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ANUARIO - Naciones Unidas

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Conferencia de 2005 encargada del examen del TNP<br />

y el almacenamiento de armas bacteriológicas (biológicas) y toxínicas<br />

y sobre su destrucción (Convención sobre las armas biológicas), a que<br />

lo hicieran sin demora y alentó a los países del Oriente Medio a que<br />

suscribieran el Código de Conducta de La Haya sobre la Proliferación<br />

de Misiles Balísticos.<br />

También se subrayó la necesidad de que la India y el Pakistán se<br />

adhieran al TNP en calidad de Estados no poseedores de armas nucleares.<br />

Los Estados partes lamentaron, una vez más, que la India y el<br />

Pakistán llevaran a cabo ensayos con armas nucleares en 1998, e hicieron<br />

un llamamiento para que ambos Estados adopten todas las medidas<br />

esbozadas en la resolución 1172 (1998) del Consejo de Seguridad45 .<br />

También se instó a ambos países a que refuercen sus controles de las<br />

exportaciones sobre material, equipo y tecnologías nucleares.<br />

Debido a la divergencia de opiniones en relación con el texto<br />

sobre el Irán y las propuestas relativas a esfuerzos adicionales para<br />

promover la adhesión de Israel al Tratado, el Presidente del Órgano<br />

Subsidiario II notificó a la Comisión Principal II que no existía consenso<br />

sobre varias propuestas y que presentaría su documento de trabajo<br />

bajo su propia responsabilidad, en el entendimiento de que no<br />

había ningún acuerdo sobre las partes del texto. Del mismo modo, la<br />

Comisión Principal II tampoco pudo llegar a un acuerdo sobre su informe,<br />

y el Presidente propuso la posibilidad de adoptar el documento<br />

en su versión actual como proyecto para ulteriores consultas, al tiempo<br />

que reconocía que algunos elementos no gozaban de consenso, o<br />

bien incluir el documento en el informe de la Comisión Principal II a<br />

la Conferencia. El punto muerto al que se llegó en lo tocante a estas<br />

propuestas persistió hasta que transcurrió el tiempo disponible para las<br />

negociaciones en la Comisión, lo que obligó al Presidente a declarar<br />

que no se había podido alcanzar un consenso y que su proyecto no se<br />

adjuntaría al informe de la Comisión Principal II.<br />

Comisión Principal III y Órgano Subsidiario III<br />

Aplicación de las disposiciones del Tratado relativo al derecho<br />

inalienable de todas las Partes en el Tratado de desarrollar la<br />

investigación, la producción y la utilización de la energía nuclear<br />

con fines pacíficos sin discriminación y de conformidad con los<br />

artículos I y II<br />

Se reafirmó el derecho inalienable de los Estados partes de participar<br />

en la investigación, la producción y la utilización de la energía<br />

45 S/RES/1172 (1998).<br />

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