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IMPUESTO DE SOCIEDADES 2011

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Cap.<br />

I<br />

10<br />

Cuestiones Generales<br />

En consecuencia, el 31 de mayo de <strong>2011</strong> se produce el cierre del ejercicio en curso (que había comenzado el día 1 de<br />

enero anterior), iniciándose el día 1 de junio de <strong>2011</strong> el primero de los ejercicios ajustados a la modificación acordada<br />

por la Junta General.<br />

En este supuesto hay dos períodos de imposición, ambos iniciados dentro del mismo año natural de <strong>2011</strong>:<br />

1.º.- Del 1 de enero de <strong>2011</strong> al 31 de mayo de <strong>2011</strong>.<br />

2.º.- Del 1 de junio de <strong>2011</strong> al 31 de mayo de 2012.<br />

Por consiguiente, la Sociedad Anónima “X” habrá de presentar dos declaraciones del Impuesto sobre Sociedades, una por<br />

cada uno de los períodos impositivos mencionados.<br />

Devengo<br />

Regla general<br />

El Impuesto sobre Sociedades se devenga el último día del período impositivo.<br />

Regla especial<br />

Para las sociedades que hayan optado por la aplicación del régimen fiscal establecido en la Ley<br />

11/2009, por la que se regulan las Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado<br />

Inmobiliario, el impuesto se devengará el día del acuerdo de la junta general de accionistas de<br />

distribución de los beneficios del ejercicio correspondiente al período impositivo y, en su caso,<br />

de las reservas de ejercicios anteriores en que se aplicó el régimen fiscal especial; siempre que<br />

no concurran las circunstancias a que se refiere el párrafo siguiente.<br />

Para las rentas sujetas al tipo general de gravamen, haya acuerdo o no de distribución, así<br />

como cuando la sociedad haya obtenido pérdidas, no haya beneficio repartible o disponga de<br />

reservas de forma diferente a su distribución, se aplicará la regla general.<br />

Plazo para presentar la declaración<br />

A diferencia de lo que sucede en otras figuras tributarias, la declaración del Impuesto sobre<br />

Sociedades no tiene un plazo de presentación único para todos los contribuyentes, sino que<br />

cada sujeto pasivo tiene su propio plazo, en función de la fecha en que concluya su período<br />

impositivo.<br />

La presentación de la declaración deberá efectuarse dentro de los 25 días naturales siguientes<br />

a los seis meses posteriores a la conclusión del período impositivo. Por consiguiente, como<br />

regla general, cuando se trate de sujetos pasivos cuyo ejercicio económico coincida con el año<br />

natural, el plazo de presentación de declaraciones queda fijado en los veinticinco primeros días<br />

naturales del mes de julio.<br />

INFORMA:<br />

Si coincide la fecha del vencimiento del plazo de presentación de la declaración con alguna festividad<br />

o si tal fecha del vencimiento cae en sábado, el plazo finaliza el primer día hábil siguiente a<br />

la fecha del vencimiento.<br />

El plazo para la presentación de la declaración del Impuesto sobre Sociedades se computará de<br />

fecha a fecha.

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