Reglamento Taurino Nacional, Ley 916 - Toros y Corraleja
Reglamento Taurino Nacional, Ley 916 - Toros y Corraleja
Reglamento Taurino Nacional, Ley 916 - Toros y Corraleja
You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
y en la derecha la montera. Al aproximarse ambos se descubre también<br />
el toricantano, a quien el matador suele dirigir unas frases de<br />
aliento, deseándole suerte, canjeando seguidamente muleta y estoque<br />
por el capote que él su, abrazándose y dándose la mano, para seguidamente<br />
realizar el nuevo matador la faena de muleta y dar muerte a<br />
su toro.<br />
Apartado. Acción de encerrar a las reses en los chiqueros antes de<br />
la corrida.<br />
Areneros. El mozo que en la plaza iguala el piso después de la lidia<br />
de cada toro.<br />
Arpón. El remate de las banderillas que consiste en una piedra de<br />
hierro afilada provistas de otras menores que salen en dirección contraria<br />
para que al hundirse prenda e impida su caída.<br />
Astas. Cuerno.<br />
Banderillero. Torero que pone banderillas.<br />
Barrenar. La acción del espada o picador que, al introducir el estoque<br />
o la puya en el cuerpo del toro revuelven el instrumento y forcejean<br />
para hacerlo penetrar más.<br />
Barrera. Valla que circunda el coso donde se lidian los toros / También<br />
el espacio o callejón comprendido entre la valla que rodea el<br />
ruedo y las localidades del público. / La primera fila del tendido.<br />
Burladero. Es el sitio del ruedo para que los lidiadores se protejan<br />
de la acometida del toro, o se coloquen para estar atentos durante la<br />
actuación del espada. En el callejón es el lugar destinado al personal<br />
que no interviene directamente en la lidia.<br />
Cabestro. Buey manso y domesticado que suele llevar cencerro y<br />
sirve de guía para el manejo del ganado bravo.<br />
<strong>Ley</strong> <strong>916</strong> de 2004 7/53