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Nº 10 - Graduados Sociales Navarra

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38 Tribuna<br />

Puntos clave en la<br />

modificación del<br />

RD 39/1997, de los<br />

Servicios de Prevención<br />

Boletín Laboral<br />

El objeto del presente artículo es señalar<br />

las principales modificaciones establecidas<br />

por el Real Decreto 337/20<strong>10</strong>,<br />

de 19 de marzo, (en adelante RD 337/20<strong>10</strong>),<br />

por el que se modifican el Real Decreto<br />

39/1997, de 17 de enero, por el que se<br />

aprueba el Reglamento de los Servicios de<br />

Prevención; el Real Decreto 1<strong>10</strong>9/2007, de<br />

24 de agosto, (en adelante RD 1<strong>10</strong>9/2007),<br />

por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de<br />

18 de octubre, reguladora de la subcontratación<br />

en el sector de la construcción y el<br />

Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre,<br />

(en adelante RD 1627/1997), por el que se<br />

establecen disposiciones mínimas de seguridad<br />

y salud en obras de construcción.<br />

Señalando los puntos claves intentaremos<br />

analizar las principales modificaciones marcadas<br />

en el Reglamento de los Servicios de<br />

Prevención, con el objeto de facilitar un<br />

análisis que sirva al Asesor Laboral, para<br />

orientar y asesorar de forma eficaz y eficiente<br />

a sus clientes, empresas principalmente,<br />

y plantearemos unas cuestiones<br />

que nos plantea dicho decreto, con el<br />

objeto de crear en el lector un análisis crítico<br />

respecto al mismo, que le sirva para<br />

tener una perspectiva más amplia de<br />

hacía donde tiene que dirigirse la prevención<br />

de riesgos laborales en la empresa, a<br />

nuestro entender, desde un punto de vista<br />

real y de nuestra experiencia del día a día.<br />

Con todo esto debemos comenzar este<br />

análisis señalando que el RD 337/20<strong>10</strong>,<br />

nace como respuesta a las modificaciones<br />

planteadas en la Ley 25/2009 de 22 de<br />

diciembre, la famosa “Ley Ómnibus”, que<br />

modifica en su artículo 8 a la Ley 31/95 de<br />

Prevención de Riesgos Laborales y por la<br />

adaptación del ordenamiento jurídico a los<br />

objetivos fijados en la Estrategia Española<br />

de Seguridad y Salud en el Trabajo para el<br />

período 2007-2012.<br />

El RD 337/20<strong>10</strong> se publica en el <strong>Nº</strong> 71 del<br />

Boletín Oficial del Estado, el martes 23 de<br />

marzo de 20<strong>10</strong>. Su entrada en vigor es al día<br />

siguiente (24 de marzo).<br />

Fundamentalmente es un Decreto dirigido<br />

a modificar el Reglamento de los Servicios<br />

de Prevención, pero también incluye modificaciones<br />

puntuales del RD 1<strong>10</strong>9/2007 y<br />

del RD 1627/1997).<br />

Así respecto a las modificaciones planteadas<br />

del Reglamento de los Servicios de<br />

Prevención se podrían destacar, tal y como<br />

establece el propio decreto, dos área<br />

temáticas:<br />

1. Facilitar el cumplimiento de la normativa<br />

de prevención a las empresas, mediante<br />

la racionalización y simplificación de la<br />

gestión de prevención de riesgos laborales.<br />

2. Mejora de la calidad y eficacia de los sistemas<br />

de prevención, con especial atención<br />

a las entidades especializadas.

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