PROYECTO FINAL CORREGIDO 23-07-2015
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CLÁUSULA 26.- JUEGOS DEPORTIVOS MAGISTERIALES.<br />
Las partes convienen, a partir de la firma de la presente Convención Colectiva de Trabajo, en<br />
organizar los Juegos Deportivos Magisteriales de las y los Trabajadores afiliados a las<br />
Organizaciones Sindicales Signatarias Contratantes de la Educación, estimulando su realización<br />
en la totalidad de las Escuelas del país, para celebrar los juegos deportivos magisteriales<br />
municipales entre el mes de julio de cada año escolar y la primera semana del mes de agosto, de<br />
cada año. Cada dos años se realizarán los juegos regionales y cada tres años los juegos<br />
nacionales. Reconociendo la licencia remunerada para actividades deportivas, mientras dure el<br />
evento, a los docentes agremiados a las organizaciones, afianzado así el deporte y la recreación<br />
de los trabajadores. Se constituirá una coordinación deportiva entre los municipios escolares y el<br />
sindicato de la educación para la articulación, planificación y realización, de manera conjunta,<br />
con el Ministerio del Poder Popular del Deporte.<br />
CLÁUSULA 27.- ASIGNACIÓN DE DIVISAS.<br />
Las partes convienen en reconocer, a partir de la firma de la presente Convención Colectiva de<br />
Trabajo, el derecho de las Organizaciones Sindicales a la solicitud y adquisición de Divisas como<br />
persona jurídica. En tal sentido, planteará la concreción de este derecho ante el órgano del estado<br />
que se encargará de tramitar el otorgamiento y el control de divisas ordinarias y preferenciales, de<br />
tal manera que indique la forma o código legal que le permita a la Organización Sindical<br />
solicitante la respectiva adquisición y asignación oportuna de divisas. Este planteamiento tiene su<br />
fundamento en el principio de la libertad y autonomía sindical en cuanto a las relaciones<br />
sindicales internacionales y la afiliación a las Organizaciones Internacionales de la Educación y<br />
la Cultura, que implican la cancelación de las cuotas anuales por afiliación, de obligatorio<br />
cumplimiento, así como la asistencia a reuniones de trabajo, encuentros, seminarios y Congresos<br />
Internacionales lo que genera pasajes y gastos logísticos en el extranjero que deben hacerse en<br />
divisas.<br />
En ese mismo orden, las partes ratifican los derechos sindicales y contractuales adquiridos a<br />
solicitar anualmente al Ministerio del Poder Popular para la Educación, con efecto de<br />
cumplimiento oportuno, pasajes y viáticos a siete (7) directivos nacionales, debidamente<br />
invitados o asignados como delegados a congresos como los de la Organización Internacional del<br />
Trabajo (OIT), Foro Social Mundial (FSM), Internacional de la Educación (IE), Confederación<br />
de Educadores Americanos (CEA), Encuentro Sindical Nuestra América (ESNA), Federación<br />
Latinoamericana de Trabajo Educación y Cultura (FLATEC), entre otros eventos internacionales<br />
de asistencia regular u obligatoria.<br />
(FEV) - (FETRAENSEÑANZA) - (FETRASINED) - (FENAPRODO-CPV) - (FVM) - (SINAFUM) - (FESLEV-CLEV) - (FENATEV).