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COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE MÉXICOg. ADICIÓN DE LA FRACCIÓN VI DEL ARTÍCULO 51 DE LA CONSTITUCIÓNPOLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOSPartiendo de la necesidad de perfeccionar el marco jurídico y la estructura institucionalpara asegurar el compromiso de respeto que deben asumir las autoridadesy servidores públicos frente a los derechos fundamentales, esta Defensoría deHabitantes a través de la Unidad Jurídica y Consultiva, en coordinación con la Comisiónde Gobernación y Puntos Constitucionales de la honorable LVI Legislaturaestatal, desarrollaron el proyecto por el que se adiciona la fracción VI al artículo 51de la Constitución Política de nuestra entidad, para dotar a este Organismo con lafacultad para iniciar leyes y decretos en materia de derechos humanos.En mérito de lo anterior, el 27 de febrero de 2008, el diputado Cruz Juvenal RoaSánchez, a nombre del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional,presentó la iniciativa de decreto por la que se adiciona la fracción VI al artículo51 de la Constitución Política de nuestra entidad, por la cual dota de facultades a laComisión de Derechos Humanos del Estado de México, para poder iniciar leyeso decretos en el ámbito de su competencia, misma que fue remitida a la Comisiónde Gobernación y Puntos Constitucionales.Asimismo, dicha modificación fue desarrollada en armonía con la fracción XXIIIdel numeral 13 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado deMéxico, que contempla la facultad del Organismo para promover la creación,abrogación, derogación, reforma o adición a diversos ordenamientos legales, asícomo el mejoramiento permanente de prácticas administrativas que se considerenindispensables para una mejor protección y defensa de los derechos humanos.La adición de la fracción VI del artículo 51 de la Constitución Política del EstadoLibre y Soberano de México, deriva de diversos estudios y trabajos de reingenieríalegislativa con los que se pretende hacer congruente el marco jurídico en la materia,al acontecer diario de una sociedad demandante y participativa.h. ESTUDIOS JURÍDICOS Y PROYECTOS ESPECIALESEn 2008 se realizaron diversos estudios jurídicos y proyectos especiales, de losque sobresalen los siguientes:276Propuestas y consideraciones acerca de la iniciativa de decreto sobre la adicióndel artículo 4.4 bis; y reforma de la fracción IX del artículo 4.7 delCódigo Civil del Estado de México, presentado por el Grupo Parlamentario

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