Contenido Revista Judicial Edicion 2 - Rama Judicial
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Constitucional Editorial<br />
JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJO<br />
Magistrado Sala Administrativa<br />
“ Es relevante, de primer<br />
orden, concienciar<br />
al Gobierno Nacional<br />
sobre la importancia<br />
de reconocer un<br />
presupuesto acorde<br />
con las necesidades<br />
de la <strong>Rama</strong> <strong>Judicial</strong>” .<br />
hora presente de once Juzgados. Igualmente<br />
sacrifi ca la ejecución de las nuevas<br />
responsabilidades asignadas a las distintas<br />
Jurisdicciones, como la oralidad en materia<br />
penal y Justicia y Paz, al tiempo que no prevé<br />
recursos para la extensión e implementación<br />
de la oralidad en materia laboral,<br />
ni para la implementación de la Ley de la<br />
Infancia y la Adolescencia, recientemente<br />
aprobada por el Congreso de la República,<br />
que requiere la creación de 175 juzgados<br />
penales de menores, con un costo aproximado<br />
de $48.333’150.600 y una Sala de<br />
asuntos para Adolescentes, en cada Tribunal<br />
Superior de Distrito <strong>Judicial</strong>, calculados<br />
en la suma de $36.651’099.000.<br />
4 <strong>Revista</strong> <strong>Judicial</strong> Noviembre 2006<br />
Esta situación se vuelve aun más dramática,<br />
para la administración de justicia, porque<br />
las restricciones afectan directamente los<br />
principios de calidad, efi ciencia y prontitud,<br />
y – por lo mismo – deslegitima al Estado,<br />
a pesar del enorme y comprobado esfuerzo<br />
de quienes integran la <strong>Rama</strong> <strong>Judicial</strong> y sus<br />
reconocidas calidades, permitiendo cuantiosas<br />
condenas de las Cortes Internacionales<br />
contra Colombia, las cuales a la postre resultan<br />
más onerosas que el esfuerzo que ahora<br />
se demanda. El aumento del gasto público<br />
en Justicia es, sin duda, una inversión si se<br />
analiza este solo aspecto.<br />
Pero, además, sobre dicha circunstancia es<br />
imperativo hoy prender las alarmas: el Estado<br />
colombiano es partícipe activo del Sistema<br />
Interamericano de Derechos Humanos y,<br />
en correspondencia, desde hace veinte años<br />
aceptó la competencia contenciosa de Tribunales<br />
Internacionales, para evaluar el respeto<br />
por parte del mismo Estado de los DD.HH.<br />
Con todo, como es sabido, esa jurisdicción<br />
sólo opera de manera subsidiaria y no tiene<br />
vocación de desplazar las vías judiciales<br />
de nuestro ordenamiento, ni de sustituir o<br />
reemplazar a los jueces y tribunales internos.<br />
Sin embargo, hoy estamos ante el inminente<br />
riesgo de que esa situación ocurra,<br />
bajo el serio planteamiento establecido en<br />
pronunciamientos de los órganos del Sistema<br />
Interamericano de Derechos Humanos,<br />
según los cuales se pone de presente que en<br />
Colombia esas vías no son efi caces (porque,<br />
por ejemplo, no conducen a que se conozca<br />
la verdad, ni a la identifi cación y castigo de<br />
los autores materiales e intelectuales, ni al<br />
resarcimiento integral de las víctimas y sus<br />
familiares), ni tales mecanismos se resuelven<br />
en plazos razonables, como ocurrió con la<br />
condena por US$8.000 millones en el caso<br />
de la masacre de Mapiripán y podría suceder<br />
con la Rochela, o con el conocido caso<br />
“Giaccomo Turra”, entre otros. Esto podría<br />
convertirse en una renuncia de carácter permanente<br />
de la soberanía judicial.<br />
Lo anterior, con la agravante de que en los<br />
Tribunales Internacionales las condenas al<br />
Estado colombiano se imponen en cifras<br />
elevadas, de acuerdo con parámetros preestablecidos<br />
que (en contraste con lo que<br />
podría signifi car un ajuste razonable del<br />
presupuesto de la rama judicial) sí tienen la<br />
posibilidad real de afectar gravemente las<br />
fi nanzas públicas.<br />
En virtud de lo anterior, es relevante, de primer<br />
orden, concienciar al Gobierno Nacional<br />
sobre la importancia de reconocer un presupuesto<br />
acorde con las necesidades de la <strong>Rama</strong><br />
<strong>Judicial</strong>. Las condenas internaciones al Estado<br />
Colombiano, impuestas como consecuencia<br />
de la mora judicial, se podrían evitar con el<br />
hecho de destinar esos mismos recursos en el<br />
fortalecimiento de la dispensa de justicia.<br />
La austeridad en justicia tiene como inevitable<br />
consecuencia la deslegitimación del Estado<br />
como proveedor de la misma. De igual<br />
manera, es menester indicar que el incremento<br />
de los recursos asignados para atender la<br />
prestación de la función pública de justicia<br />
tendrá, como contrapartida, la eliminación<br />
de las onerosas condenas internacionales por<br />
mora judicial y, por lo tanto, redundará en un<br />
signifi cativo ahorro dentro del presupuesto<br />
de gastos generales. Esa debiera ser toda una<br />
política de Estado para garantizar una justicia<br />
efectiva, efi caz y efi ciente, acorde con los<br />
estándares internacionales, que nos legitime<br />
como garantes de los derechos humanos<br />
ante el concierto de las demás naciones civilizadas<br />
del mundo .