CAPITULO I - sinat - Semarnat
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CONSTRUCCIÓN Y OPERACIÓN DE LA CASA HABITACION<br />
PALOMEQUE ROCHE, EN PROGRESO, YUCATÁN<br />
20<br />
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26<br />
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los permisos para ampliación, remodelación,<br />
o reconstrucción de edificaciones<br />
preexistentes.<br />
En el caso de predios que a la fecha de<br />
publicación de este decreto no tengan las<br />
dimensiones que les permitan cumplir con la<br />
disposición señalada en el criterio anterior,<br />
podrán optar por sistemas de construcción<br />
elevados sobre pilotes, que mantengan la<br />
duna y la vegetación.<br />
Las construcciones ubicadas en la primera<br />
línea en relación a la playa no nivelarán ni<br />
destruirán la primera duna y respetarán la<br />
vegetación rastrera existente tanto en la duna<br />
como en la playa. En caso de que la primera<br />
duna este alterada o poco definida, la<br />
construcción debe incluir trampas de arena<br />
para reconstruirla, si la vegetación está<br />
alterada, es escasa o inexistente, la obra<br />
debe incluir la reforestación con vegetación<br />
rastrera desde la duna hasta la playa.<br />
Las construcciones no deberán exceder el<br />
20% de la superficie total del predio y su<br />
altura no deberá rebasar los 7 m y dos pisos.<br />
Los desarrollos urbanos y turísticos<br />
sometidos a autorización de la autoridad<br />
competente deberán contar con un programa<br />
integral de manejo de residuos sólidos.<br />
Queda prohibido construir accesos<br />
peatonales a la playa por medio de veredas o<br />
caminos perpendiculares al litoral. En la<br />
construcción de accesos al mar, ya sean<br />
públicos, o desde las casas, desarrollos<br />
inmobiliarios, desarrollos turísticos,<br />
restaurantes, o cualquier otra instalación con<br />
frente al mar, se deben de utilizar andadores<br />
elevados sobre pilotes para no destruir la<br />
vegetación fijadora de la arena, o en su<br />
defecto, se deberán utilizar accesos<br />
serpenteados.<br />
I N G E S A<br />
MIA<br />
MODALIDAD PARTICULAR<br />
No se realizara la construcción de ninguna<br />
estructura dentro de los 20 m de<br />
ZOFEMAT y los 40 m establecidos para la<br />
protección de la primera duna.<br />
El proyecto no contempla la remoción de la<br />
vegetación presente en la primera duna,<br />
así como tampoco su nivelación o<br />
destrucción.<br />
La superficie total del terreno es de 4,580<br />
m 2 de los cuales se ocuparán únicamente<br />
845.074 m 2 , esta área de construcción<br />
equivaldrá al 18.46 % de la ocupación del<br />
sitio. No se rebasarán los 7 m y se<br />
ocuparán únicamente 2 pisos.<br />
Los residuos generados durante el<br />
desarrollo del proyecto serán colocados en<br />
contenedores de plástico rotulados con las<br />
leyendas orgánica e inorgánica, para<br />
posteriormente ser recolectados por el<br />
servicio de limpia del municipio y realizar<br />
su trasladado al sitio de disposición final<br />
que les corresponda.<br />
Se tiene contemplado la construcción de<br />
un acceso a la playa, el cual consistirá de<br />
un andador elevado sobre pilotes de<br />
madera y un camino serpenteado de arena<br />
compactada.<br />
INGENIERIA Y GESTION AMBIENTAL<br />
CONSULTORES <strong>CAPITULO</strong> III Pág. 21