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CODEHUPY<br />
se constata una herida por arma de fuego de grueso calibre a quemarropa penetrante<br />
en cara superior de la región sin orificio de salida aparente. Además se constatan dos<br />
heridas por arma de fuego de grueso calibre a quemarropa en región subescapular<br />
izquierda sin orificio de salida aparente, más otra herida por arma de fuego de grueso<br />
calibre con orificios de entrada a nivel del vértice súpero externo de la escápula izquierda.<br />
En miembro superior izquierdo se constatan tres heridas por arma de fuego a<br />
quemarropa con orificio de entrada en la cara postero externa de la región deltoidea y<br />
tercio medio del brazo izquierdo con orificio de salida una sola en la pared interna de<br />
la región axilar izquierda, otra herida por arma de fuego de grueso calibre con orificio<br />
de entrada a nivel de la línea media de la columna vertebral, a la altura de la décima<br />
vértebra dorsal sin orificio de salida aparente. Tipo de muerte: Homicidio en forma<br />
violenta. Causa de muerte: Herida cráneo encefálico”.<br />
En el examen realizado al cuerpo de Jorge Rojas (37 años), se registró que “a nivel<br />
de la pared posterior de la región axilar izquierda se constata una herida por arma<br />
de fuego de grueso calibre que corresponde a orificio de entrada dirigiéndose desde<br />
el lado izquierdo hacia arriba y adentro dirigiendo hacia la región cervical y craneal.<br />
Tipo de muerte: Homicidio en forma violenta. Causa de muerte: Hemorragia aguda<br />
intra cervical”.<br />
El cuerpo de Juan Gabriel Godoy no fue inspeccionado, porque ya había sido entregado<br />
a sus familiares. Sin embargo, posteriormente fue recuperado y remitido a<br />
la morgue en Asunción, para que sea practicada la autopsia por el cuerpo médico<br />
forense del Ministerio Público.<br />
Tratamiento dado a los heridos y sobrevivientes<br />
Un punto que merece un particular análisis se relaciona con el tratamiento inhumano<br />
que fue dado a los heridos sobrevivientes capturados por la policía en el<br />
momento del desalojo. Los testimonios recogidos por la CODEHUPY, analizados<br />
conjuntamente con la información proveniente de los servicios de salud y otras fuentes<br />
disponibles, permiten llegar a esta conclusión. Los heridos civiles capturados no<br />
recibieron atención médica inmediata. En algunos casos, incluso, la policía habría<br />
torturado a los heridos, antes de permitir su evacuación. El rescate y la atención médica<br />
de las instituciones y servicios públicos priorizó a los policías heridos, sin brindar<br />
un tratamiento igualitario a los civiles que se encontraban en las mismas condiciones<br />
y riesgos.<br />
Como es de rigor en los procedimientos de desalojo en virtud del Protocolo para<br />
procedimientos de desalojo de gran envergadura (Resolución Nº 531 del 11 de septiembre<br />
de 2009 del Ministerio del Interior), la Región Sanitaria había recibido del<br />
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