Contenido Revista Judicial Edicion 2 - Rama Judicial
Contenido Revista Judicial Edicion 2 - Rama Judicial
Contenido Revista Judicial Edicion 2 - Rama Judicial
You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
Justicia<br />
de Distrito <strong>Judicial</strong> antes mencionados, los<br />
cuales se encargan de adelantar la primera<br />
instancia de esos procesos, incluyendo<br />
delitos atroces. Pero, además, la Judicatura<br />
consiguió que se apropiaran los recursos<br />
sufi cientes e indispensables para el normal<br />
funcionamiento de estas Salas, les adecuó<br />
sus despachos en las sedes de dichos Tribunales<br />
y les creó su secretaría independiente,<br />
con los grupos de apoyo administrativo,<br />
psicológico y social, ofi cina de sistemas y<br />
comunicaciones, entre otras y les proporcionó<br />
todas las condiciones de seguridad,<br />
incluyendo vehículos blindados.<br />
La normatividad penal colombiana y la misma<br />
jurisprudencia de la Corte Constitucional,<br />
señalan que no es acertado concebir<br />
la pena o el castigo como la única fi nalidad<br />
del derecho penal moderno, sino que<br />
este también debe cumplir con funciones<br />
de tanta importancia como las de verdad,<br />
justicia y reparación, o las de prevención y<br />
resocialización. Por ende, cuando se habla<br />
de justicia, no solo se debe pensar en condenas<br />
altas, sino en una retribución justa<br />
a la sociedad, en una reparación a las víctimas<br />
y, ante todo, en una pena efi ciente<br />
y efi caz. Lo que indica que esta debe ser<br />
acorde no solamente con la conducta, sino<br />
además con las circunstancias sociales, económicas<br />
y políticas que la rodean.<br />
En este punto, es bueno advertir que la ley<br />
975 de 2005 consagró el mecanismo idóneo<br />
para la conformación de la jurisdicción<br />
especial de Justicia y Paz, el cual se implementó<br />
con plena independencia y autonomía<br />
del poder ejecutivo, lo que resalta<br />
aún más la transparencia de este proceso<br />
de cara al país y a la comunidad internacional.<br />
Como es de amplio conocimiento, muchos<br />
de los integrantes de los grupos al margen<br />
32 <strong>Revista</strong> <strong>Judicial</strong> Noviembre 2006<br />
de la ley para los cuales se consagró este<br />
mecanismo de reinserción a la vida civil,<br />
bajo los postulados de verdad, justicia y<br />
reparación, han tenido alguna relación con<br />
delitos de lesa humanidad y crímenes de<br />
guerra, motivo por el cual se hizo necesario<br />
encontrar un modelo jurídico-político que<br />
permitiera la búsqueda real y defi nitiva de<br />
una convivencia pacífi ca. Es precisamente<br />
por ello que se exige la confesión plena<br />
y efi caz, o mejor aún, completa y veraz,<br />
de todos los hechos delictivos en los que<br />
participó o de los que tenga conocimiento<br />
cierto; la entrega de los bienes adquiridos<br />
ilícitamente para reparar a las víctimas y de<br />
los lícitos cuando haya lugar, pero si ello<br />
no es sufi ciente el bloque al que perteneció<br />
tendrá que aportarlos; la cesación de toda<br />
interferencia en el libre ejercicio de los ciudadanos<br />
a sus derechos políticos y la imposibilidad<br />
de ser elegidos en cargos de elección<br />
popular, porque no se les reconoció el<br />
status de delito político a los paramilitares;<br />
la desmovilización y desmantelamiento del<br />
grupo armado ilegal, y la eventual condena<br />
entre 5 y 8 años, para que sus miembros<br />
puedan acceder a este benefi cio jurídico,<br />
de acuerdo obviamente con los esfuerzos y<br />
la colaboración que realizaron para la consecución<br />
de la paz nacional.<br />
Estos postulados de verdad, justicia y reparación,<br />
sobre los cuales se funda la Ley y su<br />
Decreto Reglamentario No. 3391 de 2006,<br />
expedido por el Gobierno el 29 de septiembre<br />
pasado, el cual allana defi nitivamente<br />
el camino para juzgar a los paramilitares<br />
responsables de delitos atroces, porque al<br />
parecer se ajusta a la sentencia de exequibilidad<br />
de la Corte Constitucional, buscan<br />
asegurar la comparecencia de los responsables<br />
ante los jueces de la República, incluyendo<br />
a los ex-jefes de las autodefensas<br />
que se encuentran en el Centro de Reclusión<br />
de la Ceja (Antioquia) a disposición de<br />
las autoridades y la fi jación de su condena,<br />
activando además un mecanismo de control<br />
por parte del Estado y la sociedad, de<br />
manera que su conducta ulterior puede ser<br />
supervisada, con lo cual los desmovilizados<br />
podrían perder los benefi cios de la Ley, incluso<br />
hasta el último día en que estén pagando<br />
la pena. Estos son precisamente los<br />
fundamentos de la Ley de “Justicia y Paz”,<br />
en relación con los miembros de grupos<br />
armados ilegales que, estando comprometidos<br />
en delitos no indultables, avancen de<br />
manera seria por los senderos de la paz,<br />
dentro de los principios de la Universalidad,<br />
Equilibrio y Efi cacia. Por otra parte, las víctimas<br />
pueden participar en todas las etapas<br />
del proceso y controvertir las decisiones<br />
judiciales. ¡Qué más se le puede pedir al<br />
proceso de paz en Colombia!. Si el Estado<br />
no los ha vencido, ni los ha reducido, pues<br />
fueron estos los que se desmovilizaron fru-<br />
“ Es necesario liberar a la sociedad y a la<br />
democracia de semejantes yugos. Pero si la totalidad<br />
de esos bienes no son lo requerido o lo apropiado, ¿no<br />
será que al fi nal el paganini resultará siendo el Estado<br />
colombiano y lo que se pretende es meternos en un<br />
agujero negro fi scal insondable para hacer todavía<br />
menos viable la República?”