ETS Memoria 2009 - Euskal Trenbide Sarea
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Liquidación de cuentas<br />
anuales<br />
ción económico financiera, el Ente viene obligado a presentar<br />
al Departamento de Hacienda del Gobierno Vasco las cuentas<br />
anuales elaboradas de acuerdo al Plan General de Contabilidad,<br />
procediendo el Consejo de Administración a la formulación de<br />
la liquidación de cuentas, conforme se establece en el artículo<br />
10.c de la Ley 6/2004, de constitución del Ente.<br />
Dada la actividad a la que se dedica el Ente, éste no tiene responsabilidades,<br />
gastos, activos, provisiones o contingencias de<br />
naturaleza medioambiental que pudieran ser significativos en<br />
relación con el Patrimonio, la Situación Financiera y los Resultados<br />
obtenidos durante el ejercicio. Por este motivo no se incluyen<br />
desgloses específicos respecto a información de cuestiones<br />
ambientales en la presente memoria de las Cuentas Anuales.<br />
Adscripción de las Infraestructuras Ferroviarias<br />
El 1 de agosto de 2006 el Gobierno Vasco completó el proceso<br />
de separación entre la gestión de la infraestructura ferroviaria<br />
y la prestación de servicios de transporte ferroviario, asumiendo<br />
<strong>Euskal</strong> <strong>Trenbide</strong> <strong>Sarea</strong> la conservación, administración<br />
y gestión de las infraestructuras de transporte ferroviario de<br />
las líneas operadas por la Sociedad Pública Eusko <strong>Trenbide</strong>ak.<br />
Dicha operación se instrumentalizó en el Decreto 118/2006 por<br />
el que el Gobierno Vasco adscribió a <strong>ETS</strong> la administración de<br />
las infraestructuras ferroviarias preexistentes.<br />
Adscripción de activos<br />
En desarrollo del objeto social de <strong>Euskal</strong> <strong>Trenbide</strong> <strong>Sarea</strong>, mediante<br />
el Decreto 118/2006, de 6 de junio, el Ente Público recibió<br />
los activos vinculados a las infraestructuras ferroviarias hasta<br />
ese momento adscritos a la Sociedad Pública Eusko <strong>Trenbide</strong>ak<br />
- Ferrocarriles Vascos, S.A., mediante la siguiente operación:<br />
dicha Sociedad los traspasa al Accionista Único, la Administración<br />
General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, mediante<br />
devolución de aportaciones, y ésta los asigna al Ente en régimen<br />
de adscripción, conservando la Comunidad Autónoma de<br />
Euskadi la propiedad de los mismos.<br />
Asimismo, asigna en régimen de adscripción a <strong>ETS</strong> los restantes<br />
bienes de dominio público ferroviario de la Comunidad<br />
Autónoma de Euskadi, integrados por las líneas de ferrocarril<br />
transferidas por Decreto 2488/1978 y Ley Orgánica 3/1979,<br />
así como la línea Zumarraga – Zumaia y la línea A del tranvía<br />
de Bilbao.<br />
En el Balance de Situación únicamente figuran los activos traspasados<br />
de Eusko <strong>Trenbide</strong>ak a la Administración General de<br />
la Comunidad Autónoma de Euskadi, mediante devolución de<br />
aportaciones, y asignados a <strong>ETS</strong> en régimen de adscripción.<br />
El Valor Neto Contable de dichos activos al cierre del ejercicio<br />
2005, de acuerdo con el Anexo I del Decreto 118/2006 asciende<br />
a 221.012.899 euros.<br />
En ese importe se incluían activos de la línea ferroviaria Elorrieta<br />
– Plentzia, traspasada en 1995 a Metro Bilbao, así como<br />
otra serie de activos que se entendía eran inexistentes. Por<br />
ello, antes del 31 de diciembre de 2006, <strong>ETS</strong> realiza un análisis<br />
y depuración de los activos adscritos. Los criterios utilizados<br />
para la depuración de los activos fueron los siguientes:<br />
> análisis de su naturaleza: la consideración o no de un activo<br />
de acuerdo a criterios contables de inversión - gasto, basado<br />
en Normas NIC. (No obstante, la aplicación de este criterio<br />
no tiene incidencia respecto a las Normas Contables derivadas<br />
del Plan General de Contabilidad aplicable al Ente).<br />
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