1 REGLAMENTO SANITARIO DE LOS ALIMENTOS ... - Sernac
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g) fortificado, enriquecido: el alimento se ha modificado para aportar<br />
adicionalmente por porción un 10 % o más de la Dosis Diaria de Referencia<br />
para un nutriente particular o fibra dietética. La fortificación o enriquecimiento<br />
deberá contar con autorización del Ministerio de Salud.<br />
h) extra magro: una porción de consumo habitual que por cada 100 g contenga<br />
como máximo 5 g de grasa total, 2 g de grasa saturada y 95 mg de colesterol;<br />
i) muy bajo en sodio: una porción de consumo habitual del alimento que contenga<br />
un máximo de 35 mg de sodio. Si la porción es menor o igual a 30 g por cada<br />
50 g del alimento deberá contener un máximo de 35 mg de sodio.<br />
Los descriptores: libre, bajo aporte, reducido y liviano en colesterol no podrán<br />
aplicarse a alimentos que contengan por porción de consumo habitual más de 2 g de<br />
grasa saturada o más de 4% de ácidos grasos trans.<br />
Los alimentos que usen los descriptores especificados en este artículo deberán<br />
ceñirse a los establecido en el artículo 113 de este reglamento.<br />
En la declaración de propiedades nutricionales de los alimentos no se podrá usar<br />
dos descriptores simultáneamente para describir una misma propiedad. (1)<br />
Artículo 121.- En envases cuya superficie mayor sea inferior a 10 cm 2 , podrá<br />
omitirse el número de lote, lista de ingredientes, la declaración de nutrientes e<br />
instrucciones para el uso, datos que deberán colocarse en el envase mayor que los<br />
contenga.<br />
Párrafo III<br />
De los envases y utensilios<br />
Artículo 122.- Para los efectos de este reglamento se entiende por:<br />
a) aparatos: los elementos mecánicos o equipos utilizables en la elaboración,<br />
envasado, conservación y distribución de los alimentos;<br />
b) embalajes: los materiales y estructuras que protegen a los alimentos,<br />
(1) Artículo modificado, como aparece en el texto, por Dto. 475, de 1999, del Ministerio de Salud, publicado en el Diario Oficial de<br />
13 de enero de 2000<br />
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