04.01.2015 Views

Escenas Laborales - AELE

Escenas Laborales - AELE

Escenas Laborales - AELE

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

ANÁLISIS LEGAL<br />

Comentario: En el esquema desarrollado el trabajador cumple una jornada de 8 horas, esto es entre las 10 de la noche<br />

y las 6 y 20 minutos de la mañana siguiente por cuanto la empresa concede un descanso de 20 minutos. No se concede el<br />

tiempo destinado al refrigerio (45 minutos o más) por cuanto en el lapso que comprende la jornada de trabajo no se<br />

encuentra ninguna de las tres ingestas de alimentos calificadas como alimentación principal (desayuno, almuerzo o cena).<br />

Finalmente, cabe precisar que solamente se considerará jornada nocturna la desarrollada desde las 10 de la noche<br />

hasta la 1 de la mañana y de la 1.20 de la mañana hasta las 6 de la mañana, los últimos veinte minutos no constituyen<br />

jornada nocturna pues aquella terminó a las 6:00 de la mañana.<br />

Cuadro Nº 2: Esquema de una jornada ordinaria que se desarrolla entre las 7:00 p.m. y las 3:45 a.m. del día siguiente<br />

con una interrupción de 45 minutos destinados al tiempo de refrigerio para la cena.<br />

JORNADA NOCTURNA<br />

▼<br />

▼<br />

6 7 8 9 10 11 12 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10<br />

JORNADA DEL<br />

TRABAJADOR<br />

▼<br />

7 p.m. 10 p.m. 10:45 p.m.<br />

▼<br />

3:45 a.m.<br />

JORNADA NOCTURNA<br />

JORNADA DIURNA<br />

▼<br />

Tiempo de cena: 45'<br />

Tiempo de Cena<br />

Comentario: En el esquema desarrollado el trabajador cumple una jornada ordinaria de 8 horas entre las 7 de la noche<br />

y las 3:45 horas del día siguiente. Goza de un refrigerio de 45 minutos entre las 10 y 10:45 de la noche destinado a ingerir<br />

la cena.<br />

Finalmente, cabe precisar que en este caso sólo se considera jornada nocturna la que se desarrolla desde las 10:45<br />

p.m. hasta las 3:45 a.m.<br />

Cuadro Nº 3: Esquema de una jornada ordinaria que se desarrolla entre las 12 de la noche y las 8:20 de la mañana del<br />

día siguiente. Se concede un descanso de 20 minutos.<br />

JORNADA NOCTURNA<br />

6 7 8 9 10 11 12 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10<br />

JORNADA DEL<br />

TRABAJADOR<br />

▼<br />

12:00 m. 3:00 a.m. 3:20 a.m. 8:20 a.m.<br />

▼<br />

Descanso de 20 minutos<br />

JORNADA<br />

NOCTURNA<br />

JORNADA<br />

DIURNA<br />

Comentario: En el esquema desarrollado el trabajador cumple una jornada de 8 horas entre las 12 de la noche y las 8<br />

y 20 minutos de la mañana y la empresa le concede un descanso de 20 minutos de 3:00 a 3:20 a.m. No se concede el<br />

tiempo destinado a refrigerio (45 minutos o más) por cuanto en el lapso que comprende la jornada de trabajo no se<br />

encuentra ninguna de las tres ingestas de alimentación calificada como Alimentación Principal (desayuno, almuerzo o<br />

cena).<br />

Finalmente cabe precisar que solamente se considera jornada nocturna la desarrollada desde las 12 de la noche hasta<br />

las 3:00 de la mañana y desde las 3:20 a.m. hasta las 6:00 horas de la mañana. La jornada que se desarrolla entre las<br />

6:00 a.m. y las 8:20 a.m. es jornada diurna.<br />

14<br />

JULIO 2004

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!