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HACIENDA.- - Ayuntamiento de Palencia

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compatible con este <strong>de</strong>recho a la vivienda establecido en la Constitución. Países como Francia oincluso EEUU tienen legislaciones hipotecarias más acor<strong>de</strong>s con los intereses <strong>de</strong> la ciudadaníacomo la dación en pago. Es <strong>de</strong>cir, cuando a alguien le quitan su casa por impago <strong>de</strong> la hipoteca,por lo menos, con eso, ya ha acabado <strong>de</strong> saldar la <strong>de</strong>uda que tenía con la Entidad financiera; yano <strong>de</strong>be más. En nuestro país no. En nuestro país te quedas sin casa y a<strong>de</strong>más sigues teniendoque pagar aquella hipoteca sobre esa casa en la que ya no pue<strong>de</strong>s vivir. Curioso. Enten<strong>de</strong>mosque es necesario un profundo cambio en la legislación hipotecaria española, más acor<strong>de</strong> con losintereses <strong>de</strong> la mayoría. Las organizaciones sociales y los propios afectados ya están tomandoiniciativas legales para revertir esta situación, incluyendo <strong>de</strong>nuncias por estafa o por abuso contralas Entida<strong>de</strong>s financieras. Y en este sentido, enten<strong>de</strong>mos <strong>de</strong>s<strong>de</strong> Izquierda Unida que también laFiscalía <strong>de</strong>bería personarse en los procedimientos <strong>de</strong> <strong>de</strong>sahucio por impago <strong>de</strong> hipotecas,cuando se aporten indicios <strong>de</strong> que el contrato hipotecario pueda contener irregularida<strong>de</strong>s encuanto a las garantías o avales o cuando en el procedimiento <strong>de</strong> embargo no se haya cumplidolo establecido legalmente para garantizar la información y los <strong>de</strong>rechos <strong>de</strong>l prestatario. A<strong>de</strong>más,enten<strong>de</strong>mos que tienen que abordarse otras medidas para asegurar este <strong>de</strong>recho constitucional ala vivienda. Por ejemplo, los procedimientos <strong>de</strong> <strong>de</strong>sahucio <strong>de</strong>berían quedar en suspenso si seinician cuando el titular <strong>de</strong> la hipoteca está en situación <strong>de</strong> <strong>de</strong>sempleo, siempre y cuando lavivienda hipotecada sea su primera vivienda y su domicilio habitual. Igualmente, enten<strong>de</strong>mosque <strong>de</strong>berían intentarse acuerdos entre las partes, para que el titular <strong>de</strong> la hipoteca pueda hacerefectiva, mientras dure la situación <strong>de</strong> <strong>de</strong>sempleo, una parte <strong>de</strong>l crédito que represente unaaportación razonable en función <strong>de</strong> su capacidad económica que, evi<strong>de</strong>ntemente ha disminuidoal pasar a esta situación <strong>de</strong> <strong>de</strong>sempleo. Por todo ello, lo que proponemos a este <strong>Ayuntamiento</strong>es, en primer lugar, que el <strong>Ayuntamiento</strong> inste al Gobierno a que adopte la oportuna disposiciónlegal que permita la suspensión <strong>de</strong> un <strong>de</strong>sahucio, como consecuencia <strong>de</strong>l impago <strong>de</strong> la hipotecasobre la vivienda habitual cuando su titular se encuentre en situación <strong>de</strong> <strong>de</strong>sempleo. En segundolugar, que el <strong>Ayuntamiento</strong> <strong>de</strong> <strong>Palencia</strong>, inste al Gobierno para que presente en el Congreso <strong>de</strong>los Diputados un Proyecto <strong>de</strong> Ley reformando la actual Ley Hipotecaria, en el sentido <strong>de</strong> quesolo el bien hipotecado respon<strong>de</strong> como garantía <strong>de</strong>l pago <strong>de</strong>l crédito hipotecario concedido y queincluya la regulación <strong>de</strong> la dación en pago, como procedimiento preferente, para extinguircualquier obligación <strong>de</strong>rivada <strong>de</strong>l impago <strong>de</strong> un crédito hipotecario y su inclusión en el CódigoCivil. Y en tercer lugar, que el <strong>Ayuntamiento</strong> <strong>de</strong> <strong>Palencia</strong> proponga a la Comunidad Autónoma lafirma <strong>de</strong> un Convenio para la creación <strong>de</strong> oficinas específicas para hacer frente a lasnecesida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> los afectados por las hipotecas impagadas, con personal formadoa<strong>de</strong>cuadamente y que ofrezcan: Asesoramiento jurídico a los afectados sobre las condiciones <strong>de</strong>sus hipotecas; la tarea <strong>de</strong> mediación con las entida<strong>de</strong>s prestatarias para buscar soluciones a losproblemas concretos <strong>de</strong> las personas afectadas; la evaluación <strong>de</strong> las necesida<strong>de</strong>s sociales <strong>de</strong> lagente hipotecada con la finalidad <strong>de</strong> evaluar su situación conjugando todos los recursos públicosposibles y viendo, por tanto, cómo se les pue<strong>de</strong> ayudar, y la garantía <strong>de</strong> que en todo caso seráatendido el <strong>de</strong>recho <strong>de</strong> toda persona a una vivienda digna según proclama nuestra Constitución.D. JESÚS Mª HERCULANO MATEO PINILLA, Concejal no adscrito: Este país escierto que tiene una ausencia <strong>de</strong> masa crítica; aquí a los ciudadanos parece que todo les daigual. Vd. nos está proponiendo Dª Rocío que tengamos una vivienda digna. Pues sí, está en elartículo <strong>de</strong> la Constitución, yo que ejerzo mi profesión, tengo que exigir ese <strong>de</strong>recho. Y a<strong>de</strong>másdice Vd. que está en contra <strong>de</strong> las ejecuciones hipotecarias que Vd. califica como abusivas. Pues45

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