no fuera suficiente,
el 75, en el numeral 4to.
dice: “4º.- Los que suscriban actas,
proclamas o adhesiones para promover
o apoyar la reelección o la
continuación del presidente de la
República, o empleen medios directos
encaminados a ese fin…”.
Y hay cuatro artículos más en la
constitución que tratan el tema de
la no reelección continua, no obstante,
el “bukelismo”, comenzando
por el presidente Nayib Bukele,
haciendo uso de una resolución
de su Sala de lo Constitucional,
dado que fue impuesta por órdenes
de él el uno de mayo de 2021,
“interpretó de forma distinta a la
literalidad el artículo 152, numeral
1, que ni los iletrados serían capaces
de darle la torcida interpretación
del mencionado artículo.
Dado que lo anterior es una realidad,
el “bukelismo” ha recurrido
a la segunda parte de su narrativa:
que lo que diga la Constitución no
importa, pues lo que vale es lo que
dice el pueblo, y el “pueblo quiere
la reelección de Bukele”. Esto, por
supuesto, es grave, pues la aclamación
popular no sustituye el principal
contrato social del país, es decir
la Constitución, independientemente
de la necesidad de reformas
para actualizarla con las necesidades
del momento, incluido el deseo
de la reelección continua.
Pero una cosa son los retrasos
que pueda presentar nuestra Constitución
a sustituirla por la “aclamación
popular”.
El pueblo, incluso puede equivocarse,
así lo expresó el sacerdote
Juan Vicente Chopín, cuando recordó
ese episodio bíblico que conocen
bien los cristianos (de cualquier
denominación) cuando el representante
del impero romano en
Judea dejó que el pueblo decidiera
si crucificaban a Barrabás o Jesús,
el Rey de los Judíos.
El pueblo decidió por la muerte
de Jesús.
Es decir, el pueblo se puede equivocar,
y si dejan que este decida
por la reelección, en sustitución
de las leyes que prohíben la reelección
continua, pues simplemente
comentará la más grande equivocación
en la historia del republicanismo
en El Salvador.
Sin lugar a dudas, “lo popular
no debe sustituir la legalidad” de
una nación que se dice moderna y
democrática.