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PROYECTO FINAL CORREGIDO 23-07-2015

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CLÁUSULA 26.- JUEGOS DEPORTIVOS MAGISTERIALES.<br />

Las partes convienen, a partir de la firma de la presente Convención Colectiva de Trabajo, en<br />

organizar los Juegos Deportivos Magisteriales de las y los Trabajadores afiliados a las<br />

Organizaciones Sindicales Signatarias Contratantes de la Educación, estimulando su realización<br />

en la totalidad de las Escuelas del país, para celebrar los juegos deportivos magisteriales<br />

municipales entre el mes de julio de cada año escolar y la primera semana del mes de agosto, de<br />

cada año. Cada dos años se realizarán los juegos regionales y cada tres años los juegos<br />

nacionales. Reconociendo la licencia remunerada para actividades deportivas, mientras dure el<br />

evento, a los docentes agremiados a las organizaciones, afianzado así el deporte y la recreación<br />

de los trabajadores. Se constituirá una coordinación deportiva entre los municipios escolares y el<br />

sindicato de la educación para la articulación, planificación y realización, de manera conjunta,<br />

con el Ministerio del Poder Popular del Deporte.<br />

CLÁUSULA 27.- ASIGNACIÓN DE DIVISAS.<br />

Las partes convienen en reconocer, a partir de la firma de la presente Convención Colectiva de<br />

Trabajo, el derecho de las Organizaciones Sindicales a la solicitud y adquisición de Divisas como<br />

persona jurídica. En tal sentido, planteará la concreción de este derecho ante el órgano del estado<br />

que se encargará de tramitar el otorgamiento y el control de divisas ordinarias y preferenciales, de<br />

tal manera que indique la forma o código legal que le permita a la Organización Sindical<br />

solicitante la respectiva adquisición y asignación oportuna de divisas. Este planteamiento tiene su<br />

fundamento en el principio de la libertad y autonomía sindical en cuanto a las relaciones<br />

sindicales internacionales y la afiliación a las Organizaciones Internacionales de la Educación y<br />

la Cultura, que implican la cancelación de las cuotas anuales por afiliación, de obligatorio<br />

cumplimiento, así como la asistencia a reuniones de trabajo, encuentros, seminarios y Congresos<br />

Internacionales lo que genera pasajes y gastos logísticos en el extranjero que deben hacerse en<br />

divisas.<br />

En ese mismo orden, las partes ratifican los derechos sindicales y contractuales adquiridos a<br />

solicitar anualmente al Ministerio del Poder Popular para la Educación, con efecto de<br />

cumplimiento oportuno, pasajes y viáticos a siete (7) directivos nacionales, debidamente<br />

invitados o asignados como delegados a congresos como los de la Organización Internacional del<br />

Trabajo (OIT), Foro Social Mundial (FSM), Internacional de la Educación (IE), Confederación<br />

de Educadores Americanos (CEA), Encuentro Sindical Nuestra América (ESNA), Federación<br />

Latinoamericana de Trabajo Educación y Cultura (FLATEC), entre otros eventos internacionales<br />

de asistencia regular u obligatoria.<br />

(FEV) - (FETRAENSEÑANZA) - (FETRASINED) - (FENAPRODO-CPV) - (FVM) - (SINAFUM) - (FESLEV-CLEV) - (FENATEV).

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