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III<br />

C o n t e n i d o<br />

INFORMES ESPECIALES<br />

PREGUNTAS Y RESPUESTAS<br />

Provisiones para Cuentas de Cobranza Dudosa de acuerdo al<br />

Instructivo N° 3 ..................................................................................................................................................................................................<br />

El Castigo de las Cuentas Incobrables .........................................................................................................................<br />

III-1<br />

III-3<br />

........................................................................................................................................................................................................................................................ III-4<br />

Ficha Técnica<br />

Provisiones para Cuentas de Cobranza Dudosa<br />

de acuerdo al Instructivo N° 3<br />

Autor : C.P.C. Florencio Bernal Pisfil<br />

Título : Provisiones para Cuentas de Cobranza<br />

Dudosa de acuerdo al Instructivo N° 3<br />

Fuente : <strong>Actualidad</strong> <strong>Empresarial</strong>, Nº 164 - Primera<br />

Quincena de Agosto 2008<br />

1. Introducción<br />

De acuerdo al Plan Contable Gubernamental,<br />

la provisión para cuentas de<br />

cobranza dudosa se define como valores<br />

agrupados en cuentas o rubros que representan<br />

acumulaciones de estimaciones<br />

que se realizan al cierre del ejercicio o de<br />

un período determinado y corresponden<br />

a derechos exigibles provenientes de la<br />

cobranza de ingresos tributarios y no tributarios<br />

que han entrado en morosidad<br />

y se encuentran en situación de riesgo<br />

por su incobrabilidad.<br />

Las cuentas de cobranza dudosa son<br />

valores provenientes de cuentas y documentos<br />

por cobrar a favor de la entidad<br />

que han incurrido en morosidad, cuyo<br />

incumplimiento ha generado un riesgo<br />

de incobrabilidad en un futuro previsible<br />

debido a varios factores concurrentes.<br />

Se utiliza para diferenciar a los deudores<br />

que vienen cumpliendo sus obligaciones<br />

en su oportunidad de aquellos que han<br />

incurrido en morosidad de retraso en su<br />

cumplimiento, generando un deterioro<br />

en las cuentas por cobrar.<br />

2. Condiciones y reconocimiento<br />

por deterioro del valor<br />

De acuerdo al párrafo N° 59 de la NIC<br />

39.Instrumentos Financieros, se especifica<br />

que un activo financiero o un grupo<br />

de ellos estará deteriorado, incobrable<br />

y se habrá producido una pérdida por<br />

deterioro del valor, si existiera evidencia<br />

objetiva de su incobrabilidad como<br />

consecuencia de uno o más eventos<br />

causantes de la pérdida, entre las cuales<br />

tenemos:<br />

- Haber efectuado un análisis selectivo<br />

de las deudas pendientes de cobranza<br />

así como otros análisis por otros<br />

medios y demuestre su morosidad<br />

del deudor mediante los documentos<br />

que sustenten y evidencien las<br />

gestiones de la cobranza, luego del<br />

vencimiento de la deuda.<br />

- Que la deuda se encuentre vencida<br />

y se demuestre fehacientemente la<br />

existencia de dificultades financieras<br />

del deudor que haga previsible el<br />

riesgo de incobrabilidad.<br />

- Haber efectuado gestiones administrativas<br />

de cobranza o el inicio de procedimientos<br />

judiciales de cobranza o<br />

cobranza coactiva.<br />

- Que la deuda haya permanecido<br />

impaga por más de doce (12) meses<br />

desde la fecha de obligación de<br />

vencimiento sin que esta ha sido<br />

sastifecha.<br />

- Que la provisión al cierre de cada<br />

ejercicio figure registrado en libros<br />

y los estados financieros en forma<br />

discriminada.<br />

3. Análisis y control para efectuar<br />

la provisión<br />

Para efectuar la provisión de cuentas<br />

de cobranza dudosa, consideramos los<br />

siguientes aspectos:<br />

a) Realizar la circularizacion de cartas,<br />

comunicaciones, notificaciones, etc.,<br />

a los contribuyentes y usuarios deudores<br />

con la finalidad de confirmar y<br />

comprobar los saldos registrados.<br />

b) Realizar la verificación de los importes<br />

registrados en las cuentas por cobrar<br />

que correspondan a los derechos<br />

vencidos a favor de la entidad.<br />

c) Efectuar un corte documentario de recibos<br />

de ingresos y efectos por cobrar<br />

a una fecha dada a fin de realizar los<br />

análisis respectivos y cruce de información<br />

con los diversos elementos<br />

como: documentación, información<br />

y registro, para cerciorarse de su<br />

veracidad y exactitud.<br />

d) Efectuar verificaciones y comprobaciones<br />

si las cuentas pendientes<br />

de cobranza estaban registradas y<br />

reveladas correctamente, en cuanto<br />

al monto período y concepto.<br />

e) Verificar y separar los saldos de las<br />

cuentas pendientes de cobranza<br />

provenientes de operaciones diferidas<br />

como: tributos diferidos, venta de<br />

bienes y servicios diferidos, etc., los<br />

mismos que serán clasificados en la<br />

cuenta 49 Ingresos diferidos.<br />

f) Verificar y analizar el muestreo de<br />

las conciliaciones entre los recibos<br />

de ingresos emitidos por el área de<br />

rentas y los recibos cobrados por caja<br />

a fin de provisionar su cobranza o,<br />

de lo contrario, anular los recibos no<br />

cobrados.<br />

g) Analizar el crecimiento o la permanencia<br />

de las cuentas por cobrar de<br />

ingresos tributarios y no tributarios<br />

señalando las causas de su evolución,<br />

crecimiento y permanencia estática<br />

y su incidencia en la liquidez de la<br />

entidad.<br />

h) Efectuar el análisis de las cuentas<br />

pendientes de cobranza, así como<br />

su reclasificación y tomar como base<br />

el período de antigüedad de la misma.<br />

Informes Especiales<br />

N° 164 Primera Quincena - Agosto 2008<br />

<strong>Actualidad</strong> <strong>Empresarial</strong><br />

III-1


III<br />

Área <strong>Sector</strong> Público<br />

4. Método y porcentaje<br />

Para estimar la provisión de cuentas de cobranza<br />

dudosa se aplicará indistintamente<br />

el método de porcentaje, que consiste en<br />

determinar la parte proporcional de la<br />

provisión que se efectuará en base a la<br />

antigüedad de la deuda, tomando como<br />

base el total de las cuentas por cobrar, luego<br />

de efectuar el análisis correspondiente<br />

tanto para las deudas de procedencia<br />

tributarias y no tributarias. Tenemos:<br />

* En el caso de cobranza dudosa de<br />

cuentas por cobrar de procedencia<br />

tributaria y de prestación de servicios<br />

públicos en forma masiva, así como<br />

deudas por arbitrios, materializado a<br />

través de la emisión de chequeras, se<br />

calculará la provisión tomando en consideración<br />

la antigüedad razonable.<br />

Ejemplo<br />

Descripción<br />

Clasificación<br />

Porcentaje<br />

Cuentas por vencer A 0<br />

Vencimiento a 180 días B 20<br />

Vencimiento a 360 días C 30<br />

Vencimiento a 720 días D 50<br />

Vencimiento 1080 días E 75<br />

Vencimiento a más<br />

de 1080 días F 100<br />

Nota<br />

- Los días que se computan son a partir<br />

de la fecha de vencimiento de la<br />

deuda.<br />

- Cada entidad estimará el porcentaje<br />

de su aplicación de la provisión respectiva.<br />

* Para el caso de cobranza dudosa de<br />

cuentas por cobrar de procedencia no<br />

tributaria por la prestación de otros<br />

servicios, multas, sanciones, de recursos<br />

directamente recaudados, etc.,<br />

se aplicará los siguientes porcentajes,<br />

como son:<br />

Descripción<br />

- Cuentas por vencer<br />

Clasificación<br />

Porcentaje<br />

menores a 360 días A 0<br />

- Vencimiento a 360 días B 30<br />

- Vencimiento a 720 días C 50<br />

- Vencimiento a 1080 días D 75<br />

- Vencimiento a más de<br />

1080 días E 100<br />

a) Los porcentajes que se fijen en cada<br />

entidad pública se deberán establecer<br />

luego de un estudio de grado de morosidad;<br />

por tanto, los porcentajes de<br />

provisiones establecidas y aprobados<br />

mediante una Directiva, de acuerdo<br />

a la aplicación del Instructivo N° 03,<br />

serán comunicados a la Dirección<br />

General de Contabilidad Pública.<br />

5. Procedimientos administrativos<br />

Todo funcionario responsable de la cartera<br />

de cobranza o quien haga sus veces de la<br />

gerencia de rentas, ingresos o SAT se comunicará<br />

mediante informe al finalizar el<br />

período calendario de cada año respecto<br />

de las cuentas por cobrar en forma individual,<br />

que vencida a la fecha de pago no<br />

se ha hecho efectiva durante ese período;<br />

por lo tanto, organizará la información y<br />

los requisitos pertinentes para su provisión<br />

y se comunicará al contador general para<br />

que realice la provisión respectiva, así<br />

como su reclasificación a las cuentas (129,<br />

139 y 179. respectivamente).<br />

6. Procedimiento contable<br />

La oficina de rentas así como los órganos<br />

competentes de generación de ingresos<br />

emiten el informe respectivo después de<br />

realizar el análisis de morosidad y haber<br />

efectuado la cobranza respectiva.<br />

* El análisis y la clasificación de la cobranza<br />

dudosa se realiza deudor por<br />

deudor identificado y con la documentación<br />

sustentatoria de cobranza<br />

respectiva, para luego, transcurrido<br />

al año, se pueda efectuar el castigo<br />

directo o indirecto según corresponda.<br />

———————— x ———————— DEBE HABER<br />

68 PROVISIONES DEL<br />

EJERCICIO 25,000<br />

681 Ventas de cobranza<br />

dudosa<br />

19 PROVISIÓN DE<br />

COBRANZA DUDOSA 25,000<br />

Por la provisión de cobranza<br />

dudosa que se efectuará al final<br />

del ejercicio, en que se adjunta<br />

el informe y la documentación<br />

sustentatoria respectiva.<br />

* Reclasificación de las Cuentas<br />

———————— x ———————— DEBE HABER<br />

12 CUENTAS POR COBRAR 20,000<br />

129 Cobranza dudosa<br />

17 CUENTAS POR<br />

COBRAR DIVERSAS 5,000<br />

179 Cobranza dudosa<br />

12 CUENTAS POR COBRAR 20,000<br />

121 Impuestos por cobrar<br />

122 Tasas por cobrar<br />

17 CUENTAS POR<br />

COBRAR DIVERSAS 5,000<br />

177 Multas y sanciones<br />

Por la reclasificación de las ventas<br />

efectuadas por efectos de la provisión<br />

de cobranza dudosa.<br />

Ejemplo<br />

El análisis y control de las provisiones<br />

de beneficios sociales<br />

Representa las deudas de la entidad<br />

con sus trabajadores, por concepto de<br />

compensación por tiempo de servicios<br />

y que deben ser liquidados en la fecha<br />

determinada.<br />

El tratamiento contable es:<br />

———————— x ———————— DEBE HABER<br />

68 PROVISIONES DEL<br />

EJERCICIO 2,000<br />

687 CTS régimen<br />

D. Leg.N° 276<br />

47 PROVISIÓN PARA<br />

BENEFICIOS SOCIALES 2,000<br />

471 CTS D.L. 276<br />

Realización de ingresos diferidos<br />

Representa los ingresos cuya liquidación<br />

parcial total debe realizarse en el ejercicio<br />

o ejercicios posteriores.<br />

De acuerdo al plan contable gubernamental<br />

se acredita en la cuenta 49.Ingresos<br />

Diferidos por el importe percibido<br />

por concepto de otros ingresos con<br />

vencimiento en ejercicios posteriores, por<br />

el importe percibido de tributos sujetos<br />

a liquidación futura, se carga el costo<br />

correspondiente a ingresos diferidos y<br />

la transferencias de las ventas de otros<br />

ingresos diferidos, aplicables al ejercicio<br />

tales como anticipos recibidos por venta<br />

a futuro por alquiler de maquinaria.<br />

Ejemplo<br />

Por el pago recibido de la venta de<br />

bienes y servicios<br />

———————— x ———————— DEBE HABER<br />

10 CAJA Y BANCOS 6,300<br />

101 Caja<br />

49 INGRESOS DIFERIDOS 6,300<br />

491 Venta de bienes y<br />

servicios diferidos<br />

Por el registro por el pago inicial<br />

por el alquiler de una maquinaria.<br />

Por el devengado<br />

———————— x ———————— DEBE HABER<br />

49 INGRESOS DIFERIDOS 6,300<br />

491 Venta de bienes y servicios<br />

77 INGRESOS NO TRIBUTARIOS 6,300<br />

712 Prestación de servicios<br />

Por el devengado de parte del<br />

alquiler de la maquinaria.<br />

7. Deterioro de incobrabilidad<br />

de los activos<br />

De acuerdo al Párrafo N° 58 de la NIC 39<br />

“Instrumentos Financieros reconocimiento<br />

y medición”, señala que una entidad<br />

evaluara en cada fecha de balance, la<br />

III-2<br />

Instituto Pacífico<br />

N° 164 Primera Quincena - Agosto 2008


Área <strong>Sector</strong> Público<br />

III<br />

existencia de evidencias objetivas de que<br />

un activo financiero o un grupo de ellos<br />

este deteriorado.<br />

Si tal evidencia existe (condiciones para<br />

efectuar la provisión de cobranza dudosa),<br />

la entidad determinará el importe de<br />

la pérdida por deterioro del valor (provisión<br />

de para cuentas de cobranza dudosa)<br />

aplicando lo dispuesto en el párrafo<br />

N° 63 de la NIC 39 (activos financieros<br />

contabilizados al costo amortizado).<br />

8. Estimación contable<br />

Son operaciones contables financieras<br />

que se efectúan para reflejar los hechos<br />

económicos que señalan deterioros, desvalorización,<br />

fluctuaciones, etc., durante<br />

el ejercicio que requieran ser mostrados<br />

en los estados financieros, como consecuencia<br />

de suponer o estimar operaciones<br />

complementarias necesarias, muchas<br />

veces que muestran el valor neto para la<br />

presentación de los estados financieros,<br />

e implican la aplicación de un juicio<br />

profesional sobre la base de los hechos<br />

económicos y evidencias de información<br />

disponible, como resultado de las incertidumbres<br />

inherentes a las actividades u<br />

operaciones que realiza la entidad, algunas<br />

de las partidas de los estados financieros<br />

no pueden ser valuadas con precisión,<br />

sino sólo estimarse. Por lo tanto, el proceso<br />

de estimación involucra criterios basados<br />

en la información disponible pueden<br />

requerir de estimaciones, por ejemplo,<br />

las cobranzas dudosas, desvalorización<br />

de existencias, depreciación de activos,<br />

provisión de beneficios sociales, etc.<br />

9. Provisión, estimación, deterioro<br />

del activo (cuentas por<br />

cobrar)<br />

De acuerdo al párrafo N° 19 de la NIC-SP<br />

19. “Provisiones, activos contingentes y<br />

Pasivos contingentes”, se definen también<br />

como provisiones aquellos pasivos<br />

de cuantía o vencimientos inciertos,<br />

aclarando que algunos países el término<br />

“Provisión” se utiliza en el contexto de<br />

partidas tales como depreciación sistemática,<br />

así como también para denominar<br />

el reconocimiento de la pérdida de valor<br />

por el deterioro del activo financiero<br />

como desvalorización de existencias o<br />

cobranza dudosa; por lo tanto, estas<br />

partidas no se tratan con la presente<br />

norma, en conclusión la NIC-SP 19, no<br />

es aplicable al caso en estudio.<br />

Por el contrario, la NIC-SP 19, “Instrumentos<br />

Financieros reconocimiento y medición”,<br />

párrafo N° 58 al 63. Lo reconoce<br />

como deterioro de activos financieros. Sin<br />

embargo, para aclarar más debemos establecer<br />

el criterio de reconocimiento.<br />

Las provisiones se reconocen cuando:<br />

- La entidad tiene una obligación presente<br />

de carácter implícito contractual<br />

o legal como resultado de un suceso<br />

ocurrido, ejemplo, garantía sobre las<br />

ventas.<br />

- Es necesario para materializar la<br />

obligación, que la entidad tenga que<br />

desprenderse de recursos que involucre<br />

beneficios económicos y se pueda<br />

estimar de manera fiable el importe<br />

de la obligación correspondiente.<br />

Por lo tanto, el importe reconocido como<br />

provisión debe ser la mejor estimación de<br />

desembolso necesario para materializar<br />

la obligación presente.<br />

N° 164 Primera Quincena - Agosto 2008<br />

<strong>Actualidad</strong> <strong>Empresarial</strong><br />

III-3

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