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Los valores representativos de deuda incluidos en esta categoría se valoran inicialmente a su valor<br />

razonable, ajustado por el importe de los costes de transacción que sean directamente atribuibles a la<br />

adquisición del activo financiero, los cuales se imputarán a la cuenta de pérdidas y ganancias<br />

consolidada mediante la aplicación del método del tipo de interés efectivo definido en la NIC 39.<br />

Posteriormente, se valoran a su coste amortizado, calculado mediante el tipo de interés efectivo de los<br />

mismos.<br />

Los intereses devengados por estos valores, calculados mediante la aplicación del método del tipo de<br />

interés efectivo, se registran en el capítulo “Intereses y Rendimientos Asimilados” de la cuenta de<br />

pérdidas y ganancias consolidada. Las diferencias de cambio de los valores denominados en divisa<br />

distinta del euro incluidos en esta cartera se registran de acuerdo con lo dispuesto en el apartado d) de<br />

esta Nota. Las posibles pérdidas por deterioro sufridas por estos valores se registran de acuerdo con lo<br />

dispuesto en el apartado i) de esta Nota.<br />

3. Inversiones crediticias: en esta categoría se incluyen los valores no cotizados representativos de deuda,<br />

la financiación prestada a terceros con origen en las actividades típicas de crédito y préstamo realizadas<br />

por las entidades consolidadas y las deudas contraídas con ellas por los compradores de bienes y por<br />

los usuarios de los servicios que prestan. Se incluyen también en esta categoría las operaciones de<br />

arrendamiento financiero en las que las sociedades consolidadas actúan como arrendadoras (véase<br />

apartado k) de esta Nota).<br />

Los activos financieros incluidos en esta categoría se valoran inicialmente por su valor razonable,<br />

ajustado por el importe de las comisiones y de los costes de transacción que sean directamente<br />

atribuibles a la adquisición del activo financiero, y que, de acuerdo a lo dispuesto en la NIC 39, deban<br />

imputarse a la cuenta de pérdidas y ganancias consolidada mediante la aplicación del método del tipo de<br />

interés efectivo hasta su vencimiento. Con posterioridad a su adquisición, los activos adquiridos en esta<br />

categoría se valoran a su coste amortizado.<br />

Los activos adquiridos a descuento se contabilizan por el efectivo desembolsado y la diferencia entre su<br />

valor de reembolso y el efectivo desembolsado se reconoce como ingresos financieros mediante la<br />

aplicación del método del tipo de interés efectivo durante el período que resta hasta el vencimiento.<br />

En términos generales, es intención de las sociedades consolidadas mantener los préstamos y créditos<br />

que tienen concedidos hasta su vencimiento final, razón por la cual se presentan en el balance de<br />

situación consolidado por su coste amortizado.<br />

Los intereses devengados por estos valores, calculados mediante la aplicación del método del tipo de<br />

interés efectivo, se registran en el capítulo “Intereses y Rendimientos Asimilados” de la cuenta de<br />

pérdidas y ganancias consolidada. Las diferencias de cambio de los valores denominados en divisa<br />

distinta del euro incluidos en esta cartera se registran de acuerdo con lo dispuesto en el apartado d) de<br />

esta Nota. Las posibles pérdidas por deterioro sufridas por estos valores se registran de acuerdo con lo<br />

dispuesto en el apartado i) de esta Nota.<br />

4. Activos financieros disponibles para la venta: en esta categoría se incluyen los valores representativos<br />

de deuda no clasificados como inversión a vencimiento, como inversiones crediticias, o a valor razonable<br />

con cambios en pérdidas y ganancias propiedad del Grupo y los instrumentos de capital propiedad del<br />

Grupo correspondientes a entidades que no sean dependientes, negocios conjuntos o asociadas y que<br />

no se hayan clasificado como a valor razonable con cambios en pérdidas y ganancias.<br />

Los instrumentos incluidos en esta categoría se valoran inicialmente por su valor razonable, ajustado por<br />

el importe de los costes de transacción que sean directamente atribuibles a la adquisición del activo<br />

financiero, los cuales se imputarán a la cuenta de pérdidas y ganancias consolidada mediante la<br />

aplicación del método del tipo de interés efectivo definido en la NIC 39, hasta su vencimiento, salvo que<br />

los activos financieros no tengan vencimiento fijo, en cuyo caso se imputan a la cuenta de pérdidas y<br />

ganancias cuando se produzca su deterioro o se produzca su baja del balance consolidado.<br />

Posteriormente a su adquisición, los activos financieros incluidos en esta categoría se valoran por su<br />

valor razonable.<br />

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