17.05.2013 Views

1 REGLAMENTO SANITARIO DE LOS ALIMENTOS ... - Sernac

1 REGLAMENTO SANITARIO DE LOS ALIMENTOS ... - Sernac

1 REGLAMENTO SANITARIO DE LOS ALIMENTOS ... - Sernac

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

g) fortificado, enriquecido: el alimento se ha modificado para aportar<br />

adicionalmente por porción un 10 % o más de la Dosis Diaria de Referencia<br />

para un nutriente particular o fibra dietética. La fortificación o enriquecimiento<br />

deberá contar con autorización del Ministerio de Salud.<br />

h) extra magro: una porción de consumo habitual que por cada 100 g contenga<br />

como máximo 5 g de grasa total, 2 g de grasa saturada y 95 mg de colesterol;<br />

i) muy bajo en sodio: una porción de consumo habitual del alimento que contenga<br />

un máximo de 35 mg de sodio. Si la porción es menor o igual a 30 g por cada<br />

50 g del alimento deberá contener un máximo de 35 mg de sodio.<br />

Los descriptores: libre, bajo aporte, reducido y liviano en colesterol no podrán<br />

aplicarse a alimentos que contengan por porción de consumo habitual más de 2 g de<br />

grasa saturada o más de 4% de ácidos grasos trans.<br />

Los alimentos que usen los descriptores especificados en este artículo deberán<br />

ceñirse a los establecido en el artículo 113 de este reglamento.<br />

En la declaración de propiedades nutricionales de los alimentos no se podrá usar<br />

dos descriptores simultáneamente para describir una misma propiedad. (1)<br />

Artículo 121.- En envases cuya superficie mayor sea inferior a 10 cm 2 , podrá<br />

omitirse el número de lote, lista de ingredientes, la declaración de nutrientes e<br />

instrucciones para el uso, datos que deberán colocarse en el envase mayor que los<br />

contenga.<br />

Párrafo III<br />

De los envases y utensilios<br />

Artículo 122.- Para los efectos de este reglamento se entiende por:<br />

a) aparatos: los elementos mecánicos o equipos utilizables en la elaboración,<br />

envasado, conservación y distribución de los alimentos;<br />

b) embalajes: los materiales y estructuras que protegen a los alimentos,<br />

(1) Artículo modificado, como aparece en el texto, por Dto. 475, de 1999, del Ministerio de Salud, publicado en el Diario Oficial de<br />

13 de enero de 2000<br />

34

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!