Reglamento Taurino Nacional, Ley 916 - Toros y Corraleja
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f) Una bandera negra para ordenar que se coloquen las banderillas<br />
negras;<br />
g) Una bandera amarilla para indicar que el toro ha sido indultado;<br />
h) Una bandera blanca para ordenar la música.<br />
Las advertencias del presidente a quienes intervienen en la lidia<br />
podrán realizarse en cualquier momento a través del inspector de<br />
plaza.<br />
El espectáculo comenzará en el momento mismo en que el reloj de la<br />
plaza marque la hora previamente anunciada. El presidente ordenará<br />
que se toque el Himno <strong>Nacional</strong> y el Himno Oficial de la ciudad.<br />
Después de interpretados los himnos, para dar comienzo al espectáculo,<br />
el presidente ordenará mediante la exhibición del pañuelo<br />
blanco para que los clarines y timbales anuncien dicho comienzo.<br />
Seguidamente los alguacilillos realizarán, previa venia del presidente,<br />
el despeje del ruedo para la continuación al frente de los espadas,<br />
cuadrillas, areneros, nulilleros y mozos de caballo. Realizado el paseíllo,<br />
entregarán la llave de toriles al torilero, retirándose del ruedo<br />
cuando esté del todo despejado.<br />
Los profesionales del servicio anteriormente mencionados permanecerán<br />
en el callejón de su correspondiente burladero, durante la lidia,<br />
cuando no tengan que intervenir en la misma.<br />
El presidente de la corrida ordenará a la banda de músicos amenizar<br />
el paseíllo y durante el intermedio entre toro y toro. Así mismo, procederá<br />
en el tercio de banderillas cuando sea ejecutado por la espada<br />
de turno y durante la faena de muleta cuando esta merezca tal premio.<br />
<strong>Ley</strong> <strong>916</strong> de 2004 37/53