PYMES MAGAZINE - NOVIEMBRE 2022
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·ARTÍCULO·<br />
NOMO<br />
PARA <strong>PYMES</strong><strong>MAGAZINE</strong><br />
Factura electrónica para<br />
pymes: cuándo será<br />
obligatoria y por qué<br />
incorporarla ahora<br />
Xavier Camellades<br />
CEO Nomo<br />
Digitalizar la gestión del negocio es<br />
fundamental para optimizar procesos<br />
y aumentar la productividad y<br />
competitividad. La digitalización de<br />
la facturación, es decir, implementar<br />
la factura electrónica, es un paso<br />
clave en este proceso. Hasta ahora,<br />
en España, la factura electrónica sólo<br />
era obligatoria en las relaciones comerciales<br />
con la Administración Pública.<br />
Pero entre 2023 y 2025, la factura-e<br />
será el único formato válido<br />
para facturar entre las empresas, tras<br />
la aprobación de la Ley Crea y Crece.<br />
España se suma así al uso generalizado<br />
de la facturación electrónica<br />
en el ámbito B2B, siguiendo otros<br />
países europeos como Italia, Francia,<br />
Polonia o Albania.<br />
A día de hoy hay mucha confusión<br />
sobre la entrada en vigor de esta<br />
medida. Además, implementar la<br />
facturación electrónica puede resultar<br />
complejo y puede generar dudas.<br />
Por ello, desde Nomo, la plataforma<br />
que integra los servicios financieros<br />
y herramientas de gestión de negocio<br />
de pymes, autónomos y freelancers,<br />
hemos lanzado la guía práctica<br />
“Factura electrónica: ¿qué es y<br />
cuándo será obligatoria para empresas<br />
y autónomos?”. La guía resuelve<br />
todas las cuestiones alrededor de la<br />
obligatoriedad de la factura electrónica<br />
y ofrece las claves para que<br />
las pymes se anticipen y empiecen a<br />
implementarla antes de que sea obligatoria<br />
en España de forma efectiva.<br />
Uno de los puntos principales de la<br />
guía de Nomo son las fechas y plazos<br />
clave. El 19 de octubre de <strong>2022</strong><br />
entró en vigor la ley Crea y Crece<br />
aprobada en septiembre de <strong>2022</strong>.<br />
Sin embargo, la medida concreta<br />
de la factura electrónica será efectiva<br />
una vez se apruebe su desarrollo<br />
reglamentario. La normativa se<br />
establecerá en un plazo de 6 meses<br />
desde la aprobación de la ley Crea<br />
y Crece, es decir, se fijará entre el<br />
29 de septiembre de <strong>2022</strong> y marzo<br />
de 2023. Una vez aprobado el reglamento,<br />
empezará la cuenta atrás real<br />
para cumplir con la nueva medida.<br />
Habrá dos plazos efectivos en función<br />
de la facturación de la empresa.<br />
Para empresas con facturación anual<br />
superior a 8 M€, será obligatoria 12<br />
meses tras la aprobación del desarrollo<br />
reglamentario; mientras que para<br />
el resto de empresas y profesionales,<br />
será efectiva 24 meses tras la aprobación<br />
del reglamento.<br />
“En España, la<br />
factura electrónica<br />
sólo era obligatoria<br />
en las relaciones<br />
comerciales con<br />
la Administración<br />
Pública"<br />
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